Respuestas de foro creadas

Viendo 15 entradas - de la 1 a la 15 (de un total de 70)
  • Autor
    Entradas
  • en respuesta a: Protocolo médico para trabajo en altura #240877 Agradecimientos: 0
    diprogenta
    Participante
    0
    julio 2001


    Sí necesitan analítica y análisis de factores cardiovasculares, como colesterol y sus tipos, entre otros datos.

    en respuesta a: POSTURA PARA DORMIR #240623 Agradecimientos: 0
    diprogenta
    Participante
    0
    julio 2001


    Pues por q sobre el lado izq se presiona el estomago.

    en respuesta a: BAJA LABORAL #242456 Agradecimientos: 0
    diprogenta
    Participante
    0
    julio 2001


    Quisiera corregir lo escrito en el dia de ayer: el trabajador seguirá controlado por su medico de la mutua hasta el alta médica.

    en respuesta a: BAJA LABORAL #242451 Agradecimientos: 0
    diprogenta
    Participante
    0
    julio 2001


    Ha de continuar con el medico de la mutua y al causar baja en la SS ir al médico de cabecera.

    en respuesta a: INHABILITACION #242935 Agradecimientos: 0
    diprogenta
    Participante
    0
    julio 2001


    Que ha pasado¿?¿

    en respuesta a: Obligatoriedad de pasar reconocimiento. #243030 Agradecimientos: 0
    diprogenta
    Participante
    0
    julio 2001


    No existe tal listado, la ley ya especifica que son voluntarios y con el cosentimiento previo del trabajador, art. 22 LPRL

    en respuesta a: Exposición laboral a MANGANESO. #243024 Agradecimientos: 0
    diprogenta
    Participante
    0
    julio 2001


    Mientras no exista como referencia la medición ambiental o TLV no es valido, es un valor sin sentido.

    en respuesta a: Recomendaciones sobre paso de SPA a uno propio. #244096 Agradecimientos: 0
    diprogenta
    Participante
    0
    julio 2001


    1º los reconocimientos se deben realizar en un SPA acreditado para tal efecto, por el Ministerio de Tabajo y ocmo asi especifica la LPRL.

    2º El pasar de un SPA ajeno a propio o mancomunado, dependera del número de trabajadores, como asi esta estipulado en al LPRL. art.31 y en el Reglamento de los Servicios de Prevencion cap. III. para lo cual tendrá que autorizarlos la autoridad competente; eso si, el propio tendra que disponer de todas las disciplinas a las que hace referencia la Ley al respecto del SPA, o sea disciplina de seguridad, higiene, medicina; y piscologia y ergonomia.

    en respuesta a: software de vigilancia de la salud #244616 Agradecimientos: 0
    diprogenta
    Participante
    0
    julio 2001


    Lo mejor en estos casos es un programa a medida de la empresa y de sus necesidades como SPA, los otros programas pueden resultar muy rigidos, si quieres información al respecto consulta la siguiente pagina web: o bien en esta dirección de coreo:

    Entra o regístrate para ver los enlaces

    en respuesta a: relacion contractual #244279 Agradecimientos: 0
    diprogenta
    Participante
    0
    julio 2001


    Por poder si puede, ota cosa es que se lleve a cabo.

    en respuesta a: Riesgos sobre terceros #244257 Agradecimientos: 0
    diprogenta
    Participante
    0
    julio 2001


    No existe ninguna legislación legal y menos si hablamos de responsabilidad a Terceros. Vamos a ver, la Vigilancia de la Salud, como su propio nombre indica, vela por el daño que el trabajo produce al trabajador, no al revés ni por daños a terceros, pero como se explica esto¿?¿ eso no es vigilancia de la salud; para conducir se da una aptitud con un canet previo, que no tiene nada que ver con un reconocimiento médico de tipo laboral. Es un error. Y por cierto no estan obligados, los reconocimientos son voluntarios, previo consentimiento inforamdo del trabajador.

    en respuesta a: relacion contractual #244250 Agradecimientos: 0
    diprogenta
    Participante
    0
    julio 2001


    Siempre con la misma canción, no tendrian que existir las unidades moviles, y menos sin no se cree en la medicina del trabajo ni en la salud de los trabajadores.

    en respuesta a: Drogas y trabajo #244766 Agradecimientos: 0
    diprogenta
    Participante
    0
    julio 2001


    Viabilidad ninguna, pues no hay nada legislación al respecto. Algunas empresas solicitan análisis de estupefacientes a sus trabajadores, segun sus reglamentos internos, y con un consentimiento pero de momento solo se puede pedir un análisis específico en caso de siniestro y con valor pericial.

    en respuesta a: drogas y aptitud #244747 Agradecimientos: 0
    diprogenta
    Participante
    0
    julio 2001


    De momento no hay nada legislado al respecto, y se ha de demostrar que consume drogas, y si el trabajador intenta sacar partido al respecto¿? Yo le daria como apto. Es un problema del trabajador.

    en respuesta a: RECONOCIMIENTO MEDICO #245281 Agradecimientos: 0
    diprogenta
    Participante
    0
    julio 2001


    En ningun caso ningun menoscabo o alteracion de la salud podrá suponer una descriminación para la salud, pero en este caso creo que las limitaciones son exageradas y son para tareas varias, no para un riesgo concreto, por lo que se deberia revisar esa aptitud de nuevo, por otro lado es absurdo limitar a dos kilos el levantar pesos.

Viendo 15 entradas - de la 1 a la 15 (de un total de 70)