Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Trabajos en suspensión #374980 Agradecimientos: 0
    Raúl Martín
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    octubre 2016

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    El acceso y posicionamiento mediante cuerdas y el trabajo en suspensión sobre ellas, es una actividad especializada que no pueden, o mejor deben, hacer unos operarios con un curso práctico, ya no digo solo teórico o leyendo un libro o dos por estupendos que sean.

    Es más: aún a riesgo de recibir las críticas de quién considere lo contrario diré que un TSPR si no ha recibido formación y entrenamiento específico (experiencia real) en estas técnicas es incapaz de describir un sistema eficaz para la seguridad en estos trabajos mas allá de la teoría del RD las NTP o cualquier otra referencia.

    Los trabajos verticales se deben de contratar con empresas especializadas y comprobando que cumplen con lo exigido por la legislación y normativa de referencia.

    en respuesta a: Nuevo conntrato debido al RD 337/2010 #374687 Agradecimientos: 0
    Raúl Martín
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    octubre 2016

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    ¿En que puntos afectará a tu concierto? Pues… tu concierto lo conoces tú y como ya te hemos insinuado tendras que leer el art. 20 del RD 337/2010 e ir determinando donde pone o no pone lo que pide el RD. Algunos llevamos desde que salió, trabajando en eso.

    en respuesta a: Nuevo conntrato debido al RD 337/2010 #374685 Agradecimientos: 0
    Raúl Martín
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    octubre 2016

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    Lo pone en el 337/2010

    en respuesta a: Parece que el IRSST se pone serio #374702 Agradecimientos: 0
    Raúl Martín
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    octubre 2016

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    Lo de avisar al empresario de las obligaciones preventivas no cubiertas por el concierto de SPA está en los nuevos requisitos de concierto marcados en el 337/2010, junto con otros.

    en respuesta a: Nuevo conntrato debido al RD 337/2010 #374683 Agradecimientos: 0
    Raúl Martín
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    octubre 2016

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    Y con fecha septiembre de 2010

    Raúl Martín
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    octubre 2016

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    Pues no sé… pero no me parece tan descabellado 53,12 € la hora. ¿Cuánto cobran la hora en un talles oficial de coches? ¿Cuánto el servicio técnico de la lavadora?
    Para mi que por ahí, ahí… si no más.

    Tengo un servicio profesional que me asesora, sin ocuparme de costes por cubrir vacaciones, bajas, cotizaciones, prorratas, etc, etc.

    ¿O es que un servicio en prevención de riesgos laborales debe de estar tan tirado que solo se merece un precio de (con todos los respetos) asistenta del hogar?

    Raúl Martín
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    octubre 2016

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    Somos SPA.

    Raúl Martín
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    octubre 2016

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    Raúl Martín
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    octubre 2016

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    Muchas gracias Tixu.

    Raúl Martín
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    octubre 2016

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    en respuesta a: Homologación de la formación para trabajos verticales #84702 Agradecimientos: 0
    Raúl Martín
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    octubre 2016

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    Se me pasó decirte que consultes las NTP del INSHT sobre trabajos verticales que, en realiadad, han salido del manual de procediemientos de ANETVA.

    en respuesta a: Homologación de la formación para trabajos verticales #84700 Agradecimientos: 0
    Raúl Martín
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    octubre 2016

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    Hola… pues quien tiene razón son los escaladores (que poco me gusta este nombre para operarios especializados), no hay nada reglado y muy poco legislado, solo lo que aparece en el RD 2177/2004 que algo es algo.

    En cuanto a los tres niveles es algo que establece ANETVA en sus procedimientos internos y las empresas asociadas se comprometen a seguirlo.
    Además no se trata solo de hacer muchas horas de curso y conseguir el mayor nivel sino que entre nivel y nivel, para pasar a uno superior, el empresario asociado debe de justificar horas determinadas de trabajo, en altura y suspensión, de ese trabajador.

    Otra cosa es que si preguntas en escuelas de formación te hablen de estos u otros nivel, de carnés, homologaciones, etc, etc…. pero esto es simplemente estrategias comerciales y brindis al sol para incautos o desinformados.
    Un ejemplo de esto es el famoso “carné de carretillero” que muchos dicen que es obligatorio pero no tiene valor oficial ninguno.

    Por último hacer hincapié en la importancia de la formación y de la experiencia en estos trabajos, que ejecutados de forma correcta son seguros (solo hay que ver la casi nula accidentalidad en estos trabajadores) pero que si se hace de cualquier manera o por trabajadores que se han subido a veinte piedras (estos sí son escaladores o alpinistas y no técnicos en acceso y posicionamiento mediante cuerdas) puede resultar, casi siempre, en accidentes muy graves o mortales.

    También la IT, como es su obligación, mira mucho (cuando mira) la justificación técnica de la utilización de estos medios de acceso y posicionamiento y se deben de utilizar solo cuando otras opciones están totalmente descartadas y nunca por motivos económicos.

    Espero servir de ayuda.

    Saludos.

    en respuesta a: Busco tarifas SPA #111047 Agradecimientos: 0
    Raúl Martín
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    octubre 2016

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    en respuesta a: calzado para torres #123191 Agradecimientos: 0
    Raúl Martín
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    octubre 2016

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    Hola a todos:
    Además de técnico en PRL, dispongo de carné de ANETVA (Asociación Nacional de Empresas de Trabajo Vertical y en Altura) de nivel OF-III, he trabajado años como monitor-formador para empresas que trabajan en torres de telecomunicación y también directamente para los operadores, o sus empresas instaladoras, subiendo y trabajado en dichas torres (todo esto no es para tirarme el pisto sino para que entendáis que hablo desde la experiencia).

    No entiendo eso de escalar torres de telecomunicación y menos usando botas de escalada. Las botas de escala, hoy, son los pies de gato. ¿Los trabajadores suben con pies de gato? Me parece imposible ya que la adherencia en el metal es nula.
    Entiendo que suben con unas botas para andar y no de las más caras si se las compran ellos.

    Escalar torres? A estas torres se sube por escalas (peldaños en vertical) y casi cualquier calzado de seguridad (EN 345) tiene la suficiente adherencia (sería más importante que las suelas estén libres de barro, etc. y la escala seca que la adherencia de la suela).
    Después, en la mayoría de los casos o se está en una plataforma, en la escala o se progresa por las celosías (torre de celosía) para lo cual, aseguro, que no hay diferencia entre el mejor calzado de trekking y un calzado de seguridad de mediana calidad.

    Lo imprescindible, entre otras cosas, es que el tacón y la suela sean de una pieza y que tenga plancha de acero en la base para pasar muchas horas sobre un perfil sin sufrir lesiones.

    Me parece que tus trabajadores tienen un problema de estética (es mucho más molón unas bonitas botas de diseñete que un feo calzado de seguridad) y en cuanto a la comodidad, hoy hay de todo en el mercado. Desde zapatos a modelos con aspecto de deportivas que cumplen la EN 345.

    Por último, lo que determina el calzado que se utiliza en el trabajo es la evaluación de riesgos y el plan de seguridad y salud, no la costubre o el capricho de los trabajadores.

    Siento el testamento que he escrito y espero servir de ayuda.

    Saludos

    en respuesta a: Sindrome del Arnes #124113 Agradecimientos: 0
    Raúl Martín
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    octubre 2016

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    Seguro que quien ha profundizado en el asunto lo sabe, pero la muerte no sobreviene solo por estar suspendido del arnés, sino por estarlo al mismo tiempo que en estado de inconsciencia.

    En cuanto a tenerlo en cuenta para la seguridad de los trabajadores, algunas empresas de formación especializadas en cursos para trabajos en torres, cubiertas, etc ya lo explicaban y forman en técnicas de rescate, sobretodo desde el RD 2177/2004 en el que, al hablar de acceso y posicionamiento mediante cuerdas, obliga al establecimiento de un sistema de inmediato auxilio al accidentado.

    saludos.

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