Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: CONSULTA CONSTITUCIÓN SPP #433235 Agradecimientos: 0
    avita
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    octubre 2002


    Hola, yo soy responsable de un SPP de las mismas caracteristicas que el que vais a montar vosotros tenemos una sede central en Madrid y el resto de centros diseminaods por todo el territorio nacional, asi que voy a intentar ayudarte en lo que planteas.

    -respecto a lo de la constitutcion del SPP, si debes registrar la modalidad prevebtiva con el nombre de los tecnicos de prevencion y la especialidades que asume cada uno.

    -en cuanto al numero de tecnicos de prevencion para efectuar los trabajos en PRL debes dimensionarlos en funcion del numero de trabajadores que tienes. Para que te hagas una idea nosotros somos dos para un volumen de 1000 trabajadores. En el Rd 39/97 te establece las condiciones a la hora de montar un SPP y lo que debes cumplir, tampoco te dice exactamente el numero de tecnicos que debes tener pero te ayuda, sino puedes concultar en la inspeccion de trabajo de Madrid.

    -Si la especialidad de higiene la tienes externalizada no te hace falta disponer de los equipos de medida (tampoco te haria falta tenerlos si el SPP asume la espcialidad de higiene ya que para mediciones concretas puedes contratar los servicios de SPA ajenos que quieras sin necesidad de tener uno concreto) nosotros por ejemplo para la medicion de iluminacion hemos contratado a un SPA y para la medicion de ruido a otro.

    espero te haya ayudado, un saludo

    en respuesta a: Lesión lumbar al manipular cargas, ¿A.T. o E.P.? #431193 Agradecimientos: 0
    avita
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    octubre 2002


    Accidente de trabajo en toda regla, otra cosa es que con los años y demostrando que ha sido por manipular cargas excesivas y por posturas de trabajo inadecuadas se quisiera tramitar una enfermedd profesional con el fin de poder optar a una minusvalia o algo asi, pero eso ya debe ir por valoraciones medicas.

    En tu caso esta claro que es un accidente de trabajo.

    saludos

    en respuesta a: carretilla elevadoras #391218 Agradecimientos: 0
    avita
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    octubre 2002


    Yo os puedo contar mi experiencia, un inspector de trabajo nos echó por tierra un informe realizado por un tecnico de prl ingeniero con todas las especialidades de prl y 10 años de experiencia en maquinas porque decia que la adecuación debe ser realizada por una OCA, no era Andalucia. Pero este comentario que os hago me lo han realizado varios inspectores de varias provincias, yo por si acaso y debido a mi experiencia siempre aconsejo y contrato OCAS para estos menesteres. Eso sí, estoy de acuerdo con que los informes son una porqueria en muchos casos pero ahi esta el tecnico de prl de la empresa para apretar al de la oca para que te hagan un informe decente y en condiciones para luego no tener problemas ante inspecciones futuras.

    saludos

    avita
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    octubre 2002


    puedes encontrar mas informacion en la OIT en el capitulo 96 de actividaes artisticas y culturales

    avita
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    octubre 2002


    Hola, aunque no esté especificado en ningun sitio, para hacer la evaluación tendras que tener en cuenta aspectos generales de la instalación donde vayan a actuar, escenario, etc y sobre todo lo referente a afonias, disfonias, de la voz (como si fuera un profesor), riesgos posturales, riesgos de accidentes in itinere por traslados de una ciudad a otra (si usa vehiculo propio, transporte publico, etc) numero de obras que realiza al dia y horas que está sobre el escenario. saludos

    avita
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    octubre 2002


    Aunque efectivamente esas revisiones estan indicadas en el Rd y son obligatorias, sí que debes realizar una revision o inspección de seguridad donde incluyas aspectos de botiquines, extintores (localización señalización, accesibilidad, estado, etc) cuadros electricos, lugares de trabajo, etc De echo, esto es una no conformidad menor en caso de que tengas un SPP que esté obligado a auditorias externas. La periodicidad suele ser trimestral pero esto depende del tipo de empresa que tengas, de los equipos e instalaciones.

    saludos

    en respuesta a: RD 404/2010 BONUS EMPRESAS #366435 Agradecimientos: 0
    avita
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    octubre 2002


    asi que en realidad lo que fomenta es que los que tienen modalidad de SPP por ejemplo donde el requisito de auditorias externas no lo puedes cumplir porque ya estas obligado a realizarlas cada 4 años, implante algun sistema tipo OSHAS que creo yo será el unico que como dice el punto te certificara la calidad de la organizacion y funcionamiento del sistema de prevencion justificativo de que se ajusta a normas internacionales.

    en respuesta a: Auditorias #364803 Agradecimientos: 0
    avita
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    octubre 2002


    hola

    la BCR/IFS son solo de seguridad alimentaria, por tanto si no afectan o no se van a tratar temas de prevención en principio no seria obligatorio comunicarlo a los DP, no obstante si, dentro de los puntos del APPCC se van a tratar e integrar tema de prl entonces seria conveniente que estuvieran.

    Nosotros cuando la hemos impplantado hemos informado solo dentro del CSS pero no han venido los delegados puesto que no les afecta.

    saludos

    en respuesta a: Comité de Seguridad y Salud #365079 Agradecimientos: 0
    avita
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    octubre 2002


    En algunas CCAA salieron reglamentos o resoluciones donde es obligatorio registrar el nombre de los delegados de prevención, que yo sepa y trabajo en un SPP nacional no es obligatorio el comunicar en ninguna CCAA que dispones de un comite de seguridad y salud, ahora sí que debes tener un reglamento de funcionamiento del CSS y llevar al dia las reuniones, además de antes de formarlo haber realizado la cosnulta previa con trabajdores, dirección y representantes de los trabajadores, y como te indico registrar a los delegados y si estos los cambias cada vez que lo hagas tendras que comunicarlos.

    saludos

    en respuesta a: RD 337/2010 SERVICIO DE PREVENCION PROPIO #365908 Agradecimientos: 0
    avita
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    octubre 2002


    pues yo entiendo que a los SPP en el que yo trabajo no le aplica nada de lo establecido en el 337/2010. Lo que comentais es todo para empresas con SPA o bien para los propios SPA. el tema de auditorias cada 4 años o 2 ya se habia modificado en legislación anterior.

    saludos

    avita
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    octubre 2002


    Yo trabajo en el mundo de prevención y además nos hemos dedicado a realizar los cursos de prl para la universidad durante varios años, en la actualidad las cosas están como siguen, ninguna comunidad autonoma ni entidad acreditada en su dia para la formación en prl superior podrá realizar ningun master ni oficial ni no a partir del 31 de diciembre de 2009, en 2010 dicha formación pasara a la Universidad en forma de MAster oficiales con un programa y un contenido diferente según la universidad donde te apuntes, hasta ahora el modelo más elegido es Master prl de 60 creditos con 1 especialidad a elegir, o master de 80 creditos con las 3 especialidades, el contenido es muy similar al del Rd 39/1997 y el que hicimos todos, pero esto dependerá de la Universidad, aunque creo que no se complicarán la vida y lo haran lo mas facil posible.
    En cuanto a la convivencia de los titulos nuevos y viejos, hablando con trabajo informa que conviviran los dos titulos, es decir seras tecnico de prl por el modelo antiguo o tecnico de prl por la universidad que sea. Creo que para trabajar de tecnico de prl en europa es complicado ya que las leyes de prl en cada pais son diferentes por lo que el master oficial deberia estar adaptado a europa y os aseguro que no lo esta solo valdra para trabajar en españa.
    un saludo

    en respuesta a: DUDA SOBRE MASTER PRL #344249 Agradecimientos: 0
    avita
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    octubre 2002


    Buenas tardes, yo me dedico al mundo de la prevención y hasta la actualidad impartiamos los cursos por la universidad como entidad asociada. te puedo decir por lo que he hablado con trabajo y la Universidad es que conviviran ambos estudios, si os fijais en las titulaciones que se estan ofreciendo por la universidad puedes elegir entre master de 60 creditos con una especialidad y master con 80 creditos de 3 especialidades, la empresa te contrará en funcion de sus necesidades y del tipo de empresa que sea por eso no te obsesiones con las tres especialidades. Espero te aclare algo más. saludos

    en respuesta a: trabajo libre de la profesion de prl #327643 Agradecimientos: 0
    avita
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    octubre 2002


    ya pero suupongamos que la empresa tiene menos de 6 trabajadores y el empresario asume la prevención y contrata a un despacho de recursos humaos que ademas le haga los papeles de prl poruqe tenga titulados en prl superiores claro ¿seria posble?

    en respuesta a: instalador de sistemas solares #318536 Agradecimientos: 0
    avita
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    octubre 2002


    no entiendo que me quieres decir, lo busco en prevention world y no me sale nada al igual que en el google.

    en respuesta a: curso básico integro a distancia?? #318529 Agradecimientos: 0
    avita
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    octubre 2002


    efectivamente puedes realizar el curso a distancia sin ningun problema mientras tenga un tutor asociado que le vaya orientando en las dudas y exista algun tipo de evaluacion de la formación.

    respecto al numero de horas son 30 y no 50 las que forman parte del curso basico de prl segun lo indicado en el reglamento de los servicios de prevencion 39/1997 en su anexo V. Si la actividad desarrollada estuviera dentro del Anexo I entonces la formación seria de 50 horas y ahora la formacion basica de construccion son 60 horas minimo segun lo dispuesto en el convenio de la fundacion de la construccion.
    saludos

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