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Un juez de Barcelona ha condenado a la empresa Canon España S.A. por acosar moralmente a los miembros del comité de empresa de la sucursal de Barcelona. El juez considera probado que se vulneró el derecho fundamental a la libertad sindical del presidente del comité de empresa, por lo que ha condenado a la empresa a que le indemnice con 6.000 euros por los “daños morales y a su salud” causados con esta conducta.

El titular del Juzgado de lo Social número 21 de Barcelona afirma en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, que existió “una verdadera persecución” por parte de los dirigentes de la empresa a los miembros del comité, en especial sobre una de las trabajadoras, Cristina Méndez, quien llegó a ser despedida.

No obstante, el fallo no entra a valorar jurídicamente la situación de esta trabajadora, que tiene pendiente otra causa contra Canon por despido improcedente, ya que compareció en el procedimiento. El juez señala que esta trabajadora “fue reiteradamente vejada en su dignidad y en su trabajo, de forma sistemática” después de ser increpada en público e incluso insultada, además de dejarla sin tareas que realizar.

Desde el primer momento

El juez asegura que “la empresa denegó desde el primer momento a aceptar al comité alegando a los pocos días de su elección que había que esperar a que la autoridad laboral comunicara la elección; luego demoró, sin llegar a cumplir adecuadamente nunca, la satisfacción reiteradamente solicitada de los elementos básicos de un local, un armario y un tablón”.

Además, a los miembros del comité se les abrieron numerosos pliegos de cargo, por lo que el juez señala que “una actitud de resistencia no exigible” llevó a los trabajadores a “mantenerse en sus puestos”, aunque dicha situación les causó “daño a la salud”.

Esta actitud de acoso acabó con la revocación del comité de empresa, que para el juez fue “la culminación final de una actitud intentada por la empresa, para lo que creó el ambiente necesario de persecución y rechazo frontal ante el mismo, y que dirigió no con indicaciones concretas, sino con una actitud constante que creó un clima de rechazo y desprecio”.

A la hora de conceder la indemnización al presidente del comité, el juez afirma que 6.000 euros “en modo alguno puede considerarse” una cantidad “exorbitada en relación al daño moral y a la salud provocado”.

De esta forma, el juez declara la exsitencia de vulneración del derecho fundamental a la libertad sindical del presidente del comité, Juan José Vega, y declara la nulidad radical de la asamblea de revocación del comité, ordenando “la reposición de la situación al momento anterior” a la revocación.

También reconoce el fallo a la trabajadora Cristina Méndez será reconocida como miembro del comité de empresa en caso de resultar improcedente o nulo su despido y opte por la readmisión.

Informe

El pasado mes de febrero, la Conselleria de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo de la Generalitat ya realizó un informe en el que denunciaba el acoso moral sufrido por la trabajadora e instó a la dirección de la empresa a evitar las discriminaciones y seleccionar directivos con características como el “respeto y la empatía” al resto de trabajadores.

El citado informe, elaborado por el Centro de Seguridad y Condiciones de Salud en el Trabajo de Barcelona, señalaba que la agente comercial acosada, Cristina Méndez, había denunciado a Canon España por persecución sindical, por la vulneración de sus derechos fundamentales y por despido improcedente.

El estudio de la Generalitat revelaba que Méndez, ex miembro del comité de empresa de Canon en Barcelona, había sido objeto por parte de la compañía de “una actuación de clara discriminación sindical a través de un política de persecución con el objetivo de eliminar a la trabajadora por ser considerada una trabajadora incómoda”, y acabó sufriendo por ello “ansiedad y depresión”.

La empleada explicó entonces en rueda de prensa que la Jefa de Ventas del centro de Barcelona, María Antonia Alberich, se dirigía a ella con “gritos e insultos” desde su incorporación a la empresa hace 4 años, y que la situación se agravó cuando se constituyó un nuevo comité de empresa en 2001, del que Méndez formó parte.

“Me prohibieron salir a visitar a mi cartera de clientes y al mismo me reclamaban que facturase, me insultaban y coaccionaban a mis compañeros para que me desplazasen, e incluso llegaron a acusarme de robar información confidencial de la empresa”, relató Méndez.

La empleada recibió en 2002 la comunicación de su despido cuando estaba de baja por depresión y a pesar de parte del comité de empresa. De este comité, formado por cinco trabajadores, sólo queda el presidente, Joan Vega, de baja también por depresión.

El informe de la Generalitat instaba a Canon España a adoptar medidas disciplinarias en aquellos casos en los que se detecte “mobbing” y a “mejorar” las técnicas de selección de personal “valorando perfiles profesionales que incluyan características como el respeto a los demás, las habilidades de comunicación y empatía, y la tolerancia”, entre otros.

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Europa Press

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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