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Dos empresarios se sentarán en el banquillo de los acusados del Penal 2 debido al accidente laboral sufrido por uno de sus trabajadores, cuyas consecuencias derivaron en su incapacidad absoluta.

El ministerio fiscal solicita para cada uno de los dos procesados una pena de tres años de cárcel por un delito contra el derecho de los trabajadores y otro de lesiones imprudentes. Les exige, además, el pago de una indemnización conjunta a la víctima de 417.000 euros por lesiones y secuelas, así como el pago de los gastos médicos y farmacéuticos. Para el Sespa, solicita el abono del importe de los gastos asistenciales, además de los intereses legales.

El accidente se produjo a las 16 horas del 5 de mayo de 2008 en una nave de la calle de Benjamín Franklin, en el polígono de Roces. D.F.F., de 26 años, oficial de tercera y operario de montaje de cerramientos se encontraba sobre la cubierta «cambiando unas placas de fibrocemento de las antiguas, con amianto, por otras nuevas, sin amianto y que llevaban una abertura sobre la que se acoplaba una chimenea». En un momento determinado pisó una de las placas, esta cedió y se precipitó al vacío desde una altura de unos ocho metros.

Como consecuencia del impacto sufrió graves lesiones en la cabeza, así como en un brazo. Precisó 46 días de ingreso hospitalario y otros 151 de tratamiento farmacológico, fisioterapia y medicación múltiple.
Como secuelas, tal y como se recoge en el informe de la fiscalía, la víctima sufre trastorno postraumático de la personalidad, neuropatía óptica con perdida de agudeza visual prácticamente total, hundimiento del pómulo derecho, limitación en la movilidad de la muñeca derecha y el codo, entre otros. «Es previsible un daño futuro consistente en la agravación de alguna de las secuelas tanto las neurológicas como las articulares por el simple paso del tiempo», explican en el informe, donde se añade que el joven «fue declarado con incapacidad absoluta para todo trabajo».

La acusación pública apunta que los responsables de la empresa para la que trabajaba «no habían colocado en la cubiertas pasarelas o planchas para el reparto de cargas que permitieran circular con seguridad». Tampoco «se habían instalado protecciones colectivas contra las caídas (redes de seguridad) y la escalera sobresalía un peldaño o dos por encima del apoyo y estaba sin sujetar».

Añade a los presuntos fallos de los sistemas de seguridad que «el trabajador no había recibido ningún tipo de formación ni información, ni tampoco tenía hecho el reconocimiento médico». «Contaba con un Plan Genérico de Trabajo con Riesgo de Amianto, registrado en el Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales, pero no lo estaban aplicando», esgrime.

El acusado B.M.R. es representante legal y administrador único de la sociedad y se considera la persona obligada, como empresario, a la adopción de medidas de seguridad, «correspondiéndole la tarea de facilitar a sus trabajadores los medios de protección individuales y colectivos, así como la formación en materia preventiva, obligaciones éstas que incumplió de forma consciente y deliberada».

El otro procesado, P.M.R., socio y jefe de equipo, «impartía directamente las órdenes de trabajo, conociendo la ausencia de medios de protección individuales y colectivos, así como la carencia de formación de los trabajadores a su cargo».

Están citados a la vista oral del lunes un representante del Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales, un inspector de trabajo y un técnico de prevención, así como el forense, el denunciante y los dos denunciados. El juicio se celebrará en el Penal número 2 de Gijón.

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El Comercio Digital

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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