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1 mayo, 2004 a las 18:08:30 en respuesta a: Hipoacusia por uso de diadema #251378 Agradecimientos: 0
Hola. No vas a encontrar nada fiable. Da igual la fuente de emisión y la distancia a la que se encuentre del oido ya que la pérdida de audión la provoca la intensidad y el tiempo de contacto con el “tóxico”. Es decir la lesión auditiva por ruído se debe a la intensida del mismo (en dB), el tiempo de exposición (jornadas definidas en función de la intensidad) y de la frecuencia de onda (son más lesivos los ruidos agudos). El uso de diadema todo lo más puede provocar dermatitis en el pabellón auricular y en el conducto auditivo externo. Bueno…también despeina. Te aseguro que las diademas no hacen otra cosa. Saludos.
Debéis saber cuáles son las características de esos guantes (el fabricante os lo dirá), porque pudiera ser que no estéis haciendo un buen uso de ello. LA ELECCIÓN DE EPIs ES ALGO FUNDAMENTAL. Puede que el uso que le dáis no sea correcto, y ello esté alterando sus propiedades y permitiendo la aparición de dermatitis de contacto y/o irriitativas….Las lesiones de tu compañero también pudieran ser debidas a una dishidrosis o a una alergia. Debe consultar con el médico del trabajo. Si es posible debe utilizar guantes que no sean de látex. A veces el talco de los guantes provoca lesiones (es un mineral cristalino), ello puede evitarse utilizando guantes con harina de maíz (siempre que no sea alérgico al mismo). Saludos.
1 mayo, 2004 a las 17:55:57 en respuesta a: Protocolos aplicables a un panadero #251192 Agradecimientos: 0Primero hay que plantearse qué riegos tiene ese panadero, conocer no solamente que trabaja con harinas y calor y sobresfuerzos (posturas forzadas y movimientos repetitivos) ¿quizás posturas forzadas?, ¿conduce y reparte? ¿cómo es su centro de trabajo, organización, horario, etc….Segundo, plantearse qué exploraciones médicas realizar, pruebas complementarias, quizá control biológico,…todo ello en relación con los riesgos. ¿Protocolo? Bueno: en la página web en el apartado de salud laboral tienes los protocolos, al inicio de cada uno de ellos hay una lista orientativa de a qué profesiones y tareas se podría aplicar cada uno de ellos. ¡Ah! ¿Periodicidad? La que decida el especialista en Medicina del Trabajo, en función de los riesgos, su intensidad, cararacterísticas de cada trabajador, etc,…. Saludos.
Entra o regístrate para ver los enlaces 25 abril, 2004 a las 12:10:32 en respuesta a: RECONOCIMIENTO MEDICO EN UN TRABAJADOR DE BAJA LABORAL-URGENTE!!!- #251848 Agradecimientos: 0Los reconocimiento de Salud Laboral son reconocimientos de “Vi¡gilancia de la Salud” y NO SON RECONOCIMIENTOS DE CAPACITACiÓN LABORAL. NO SE PUEDE HACER UN RECONOCIMIENTO DE V DE LA S A UN TRABAJADOR QUE ESTÁ EN SITUACIÓN DE IT. Cuando cause alta podrás hacer un reconocimiento de retorno al trabajo o de ausencia prolongada por motivos de enfermedad. Inspección (del Trabajo)puede pedir el informe que quiera, siempre que NO contenga datos médicos, y que puede ser: fechas de evaluaciones de salud (siempre dentro del marco de Vde laS) y sus resultados – ya sabes: APTO, NO APTO, etc- Pero nada más. Para lo demás está la Inspección de la SS y las EVI. Lo tuyo es solo Vdela S.
Eufemismo, eso es un eufemismo, que trata de ocultar algo (a investigar) que hace que esa Unidad no se llame Servicio De Prevención De Riesgos Laborales, que es el nombre legalmente estableciodo y que incluye lo que todos a estas alturas ya sabemos ¿O No?. Saludos.
25 abril, 2004 a las 12:00:50 en respuesta a: Pregunta para EPiCONDILO – Reconocimientos previos a darle de alta en la empresa #251802 Agradecimientos: 0Loa artículos 196 y 197 de la Ley General de S son claros respecto a trabajos con riesgos, esto también está contemplado en La LPRL y el Reglamento, también se contemplan situaciones en las que en covenio de empresa esté incluído, pero siempre para trabajos que supongan riesgo de EEPP o de AA graves para el trabajador o sus compañeros. Para trabajos que no entrañen ese tipo de riesgo -podríamos decir que los que tengan reglamentación específica y los incluídos en el Anexo I del Reglamento. NO se harán reconocimientos previos. Bajo mi punto de vista en la construcción es necesario el reconocimiento previo o de lo contrario tendríamos NO APTOS, que serían “despedidos” al terminar el periodo de prueba. ¿No es un poco temerario poner a trabajar en alturas a una persona con neuronitis vestibular? Y como eso tantas otras cosas que pasan desapercibidas. Saludos
25 abril, 2004 a las 11:53:34 en respuesta a: Subcontratacion de la realización de los reconocimientos médicos #251788 Agradecimientos: 0Como siempre ésto va a depender del Sr Inspector y de CCAA donde surja la duda. DE ENTRADA NO SE PUEDE SUBCONTRATAR, pero como hay rio revuelto, pues eso….
18 abril, 2004 a las 21:35:09 en respuesta a: RECONOCIMIENTO DE REINCORPORACION #252641 Agradecimientos: 0Si consideras que no es apto para ese trabajo y no hay puestos en la empresa adecuados a la nueva situación, lo remites con el NO APTO al médico de cabecera (Sólo el médico del trabajo está capacitado y autorizado para dar esa aptitup). Si el médico de familia persiste en el alta (te recuerdo que eso no tiene nada que ver con la situación laboral), te pones en contacto con Inspección -mientras tanto el trabajador sigue protegido en situación de alta, pero sin incoporrarse al trabajo- Previamente asegúrate que no se le puede asignar un puesto de capacidad disminuída. negocia con Inspección y siempre favoreciendo al trabajador, conciliando el derecho a la salud y el derecho al trabajo. Situaciones como esta son difíciles, pero ponte como objetivo resolverla y sobre todo resolverla a favor del trabajado…¡Ya verás….!
La convocatoria solo la debe hacer el Servico Médico, y ellos deben de ser los encargados de recoger y custodiar NO SOLO las renuncias, que debe ser FIRMADAS por los que no deseen hacerse la evalución de salud, TAMBIÉN HAY QUE RECOGER LA FIRMA DEL CONSENTIMIENTO INFORMADO (es deir que acepta se le hagan purebas médicas de acuerdo a los riesgos de su trabajo). Si los datos van a estar en una red informática sanitaria (NO PUEDE ESTAR CONECTADA A UNA GENERAL) también debe dar su permiso para ello (Ley Orgánica de Protección de Datos del 95). Saludos.
11 abril, 2004 a las 09:55:50 en respuesta a: Petición de pruebas médicas por Inspección de Trabajo #252780 Agradecimientos: 0La Inspección de Trabajo no es quién para pedir esas pruebas, aunque sí lo puede hacer un médico del Instituto que acompañe al inspector. Esto está ocurriendo por la inhibición de la Autoridad Sanitaria, sobre todo en ciertas CCAA, así como la de los Colegios Médicos (que ya sabemos todos para qué sirven). Los Inspectores se han covertido en solicitadores de documentos (parece que es lo único que les han enselñado en los rápidos cursos que les han impartido de Prevención de Riesgos y algunos de ellos están siendo los principales responsables de que la Prevención se haya convertido en eso: carpetas y carpetas de papeles y certificados, mientras los accidentes se esconden y gestionan para que no parezcan como tales. Esto se debería denunciar, siempre bien documentado, apoyado por alguna organización profesional, de lo contrario nadie te hará caso. El Colegio de Médicos pasará del tema, ya que “tienen otras aspiraciones”….¿Pero y la Asociación Levantina de Medicina del Trabajo? A ver si alguna organización es capaz de interesarse en el tema. Paciencia, nos queda la Justicia Divina y para el que no crea….pues eso
10 abril, 2004 a las 12:05:20 en respuesta a: Sintomas deshidratacion de discos #255594 Agradecimientos: 0Sería interesante que explicaras para qué quieres saberlo. Vemos que no eres sanitario y la explicación a lo que preguntas puede tener distintas expresiones. Saber los síntomas de una enfermedad “y ya está” no sirve para nada, en todo caso para crear confusión y para que alguien piense que tiene algo que no tiene. Saludos.
9 abril, 2004 a las 09:49:04 en respuesta a: Trabajadores que usan ordenador con mouse: ¿sindrome del tunel carpiano? #252992 Agradecimientos: 0A finales del pasado año se publicó en EEUU un estudio realizado durante dos años sobre una muestra de 3.4.00 personas que trababjaba 8 horas con PVD. El mismo concluía que no había patología relacionada con este puesto de trabajo y que no cabría esperar alreaciones carpianas, y que los casos que se habían presentado se corresponderían con personas sensibles que probablemente lo hubieran presentado en cualquier otra circunstancia. Estas personas serían las que habría que hacer Vigilancia de la Salud más dirigida a ellos y tomar medidas preventivas para cada uno. En el caso que comentas deberías dirigirla al médico del trabajo y que él determine la coveniencia de realizar una electromiografía (pruebe definitiva) y que indique cuál ha de ser la planificación para esta persona. Aunque este síndrome se presenta en muchas situaciones extralaborales (hay incluso familias en donde lo presentan varios miembros y hasta bilateral) no puedes distinguir su origen facilemnete y ante la duda …..hay que decidirse por lo mejor para la salud del trabajador y considerarlo EEPP. En resumen: dirige a esta persona a su Médico del Trabajo. Saludos.
No sé de ninguna reglamentación que contemple esta situación. En principio suena bastante raro que una delegación se desvincule del resto de la empresa. Inspección de Trabajo es seguro que algunas CCAA como Murcia y Madrid lo impediría, seguramente la Autoridad Sanitaria tampoco lo vea con buenos ojos, si es que en tu área esta autoridad ve algo. Yo te recomiendo que sea una sola entidad la que se haga cargo, seguro que es política de empresa. Saludos
Hola. Esta situación es normal en las empresas y nunca cede la presión en ese sentido, pero será mayor o menor según nos posicionemos ante la dirección. De entrada: datos médicos, y/o datos sensibles ni uno, a nadie, nunca. Informar sobre la fecha posible de incorporación es factible, pero piensa en qué puede haber detrás de ello. Si la empresa quiere saber sobre “la veracidad” que contrate a una agencia de detectives, esa no es el papel del médico. Recuerda que por ley nosotros estaremos en conocimiento de toda esa situación con criterior puramente epidemiológico y de Vigilancia de la Salud. No entres a este toro. No dejes que conviertan el absentismo en un tema médico unicamente.Saludos
La cuestión no es nada espesa y nos plantea esos problemas a todos. Veamos: diabético mal controlado sería un apto condicionado hasta normalización de la situación actual, luego programar recos de seguimiento. El segundo caso es muy claro: NO APTO. Si cambiara la situación habré que evaluarla nuevamente. Saludos y hasta la próxima
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