Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Seguridad en Hospital Psiquiátrico #308910 Agradecimientos: 0
    corare122
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    abril 2001


    Apreciado compañero.

    Protocolos o procedimientos de trabajo en este complejo asunto son dificiles de consensuar. Normalmente se debería tender a realizar procedimientos de PREVENCIÓN de agresiones en vez de a protección. El manejo psicosocial del enfermo ( apoyo al paciente, etc ) debería ser la nota dominante en la prevención, así como, en caso de pacientes agresivos por su patología de base ( daño cerebral, TCE, etc ) el conocimiento por parte del personal sanitario de medidas de contención ( cinchas anatómicas, de protección anticaídas, etc ) y un número suficiente de personal en el manejo del paciente hará que su trabajo se realice de una forma más segura.

    Puedes evaluar, por ejemplo, la formación del personal en situaciones conflictivas, riesgo de carga física y mental, aspecto psicosociales y de organización del trabajo.

    Espero haberte ayudado en algo,

    Un saludo a todos

    en respuesta a: TRABAJO NO SANITARIO CON DROGODEPENDIENTES, VIH #311456 Agradecimientos: 0
    corare122
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    abril 2001


    Como bien dices, en principio, no tienes riesgos inherentes a la posibilidad de contagio por inoculación, etc, pero cabe la posibilidad de plantearte una serie de riesgos psiquicos y sociales, como carga mental excesiva o stress, padecer lo que llamamos Síndrome de Burnout o ” estar quemado”. Lo plantearía desde este punto de vista, un poco como los problemas de riesgo laboral que les surgen a los profesores, por poner un ejemplo.

    Puede ser de ayuda que consultes las páginas:

    laboral/sindrome burnout.htm

    http`://redmedica.com.mx/medicina/quemado.html

    Espero te haya servido de ayuda.

    un saludo cordial

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    en respuesta a: Auditorías de los sistemas de prevención #311618 Agradecimientos: 0
    corare122
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    abril 2001


    Como tú, me dedico a realizar Auditorías de Sistemas de Gestión de la Prevención y mi opinión es que todavía no hay una conciencia real de sus funciones y objetivos. Su objetivo es mejorar la gestión de la prevención, pero comparándolo con los otros elementos de la empresa como la gestión de stocks, gestión de recursos humanos, etc. la gestión preventiva se ve desde un punto de vista, salvo excepciones, como algo menos “tangible”, “objetivo” o “que sirva de algo en la empresa”. Evidentemente debe irse creando cultura de la Auditoría y que éstas vayan ganando credibilidad y seriedad en el futuro.

    Un saludo cordial a todos.

    en respuesta a: DELEGADOS DE PREVENCION Y TIEMPO EXCLUSIVO #311807 Agradecimientos: 0
    corare122
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    abril 2001


    En realidad no hay unas horas determinadas por ser delegado de prevención, lo que sí las hay es por ser miembro del Comité de empresa y , por lo tanto, del Comité de Seguridad y salud de la empresa.Se harán servir las asignadas a esta actividad como representantes de los trabajadores, siempre que el Convenio Colectivo no diga otra cosa.

    Como sabrás según el número de trabajadores variará el crédito horario. Hasta 100 trabajadores tienes 15 horas mensuales y si són más de 751 , 40 horas.

    Un saludo.

    en respuesta a: evaluacion de riesgos en un bar #311820 Agradecimientos: 0
    corare122
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    abril 2001


    De hacer la evaluación puedes hacerla, pero debe responsabilizarse el empresario y éste debe de poseer el nivel básico para poder encargarse de la actividad preventiva. Otra cosa es que estes en nómina y te designe como trabajador designado. De esta manera si puedes hacerla pero deberá ir firmada la evaluación por el empresario de todas maneras.

    Un saludo.

    corare122
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    abril 2001


    Creo que habría que determinar la cantidad de trabajadores de la empresa ya que según el número nos deberemos decantar por una opción u otra. El Art.13 del R.D. Servicios de Prevención determina que los trabajadores designados deberán tener la capacidad correspondiente a las funciones a desempeñar y ser el número necesario para desempeñar adecuadamente las funciones.

    Por ejemplo, si la empresa está entre 250 y 500 trabajadores y en el Anexo I deberá constituir un Servicio de Prevención Propio con Técnicos Superiores o uno ajeno.

    En el Artículo 12 se conviene que si las actividades preventivas no pueden ser desarrolladas correctamente se hará a través de Servicios de Prevención propios o ajenos.

    De todas maneras puedes consultar los Anexos IV,V y VI que especifican los contenidos mínimos que deben desempeñar las diferentes funciones de nivel básico, intermedio y superior y sobre ellas determinar lo que necesita el trabajador designado.

    Un saludo

    en respuesta a: CLINICAS DENTALES #312489 Agradecimientos: 0
    corare122
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    abril 2001


    Específicamente destinadas a clínicas dentales no sé si existe algun protocolo de evaluación de riesgos pero puedes realizarla ” a medida ” extrayendo información de diferentes fuentes. En el INSHT encontrarás NTP,s. sobre los diferentes riesgos sanitarios como radiación ionizante, biológicos, etc. Existe un libro, también del INSHT, llamado ” Condiciones de Trabajo en Centros Hospitalarios ” que, aún no siendo todo lo específico que buscas te dará una idea, creo que bastante aproximada, de los riesgos potenciales que puedes encontarte así como una metodología de check-list que puedes adaptar a tu interés.

    espero te sirva de ayuda

    Un saludo

    en respuesta a: IMPLANTE GESTION PREVENCION EN OFICINA TECNICA #312512 Agradecimientos: 0
    corare122
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    abril 2001


    Puede asumir la prevención como trabajador designado asumiendo el empresario la responsabilidad de la implantación del Sistema de Gestión de la Prevención. Una vez instaurado el Sistema sería recomendable realizar una auditoría para comprobar el grado de funcionamiento del Sistema. Otra posibilidad es optar por un Servicio de Prevención Ajeno que integre las cuatro especialidades.

    Un saludo

    en respuesta a: informacion #312596 Agradecimientos: 0
    corare122
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    abril 2001


    No se si hay un proyecto tipo, pero te diré que el estudio de prevención dependerá del tipo de obra civil que sea.A grosso modo deberías describir de forma general la obra con planos fundamentales. Una vez realizado ésto podrías centrarte en el plan de ejecución de la obra ( procedimientos, mano de obra necesaria, maquinaria y medios auxiliares ) y detectar los riesgos laborales tanto los evitables como los no evitables y posteriormente las medidas de prevención. En prevencionintegral.com existen descargables específicos así como en prevenciona.com que pueden serte de ayuda.

    Un saludo.

    en respuesta a: Ergonomía #312789 Agradecimientos: 0
    corare122
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    abril 2001


    Existen diversas maneras de encontrar información sobre riesgos en oficinas. Normalmente encontrarás riesgos ergonómicos y de condiciones de trabajo ( luminosidad, ruido, etc ). En el INSHT encontrarás documentación al respecto así como por ejemplo, en portales de prevención donde encontrarás descargables sobre el tema.

    Un saludo.

    en respuesta a: Consultorio médico #312588 Agradecimientos: 0
    corare122
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    abril 2001


    No hay una superficie específica en la Legislación, pero podrá servirte el R.D. 486/1997, de 14 de Abril que establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. En su Anexo VI viene especificado el material y locales de primeros auxilios. espero te sirva de ayuda.

    Un saludo.

    en respuesta a: acciones correctoras inmediatas #312590 Agradecimientos: 0
    corare122
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    abril 2001


    Es evidente que existe un peligro inminente, por lo que explicas, de producirse un accidente. Como sabrás, la Ley obliga a eliminar los riesgos existentes y si no se puede, a reducirlos a su máximo exponente. Creo necesario la instauración inmediata de procedimientos de protección frente a esos riesgos mediante la comunicación al coordinador de seguridad y salud de esa circunstancias. Si no se resuelve debería, a mi parecer, paralizar el acceso a la zona o completamente y por supuesto, dejarlo documentado en el libro de incidencias, aunque la paralización implica una inspección de seguridad.

    Saludos

    en respuesta a: Seguridad en el trabajo #312871 Agradecimientos: 0
    corare122
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    abril 2001


    Apreciado colega: El R.D. 39/1997 de 17 de Enero ( si lo quieres montar en España ) en su Capítulo 3.Artículos 16-17-18 y 19 especifica claramente los requisitos a tener en cuenta. En tu Delegación de Trabajo o en su defecto la administración que tenga las competencias podrán facilitarte todos los documentos necesarios para ooptar a la Acreditación. Suerte y un saludo.

    en respuesta a: trabajador designado #313574 Agradecimientos: 0
    corare122
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    abril 2001


    El Artículo 11 del Reglamento de los Servicios de Prevención R.D.39/1997 indica claramente que el empresario podrá desarrollar la actividad preventiva , menos la vigilancia de la salud, cuando una empresa tenga menos de 6 trabajadores y tenga la capacidad correspondiente a las funciones preventivas que va a desarrollar. ( Puntos a y d ). Por otro lado la Ley de Prevención 31/95 indica en su artículo 30 punto 5 y cito textualmente que en las empresas con menos de 6 trabajadores el empresario podrá asumir personalmente las funciones señaladas en el PUNTO 1 que indica que EL EMPRESARIO DESIGNARÁ UNO O VARIOS TRABAJADORES PARA OCUPARSE DE LA ACTIVIDAD PREVENTIVA, CONSTITUIRÁ UN SERVICIO DE PREVENCIÓN PROPIO O DESIGNARÁ UN EXTERNO, por lo tanto puede ser él mismo.

    Si la empresa es de más de 6 trabajadores, se debe entender que, como indica el Artículo 35 de la Ley 31/95, en empresas de hasta 30 trabajadores el Delegado de Prevención debe ser el Delegado de Personal.

    Un saludo

    en respuesta a: Evaluación de la gestión en prevención de riesgos #312938 Agradecimientos: 0
    corare122
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    abril 2001


    Puedes consultar la Norma UNE 81905 EX sobre implantación de un Sistema de Gestión de la Prevención. Creo que no debería faltar ningún requisito a la hora de considerar su implantación y, sobre todo, su seguimiento.

    Un saludo

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