Respuestas de foro creadas

Viendo 11 entradas - de la 1 a la 11 (de un total de 11)
  • Autor
    Entradas
  • Diego
    Participante
    8
    octubre 2003


    Ayer realicé el cuestionario basado en mi experiencia como técnico de PRL en SPA. saludos

    Diego
    Participante
    8
    octubre 2003


    Hola. Es la mutua quien gestiona y concede la prestación por riesgo durante el embarazo y no Vigilancia de la Salud.
    Vigilancia de la Salud tan solo emite un documento sobre Puestos compatibles con el embarazo y la lactancia.
    Para que la trabajadora solicite la prestación, se debe adjuntar, entre otra documentación de la trabajadora y la empresa, la evaluación de riesgos laborales del puesto de trabajo de la trabajadora y una declaración de la empresa sobre la actividad que desarrolla la trabajadora y las tareas que realiza, y aquí la empresa marca si hay manipulación de cargas, bipedestación,….
    Dicho esto, no es Vigilancia de la Salud quien concede la prestación, sino los servicios médicos de la mutua, en base a evaluación de riesgos y certificado de actividades de la empresa, y esta prestación no tiene nada que ver con la protección que la empresa debe realizar de una trabajadora embarazada, de acuerdo con la legislación vigente, en tanto que esta prestación por riesgo durante el embarazo es una prestación personal que solicita la trabajadora.
    Este tema es más extenso, espero haber sintetizado un poco el asunto.

    en respuesta a: extintores en el suelo #416576 Agradecimientos: 0
    Diego
    Participante
    8
    octubre 2003


    En Italia, en algunos hoteles los he visto en un “miniperchero” o pequeño soporte en el suelo, que además era un tanto decorativo (a mi me pareció más bonito que el extintor colgado en medio de la pared) y luego señalizado, esta vez si en la pared. Estaban colocados en rincones de pasillos y en rincones de salas de conferencias, en los pasillos lógicamente se encontraban dentro de un armario para extintores, ya que supongo que en zonas de paso es fácil que provoquen tropiezos.

    Diego
    Participante
    8
    octubre 2003


    Se puede uno suscribir a esta publicación y se recibe en el correo electrónico, así es más cómodo consultarla periódicamente

    en respuesta a: Coste de un Plan de Prevención para un Colegio #415319 Agradecimientos: 0
    Diego
    Participante
    8
    octubre 2003


    ¿De verdad te refieres a un Plan de Prevención. o quizá sea un Plan de Autoprotección?
    Te digo esto porque un Plan de Prevención por si solo no es lógico, sería más bien acompañado de Evaluación de Riesgos, Planificación y demás actuaciones que deberías contratar con un SPA si tu centro es privado.

    en respuesta a: NECESITO CONSEJO #414272 Agradecimientos: 0
    Diego
    Participante
    8
    octubre 2003


    Mucho ánimo y trata de seguir el consejo de De Locos, haz tu trabajo de la mejor forma posible y pasa del resto.
    De todas formas sería bueno que vayas apuntando los encontronazos, anotando fecha y hora y sobre todo y si es posible testigos, tu abogado te lo agradecerá y siempre tendrás argumentos fiables para tratar este tema a la larga con tu jefe

    Diego
    Participante
    8
    octubre 2003


    En pocos artículos resaltan la presencia de “medidas de seguridad”,contra la “falta de medidas de segurdidad” tal vez el periodísta era un colega técnico de PRL por tan rápida y audaz anotación

    en respuesta a: CONSTITUCIÓN SERVICIO DE PREVENCIÓN PROPIO #413442 Agradecimientos: 0
    Diego
    Participante
    8
    octubre 2003


    Trataré de indicarte algunos de los trámites iniciales.
    Consulta a trabajadores
    Elaboración de estatuto del SPP y manual de gestión donde se indicará entre otros, objeto, datos de empresa (organización y estructura), funciones y responsabilidades, recursos humanos y materiales,…
    Tendrás que realizar un acta de constitución de dicho SPP.
    Normalmente se entrega la documentación a la autoridad laboral y contesta con la acreditación del SPP si procede…

    Diego
    Participante
    8
    octubre 2003


    La verdad es que no opuse mucha resistencia a la “recomendación” o imposición que hace 5 años me comunicó la Consejería de Empleo sobre la imposibilidad de asumir tres especialidades (la higiene no tenía previsto asumirla por evitar comprar equipos de medida y las calibraciones anuales, ya que necesitaría bastantes equipos) pero me queda la duda y enviaré una consulta para que me den base legal a esta recomendación, ya comunicaré algo cuando tenga respuesta
    Gracias De Locos y Oskar por las respuestas

    Diego
    Participante
    8
    octubre 2003


    Otra de las atribuciones que tiene el promotor es verificar la apertura del centro de trabajo de la contrata, del resto totalmente de acuerdo con Oskar76

    Diego
    Participante
    8
    octubre 2003


    Entiendo que hay que pensar por un lado en la seguridad, y una profesional de educación o administración no suele tener riesgo de caída de objetos, por otro lado debemos pensar el la comodidad y un calzado adquirido por uno mismo de entre un gran número de modelos le será más cómodo que de entre los modelos existentes de calzado de trabajo, y por último pensemos con sensatez, ¿qué porcentaje de trabajadoras aceptarían ponerse un zapato que al ser de trabajo EPI y adquirido por la empresa, será lo más económico posible y probablemente no de su gusto?
    Mejor recomendar tipos de calzado de calle cómodos y asesorar sobre pautas de descanso

Viendo 11 entradas - de la 1 a la 11 (de un total de 11)