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La Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Palencia ha levantado un acta de infracción de carácter grave y una propuesta de sanción de 12.000 euros para una empresa constructora por el accidente laboral que causó la muerte un obrero, que se precipitó desde tres metros y medio de altura.

El accidente ocurrió el pasado 16 de mayo en la localidad palentina de Barruelo de Santullán durante una obra de reforma de una fachada del bloque número 12 de las viviendas protegidas de dicha localidad, según el informe de la inspección.

El trabajador, con categoría profesional de peón sufrió una caída desde una altura aproximada de tres metros y medio, ocasionándole lesiones que causaron su fallecimiento el día 25 de mayo en el Hospital General Yagüe de Burgos.

El informe emitido por la Inspección de Trabajo especifica como causas del accidente la falta absoluta de protección perimetral de la cubierta donde se encontraba trabajando el accidentado y que determinó su caída, la no utilización de equipos de protección individual frente al peligro de caída de altura y la falta de disposición de puntos de anclaje seguros.

Asimismo, la Inspección de Trabajo concreta que hubo una falta de formación suficiente y adecuada del trabajador, tanto sobre los riesgos y medidas preventivas generales de su oficio, así como de los riesgos y medidas preventivas concretas a aplicar en esta obra, teniendo en cuenta las características particulares de las mismas.

Además, la Inspección localizó deficiencias en la actividad dirigida a la evaluación de riesgos y medidas preventivas realizadas por el Servicio de Protección, cuya evaluación, el 29 de abril de 2011, presenta un contenido genérico y no específico para las características de la obra concreta, así como una gestión preventiva inadecuada.

Para la Inspección de Trabajo los hechos descritos constituyen una infracción en materia de prevención de riesgos laborales de carácter grave.

En el informe, la Inspección reitera que la comunicación urgente (24 horas siguientes a la contingencia) del siniestro a la autoridad laboral fue realizado por la empresa el día 29 de mayo, es decir, cuatro días después de la caída mortal del trabajador.

El empresario había contratado directamente con cada uno de los tres propietarios de las viviendas situadas en los números 10,11 y 12 de las viviendas protegidas en Barruelo de Santullán las obras de revoque de las fachadas, de unos 20 metros de longitud.

Estas casas, adosadas entre sí, son de dos alturas estando retranqueada su primera planta en torno a 1,10 metros aproximadamente, existiendo en esa zona una cubierta de teja con alguna ligera inclinación hacia el exterior.

La Inspección también ha constatado que el empresario no ha efectuado la preceptiva comunicación de apertura del centro de trabajo (obra), ni hay constancia de presentación de otras comunicaciones de apertura de esta empresa en al años 2010 ni en el presente año 2011.

Esta comunicación debe realizarse con carácter previo al inicio de los trabajos y además debería haberse acompañado la Evaluación de Riesgos de la obra.

La sanción no será efectiva hasta que concluya la causa penal abierta por estos hechos en los Juzgados de Cervera de Pisuerga.

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abc.es

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