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La Audiencia Provincial de Murcia ha dado la razón a los dueños de una empresa que fueron condenados por un accidente laboral porque el Juzgado de lo Penal número 1, que les juzgó, les impuso una condena superior a la que habían solicitado tanto el fiscal como la acusación particular.

La sentencia indica que el Juzgado de lo Penal, en su resolución de junio de 2009, declaró como hechos probados que el accidente se produjo el 27 de marzo de 2001, durante las obras de construcción de varias viviendas en la pedanía murciana de La Alberca. Por falta de medidas de seguridad, un trabajador que se encontraba subido en una borriqueta cayó al suelo y se produjo lesiones que tardaron casi 300 días en curar.

El juez condenó a los dos administradores de la sociedad a tres meses de prisión y multa de tres meses por un delito contra la seguridad de los trabajadores y otros tres meses de prisión por un delito de lesiones por imprudencia.

Al estimar parcialmente el recurso presentado por los acusados, la Audiencia deja sin efecto la condena de tres meses de prisión por el segundo delito, y la sustituye por otra de arresto de siete fines de semana.

La Sala indica que ha tenido que hacer esta rebaja porque el juez se excedió en la pena impuesta por este delito, ya que las acusaciones sólo solicitaron una condena de arresto de 10 fines de semana. Igualmente, rebaja la indemnización, que la fija en 85.260 euros, frente a los 93.800 euros que señaló el Juzgado de lo Penal.

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Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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