Las Mutuas abonarán un incentivo a las empresas que hayan contribuido especialmente a la disminución y prevención de la siniestralidad laboral. Para el abono de estos incentivos, las Mutuas disponen de hasta 118 millones provenientes del Fondo de Prevención y Rehabilitación el cual se nutre con los excedentes de la buena gestión que estas realizan del accidente de trabajo y enfermedad profesional.
Para acceder al abono de este incentivo, las empresas deberán haber cotizado un volumen de cuotas por contingencias profesionales superior a 5.000 euros durante el año2009, y presentar a su Mutua antes del 15 de mayo de 2010 el formulario de autodeclaración sobre actividades preventivas y que certifiquen estar al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social.
De igual forma las pequeñas empresas podrán acceder a dicho incentivo, cuando en el periodo máximo de cuatro años no hayan superado un volumen de cotización por contingencias profesionales de 5.000 euros.
Este incentivo es posible gracias al 3% del saldo que a 31 de diciembre de 2009 había en el fondo de Prevención y Rehabilitación, que es dotado por las Mutuas con el 80% del exceso de excedentes de la gestión de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Todo ello de conformidad en lo establecido en el Real Decreto 404/2010, de 31 de marzo, por el que se regula el establecimiento de un sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan contribuido especialmente a la disminución y prevención de la siniestralidad laboral, publicado en el BOE el 1 de abril de 2010.
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