Respuestas de foro creadas

Viendo 5 entradas - de la 46 a la 50 (de un total de 50)
  • Autor
    Entradas
  • Joan QA
    Participante
    0
    febrero 2002


    Respondiendo a tu pregunata quisiera informarte sobre los examenes de salud a los trabajadores: estos son voluntarios excepto que sean obligatorios cumpliendo algunos de los siguientes puntos:

     Que sean necesarios para poder evaluar los efectos derivados de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores.

     Para poder verificar si el estado de salud del trabajador puede constituir un peligro para el mismo, para los demás trabajadores o para personas relacionadas con la empresa.

     Cuando así esté establecido en disposiciones legales relacionadas con la protección a riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad.

    En cualquier caso esta obligatoriedad ha de estar consensuada por la empresa y el comité de seguridad y salud en representación del comité de empresa. Esto implica la elaboración de un documento en el que se ha de detallar la relación de trabajos y puestos de trabajo en las que son obligatorias las revisiones médicas.

    Es importante que el contenido de estas revisiones se ajuste a los riesgos específicos por puesto de trabajo. Ni más ni menos.

    El resto de revisiones son voluntarias.

    Espero que te sea de ayuda.

    JQA

    en respuesta a: reconocimientos laborales #305671 Agradecimientos: 0
    Joan QA
    Participante
    0
    febrero 2002


    Los reconocimientos médicos de nueva incorporación desde la LPRL son competéncia exclusiva de Médico del trabajo del servicio de Prevención, ya propio, ya ajeno. Nunca los ha podido realizar la Mutua si no se ha contratado servicio de vigilnacia de la salud “ajeno”.

    Sobre los autónmos, la empresa ha dee informar de lso riesgo a los que estan sometidos, la vigilancia de la salud no corre a cargo de la empresa, si bien si que la responsabilidad es compartida.

    en respuesta a: ¿Es obligatorio tener medico de empresa propio? #305978 Agradecimientos: 0
    Joan QA
    Participante
    0
    febrero 2002


    Tu empresa ha de disponer de servicio de prevención propio, el cual ha de contar como mínimo dos especialidades, el resto de especialidades se han de contratar en un servicio de prevención ajeno.

    La pregunta clave creo que es: ¿las diferentes especialides las puede asumir una única persona?, p.ej. un médico del trabajo (que no de empresa) con la especialidad de ergonomia. Yo creo ques si.

    en respuesta a: Contratos de vigilancia de la salud #306473 Agradecimientos: 0
    Joan QA
    Participante
    0
    febrero 2002


    En el año 2001 se cobraba el 50% tal como insinúas en tu pregunta, según lo que yo se, este % subirá , no creo que entre mutuas hallan llegado a un acuerdo, supongo que ascenderá de manera progresiva en los próximos 2-3 años hasta llegar al 100%..

    Sobre si hay diferencia (en el precio), si en convenio colectivo tenia estipuladas las revisiones, considero que una cosa no quita la otra y por este motivo las tarifas no han de variar en las empresas que así lo tuvieran acordado en el 2001 por convenio.

    en respuesta a: Moratoria 2002 #306784 Agradecimientos: 0
    Joan QA
    Participante
    0
    febrero 2002


    La disposición quinta transitoria estable que los reconocimientos médicos “inespecíficos” podrán ir a cargo de cuotas en los supuestos que:

    El convenio del 2001 acordara que las revisiones se realizaban anualmente ( por eje convenio de construcción)

    Estas revisiones, entiendo, no pueden ir a cargo de cuotas si son exámenes iniciales de incorporación a la empresa o por riesgos específicos como pueden ser, radiaciones ionizantes, Pb, silicosis, amianto, ruido ……. etc.

Viendo 5 entradas - de la 46 a la 50 (de un total de 50)