Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: expendedor de combustible preocupado #427620 Agradecimientos: 0
    JJAAMMSS
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    abril 2004

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    Yo de verdad que estoy alucinando con los comentarios de algunos . 😯

    en respuesta a: expendedor de combustible preocupado #427618 Agradecimientos: 0
    JJAAMMSS
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    abril 2004

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    El anterior compañero me ha quitado la respuesta de las manos.

    Efectivamente , la empresa está en su obligación de dar respuesta a todas tus preguntas e inquietudes. A través de la evaluación de riesgos de tu puesto de trabajo , procedimientos de seguridad que a buen seguro también existirán en la empresa , formación e información, reconocimientos médicos periódicos, entrega de equipos de protección adecuados a tu puesto de trabajo, etc…
    Y todo esto más si cabe si como dices es una gasolinera que se supone que debe ser una empresa de considerable tamaño con un Servicio de Prevención Propio.
    Insisto antes de empezar a trabajar te deberían haber dado todos los medios y la información oportunas.
    Y da igual que si estas contratado de forma temporal, que no lo se, dado que como dice la ley:
    Los trabajadores con relaciones de trabajo temporales de duración determinada deberán disfrutar del mismo nivel de protección en materia de seguridad y salud que los restantes trabajadores de la empresa en la que prestan sus servicios.
    Un saludo.

    PD : Los comentarios de Aitor- TSPRL , con todos los respetos me parecen inapropiados. (Que es eso de trabajar con la evidencia en la mano, irse a un centro comercial a comprarse unos guantes, etc…) En fin….

    en respuesta a: Gafas de sol son Epi? #419995 Agradecimientos: 0
    JJAAMMSS
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    abril 2004

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    En la Guía Técnica para la selección, la utilización y el mantenimiento de los Equipos de Protección Individual ,en la página 19 se considera EPI de categoría 1.
    Por otro lado cualquier gafa de sol en condiciones lleva marcado CE e instrucciones de uso y mtto.

    en respuesta a: Carne de CARRETILLERO +7500Kg #385772 Agradecimientos: 0
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    abril 2004

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    A tu pregunta : ¿y entre que pesos se mueven los carnes de carretilleros?

    Te diría que debido a que es un trabajo bastante sedentario los pesos suelen ser normalmente elevados , entre 80 y 100kg . Se han registrado casos de pesos mas elevados incluso que han impedido la correcta sujeción del cinturón de seguridad. Pero vamos a pesar del peso normalmente la carretilla no tiene dificultad para maniobrar.

    Un saludo.

    en respuesta a: Autónomos como recurso preventivo #419398 Agradecimientos: 0
    JJAAMMSS
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    abril 2004

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    Efectivamente los dos son autónomos y por tanto no constituyen empresa por lo que ninguno puede ser recurso preventivo , ( vaya metedura de pata la mia) .

    Creo que no habrá recurso preventivo de ningún tipo finalmente.

    Muchas gracias a todos.

    en respuesta a: Autónomos como recurso preventivo #419395 Agradecimientos: 0
    JJAAMMSS
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    abril 2004

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    Ok , ya veo .
    Entonces en este caso deberá ser alguien de nuestra empresa directamente nombrado como recurso preventivo quien supervise la seguridad de estos trabajos.

    en respuesta a: Escaleras en equipos de trabajo #418525 Agradecimientos: 0
    JJAAMMSS
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    abril 2004

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    Bueno , la reflexión sobre que las normas UNE no aplican a equipos viejos la he tomado literalmente de la guía que desarrolla el 1215/97. No me lo he inventado obviamente.

    en respuesta a: Escaleras en equipos de trabajo #418522 Agradecimientos: 0
    JJAAMMSS
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    abril 2004

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    Gracias .
    Había pensado lo mismo , en aplicar la norma UNE–EN ISO 14122–3 sobre accesos permamentes a equipos de trabajo. Aunque es un equipo antiguo y la norma no aplica salvo a equipos que se diseñen en la fecha de entrada en vigor de la norma puede valer como referencia. Solo quería asegurarme que iba en la dirección correcta.
    Un saludo.

    en respuesta a: VERIFICADORES AUSENCIA TENSION #417098 Agradecimientos: 1
    JJAAMMSS
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    abril 2004

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    En cuanto al mantenimiento , hasta donde yo sé ; Para las pértigas se verifica el aislamiento de las mismas con un equipo de medición específico; Y los verificadores se comprueba que el botón de test de alarma funciona, o sea que tiene batería.
    Un saludo.

    en respuesta a: Izado de cargas – limitación de peso 2,5 ton.?? #416364 Agradecimientos: 0
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    abril 2004

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    La limitación vendrá dada por la capacidad de carga del equipo de izado ; De las eslingas utilizadas y de la disposición de las mismas al amarrarlas a la carga . Pero no existe que yo sepa limitación de 2.5t. No se podría trabajar de ningún modo.

    en respuesta a: Cubrir las 4 especialidades #391597 Agradecimientos: 0
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    abril 2004

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    Ok .

    Pero en una evaluación de riesgos no se evalúa el riesgo higiénico ni ergonómico. Se proponen mediciones y estudios específicos para efectivamente evaluar el riesgo. Ahí es donde creo yo se empiezan a asumir las especialidades que preguntaba.

    en respuesta a: Cubrir las 4 especialidades #391594 Agradecimientos: 0
    JJAAMMSS
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    abril 2004

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    Exacto , el articulo 11.2 del Reglamento dice:
    ” La vigilancia de la salud de los trabajadores, así como aquellas otras actividades preventivas no asumidas personalmente por el empresario, deberán cubrirse mediante el recurso a alguna de las restantes modalidades de organización preventiva previstas en este capítulo.”

    Pero habla de modalidades. No de especialidades. Si por ej un empresario asume en una empresa de bajo riesgo la prevención , hace su plan de prevención , ev de riesgos inicial y los rec médicos contratados a parte lógicamente , y punto . En el reglamento no se habla de que la empresa debe cubrir las especialidades de seguridad , higiene etc…
    Pero lo mismo estoy equivocado.

    en respuesta a: Cuchara de la pala para elevar personas. #390743 Agradecimientos: 0
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    abril 2004

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    El RD 1215 sí contempla la utilización de equipos de elevación de cargas para elevar personas pero solo de forma excepcional.Anexo 2 . 3.1.b

    Supuestos de carácter excepcional:
    Técnicamente es imposible utilizar equipos concebidos para la elevación de personas.

    Los riesgos derivados del entorno en el que se realiza el trabajo o de la necesidad de utilizar medios auxiliares a bordo del habitáculo de las máquinas para elevar personas, son mayores que los que se derivarían de la utilización de las máquinas para la elevación de cargas, acondicionadas para elevar personas.

    Se produce una emergencia (evacuación de personas, reparación inmediata para evitar una situación de riesgo grave e inminente, etc.).

    en respuesta a: RUIDO: 110 DB(A) #389931 Agradecimientos: 0
    JJAAMMSS
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    abril 2004

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    Hay una cosa que no entiedo . Yo tenia entendido que para medir la atenuación había que hacerlo así:
    L’A = LC – SNR
    Donde L’A es el nivel ponderado A efectivo ( el ruido al que se esta expuesto con la protección)
    LC el nivel ponderado C y SNR la reducción dada por el protector.

    en respuesta a: INFORMACION A DELEGADOS DE PRL #387466 Agradecimientos: 0
    JJAAMMSS
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    abril 2004

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    Supongo que el Articulo 18 de la LPRL obliga a facilitar toda la información a los trabajadores a través de sus representantes.

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