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El Tribunal Superior de Justicia de Asturias considera que los trabajadores de la planta que la empresa Química del Nalón tiene en Trubia están expuestos a padecer cáncer de vejiga a consecuencia de la actividad profesional que desempeñan en la destilación de alquitranes.

Una sentencia de la más alta instancia jurídica de la región ha dado la razón a un trabajador de esta empresa al que le fue diagnosticado un carcinoma de vejiga y que recurrió ante los tribunales para que legalmente se le reconociera esta patología como enfermedad profesional, directamente relacionada con el manejo de las sustancias que se emplean en la planta de fabricación de alquitrán de Trubia donde están empleados en torno a 250 trabajadores.

Rechazado en el Juzgado
Aunque en primera instancia, los jueces rechazaron la demanda del trabajador, cuando el caso llegó a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) los magistrados sí le dieron la razón al empleado enfermo de cáncer.

Este trabajador, que ha sido representado en el caso por el despacho de abogados Legalia, recibió la incapacidad permanente absoluta para todo trabajo el 9 de junio de 1999. En un principio se calificó su padecimiento como «enfermedad común». Los médicos le habían diagnosticado un tumor en la vejiga. Este empleado trabajó en la planta de destilería de alquitrán de Trubia más de diez años, desde 1966 hasta 1978 y en la de permanganato potásico hasta enero de 1999. Tenía categoría de maestro industrial, y era jefe de turno, por lo que ejecutó distintas tareas de coordinación en la planta.

Agentes químicos
Los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Asturias toman como referencia para fundamentar su sentencia el cuadro de enfermedades profesionales de la Seguridad Social aprobado por el real decreto 1995/1978, de 12 de mayo. En este cuadro se indica que determinados agentes químicos manejados en la destilería del alquitrán, como los hidrocarburos aromáticos policíclicos y las aminas aromáticas, pueden causar este tipo de patologías.

El tribunal también precisa que en este caso no se está poniendo en cuestión si la empresa cumplió o no los niveles permitidos de estas sustancias, y puntualiza que «lo que se está discutiendo» es si el cáncer que le fue diagnosticado al trabajador de Química del Nalón «tuvo su origen o fue contraído como consecuencia del trabajo que durante un largo período ejecutó por cuenta y riesgo de la empresa Química del Nalón».

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La Nueva España

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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