Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Fenómenos climatológicos adversos #685049 Agradecimientos: 0
    Zinedine
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    junio 2023


    Con la entrada del RD 4/2003 lo indica claramente y lo teníais que haber hecho ya.

    “2. Las medidas a las que se refiere el apartado anterior derivarán de la evaluación de riesgos laborales, que tomará en consideración, además de los fenómenos mencionados, las características de la tarea que se desarrolle y las características personales o el estado biológico conocido de la persona trabajadora. En aplicación de lo previsto en esta disposición y en el artículo 23 del Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo, las medidas preventivas incluirán la prohibición de desarrollar determinadas tareas durante las horas del día en las que concurran fenómenos meteorológicos adversos, en aquellos casos en que no pueda garantizarse de otro modo la debida protección de la persona trabajadora.”

    Como se indica en el apartado 2, debe ser la evaluación de riesgos / plan de seguridad la herramienta donde se identifiquen y evalúen los diferentes fenómenos meteorológicos adversos con sus diferentes intensidades y las medidas preventivas a adoptar, y si fuera necesario, la paralización de los trabajos bajo dichas condiciones.

    Yo he realizado una evaluación de riesgos, por fenómeno meteorológico, y puesto de trabajo, basándome siempre en las predicciones de la AEMET (alerta amarilla, naranja o roja).

    Un saludo

    en respuesta a: Suministro o Subcontratista #685011 Agradecimientos: 0
    Zinedine
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    junio 2023


    Buenas de nuevo,

    Gracias por tu respuesta y explicación.

    Pero ya el hecho de que esté realizando trabajos de continuo en dicha obra, con otro tipo se actividades realizándose cerca, no sè.

    ¿En caso de accidente laboral con el gruista y la grúa?¿si dichos trabajos y maquinarias no están contemplados en el Plan de seguridad y salud?.
    Entiendo que los trabajos deberán estar en el plan, no es un suministro el cuál está o hace dos viajes y se va..

    Los trabajos de carga de material con mixta entiendo que si. Hay que hacer un gran movimiento de tierras, hay que sacar material fuera de obra, con lo cual tendrán que estar contemplados en el PSS. Al final construcción en este tipo de obras, abarca muchos trabajos..

    en respuesta a: Suministro o Subcontratista #684904 Agradecimientos: 0
    Zinedine
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    junio 2023


    Buenas, gracias de nuevo.

     

    Pero al ser obra de construcción, ¿no estaría regido por el 1627?

    Es una grúa forestal, que carga otro camión. Al final lo entiendo como si una mixta, cargara un camión de áridos retirando material. Al final realiza un trabajo

    Un saludo

    en respuesta a: Suministro o Subcontratista #684745 Agradecimientos: 0
    Zinedine
    Participante
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    junio 2023


    Claro me refiero a restos de plantas de viña.

    Se trata de una planta fotovoltaica, de ahí que se aplique como obra de construcción.

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