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Un juzgado de Barcelona ha condenado con penas de hasta 3 años de prisión a tres directivos de una empresa de la construcción por el fallecimiento de un trabajador, en este caso procedente de una ETT, lo que, según fuentes jurídicas, supone la condena más alta por la muerte de un obrero en accidente laboral.

El juzgado de Lo Penal 16 de Barcelona ha dictado una sentencia en la que condena a los acusados, responsable de la empresa Vanguard de Llinars del Vallès, por un delito de imprudencia con resultado de muerte y otro contra los derechos de los trabajadores.

El que figuraba como director de hecho de la empresa y responsable de sus actividades diarias, M.A.C.S., ha sido condenado a 2 años por imprudencia por la muerte del obrero y otro año de prisión por un delito contra los derechos de los trabajadores, además de tener que pagar una multa de 270.000 pesetas, informa Efe.

El juez impone estas elevadas penas por este caso, que pueden suponer incluso el ingreso en prisión de este condenado, por su «conducta, nulo arrepentimiento, la mayor gravedad del hecho, el grado de participación y la responsabilidad que tuvo en la comisión de los dos delitos».

Por su parte, F.J.R.A., director gerente, ha sido condenado a un año y medio de prisión y multa de 360.000 pesetas por los mismos delitos, mientras que A.C.A., que ocupaba el cargo de consejero-delegado de Vanguard, ha sido condenado a dos penas de un año de cárcel y una multa de 540.000 pesetas.

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El Mundo

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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