- Este debate tiene 8 respuestas, 9 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 18 años, 9 meses por Aitor- TSPRL.
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Hola: se me planteo dar un APTO CON LIMITACIONES (conduccion o uso de maquinaria peligrosa, alturas) a un trabajador que consume unos 20 porros al dia, conduce carretillas y dijo en la anamnesis que consumia durante la jornada laboral.
Yo creo que no procede, y que es un tema que tiene que controlar el empresario; en caso de que se sepa. Pero se me planteo que si le pasa algo durante su trabajo, sabiendo el medico que consumia drogas tambien es responsabilidad mía, por haberle dado el apto.
¿Que os parece?
Un saludo.
De momento no hay nada legislado al respecto, y se ha de demostrar que consume drogas, y si el trabajador intenta sacar partido al respecto¿? Yo le daria como apto. Es un problema del trabajador.
Seguramente hay que valorar la repercusión de su consumo. Una anamnesis correcta puede inclinar la balanza en uno u otro sentido.
Imagino que si asumes que es responsabilidad del trabajador y del empresario, no optaras por registrar en su historia que es consumidor de drogas. si lo regristras tendras que añadir la repercusión en su aptitud
Estimada compañera:
No puede ser apto, por favor. Es más, si le das apto, le pillan y cuenta que lo sabías, lo que veo peligrar es tu puesto de trabajo y con razón. ¿consume en la jornada laboral y te lo cuenta? ¿había fumado antes de entrar al reconocimiento? menuda bomba de relojería. Hemos visto recientemente el procesamiento de una médico que, en un reconocimiento, tras detectar una patología cardíaca y remitir al trabajador a su cardiólogo de la seguridad social, este murió de un infarto en su casa, durante el fin de semaan. El juez dijo muy clarito que ese trabajador no debía haber sido declarado apto. Si tiene un accidente grave, la investigación demostrará que estaba drogado en el puesto con tu visto bueno, así que tú eres responsable.
Un saludo
Javier
Querido Diprogenta, has perdido el juicio. Esto no es cosa del empresario, que debe controlar el consumo de drogas en su empresa, sino de un médico que ha dado un apto a un drogadicto.
En primer lugar, no se puede dar apto para trabajo con maquinaria o en alturas a un trabajador que tiene semejante presupuesto en porretes.
El consumo habitual de hachís en fin de semana, en un principio, no tiene por qué influir en el desarrollo del trabajo habitual. Se podría discutir si afecta algo a personas que manejan máquinas. Pero de ahí a dar un apto a un consumidor abusivo como éste, hay mucho camino.
Saludos,
hola colegas: Primero creo que lo fundamental para establecer el criterio de aptitud no es el consumo en sí , si no su relacion con el puesto de trabajo. Si la alteracion del estado de consciencia es incompatible por motivos de seguridad tanto para el como para terceros, si te deberias plantear como minimo las restricciones. Pero reanudemos el debate, como has actuado cuando has detectado un consumo abusivo de alcohol? deberias tener el mismo criterio, la legalidad o ilegalidad de la sustancia no debiera influirte, BZD o antihistaminicos en conductores por ejemplo, como has actuado? Respecto a lo que dice Peña de la sentencia de fremap, el juez dice que si hubierta sido calificado como apto en observacion no habría habido problema. Una ultima consideracion, la principal finalidad de la medicina del trabajo en los S.P, es la vigilancia de la salud de los trabajadores y su misión por encima de otras cuestiones es sobre todo la prevencion de la Enfermedad profesional, si el trabajador estubiera en un ambiente pulvígeno la probabilidad de desarrollar Enfermedades broncopulmonares aumentaria drásticamente (Un porro=4-5 cigarrillos), esto si que es un riesgo a tener en cuenta. La prevencion de la siniestralidad depende mas de condiciones de seguridad que nde la vigilancia de la salud. Si el trabajador se cae, por que esta fumado, borracho, tiene un sdr. de menier, es hipotenso o lo que querais no ocurrira nada si lleva arnés. Saludos y gracias a todos los miembros del foro por sus ilustrativas opiniones
Debe de realizar Deteccion de Metabolitos Toxicos en Orina si así lo estipula el contrato. Si sale positivo debes de ofertarle un Programa de Deshabituacion y mientras debe de permanecer en situaicon de Incapacidad Temporal. Si tras el programa de Deshabituacion persiste positivo debes de optar por cambio de puesto de trabajo; una propuesta de invalidez o rescision de contrato por parte del Empresario si incumple el mismo
A wamba
Estoy de acuerdo en que, la principal finalidad de la medicina del trabajo en los S.P, es la vigilancia de la salud de los trabajadores y su misión por encima de otras cuestiones es sobre todo la prevencion de la Enfermedad profesional,
Pero te olvidas que algo tenemos que decir en la sinistralidad, estamos de acuerdo en que un arnés salvaria al borracho, pero no al compañero al que por ejemplo le pude precipitar una carga de una grua o lo que quieras….
¿¿Hablas en serio Diprogenta??
Me parece una burrada un consumo de 20 porros/día. Eso mataría al más pintado. Conozco dos casos de consumidores habituales, que llegan a 5-10 porros, según el día, y os puedo asegurar que están en babia todo el día. No quiero ni pensar con 20 y encima conductor de carretillas…
El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
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