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10 abril, 2015 a las 05:26:20 en respuesta a: Punto de anclaje para arnés, gancho grúa autocargante #432740 Agradecimientos: 0
Buenos días. En aclaración a De locos, se dispone de tiempo para planificar y de dinero para ejecutar esa planificación. Gracias por su explicación pues con ella queda clarísimo que habrá que acometer el trabajo con las normas por delante. Gracias denuevo.
9 abril, 2015 a las 10:16:05 en respuesta a: Punto de anclaje para arnés, gancho grúa autocargante #432738 Agradecimientos: 0Muchas gracias, su intervención, de gran ayuda.
9 abril, 2015 a las 08:50:16 en respuesta a: Punto de anclaje para arnés, gancho grúa autocargante #432736 Agradecimientos: 0Gracias Aitor por tu aportación.
6 junio, 2013 a las 08:16:08 en respuesta a: Trabajos de mantenimiento en parque de bomberos #425107 Agradecimientos: 0@De locos wrote:
El ascenso a la parte superior de un camión no supera nunca los 4 metros (el techo de estos vehículos suele andar por los 3,5 a 3,90 metros. Por eso, la escala vertical es una forma totalmente válida y legal. Las barandillas abatibles suelen tener un tirador en el final de la escala y a veces desde abajo mediante sistema de bielas, para levantarlas. Es cierto, que algunas de las que se ven por ahí, tienen un aspecto de resistencia -cuando menos- dudosa; pero eso ya es una cuestión técnica de quien lo monta.
En cuanto a los trastos que lleve el camión, no soy quien para analizarlo. Si los llevan, será porque los necesitan (Ej: monitor para proyección de espuma, escalera de rescate, yo que sé, …)
En relación con el aspecto económico, mi criterio personal (y puedo estar equivocado) es que la no utilización de criterios económicos en la toma de decisiones preventivas que establece la normativa legal, no es una consideración taxativa e integrista. La ley no puede exigirle a un empresario con beneficios anuales de 80000 euros, una inversión de 10000 euros para la seguridad de una operación que se realiza de forma esporádica, y para la que hay otras opciones más asequibles, e incluso versátiles; de la misma manera (lo expuse en otro hilo) que si una empresa tiene establecido un protocolo de control de tráfico, una señalización de marcha atrás correctamente mantenida, no se le puede exigir “porque sí” que instale cámaras de visión trasera en todos sus vehículos, y a los dos años, que las tire a la basura e instale un dispositivo de control por situación de vehículos por ondas de radio.
Personalmente, creo que eso no es lo que pide la ley; porque entonces entraríamos en la dinámica de “necesitar siempre el último modelo de smartphone”.
Ahora bien, si el parque de bomberos tiene 8 vehículos, y la inspección diaria de material, les lleva a permanecer diariamente no sé cuanto tiempo encima de ellos, a lo mejor sí les compensa. Pero eso, sí que no lo sé yo. Lo sabrá el que inició el post, que en base a su criterio técnico, elegirá la solución más adecuada de entre las que le hemos propuesto, u otras muchas.Reitero el agradecimiento a todos/as por vuestros comentarios a mi pregunta. Me queda claro que posiblemente la mejor opción sean las barandillas abatibles ya que, tanto en operaciones de revisión y mantenimiento como en las salidas de emergencia estarían ahí para proteger de una caída.
4 junio, 2013 a las 11:43:14 en respuesta a: Trabajos de mantenimiento en parque de bomberos #425101 Agradecimientos: 0@De locos wrote:
Yo he visto camiones del tipo de cuba con aspiración e impulsión para desatasco de tuberías e instalaciones de saneamiento, con barandilla lateral abatible y argollas de fijación para arnés de seguridad estratégicamente dispuestas en caso de tener que acceder al otro lateral no protegido de la parte superior de la cuba.
En este caso, entiendo que tales protecciones están incluidas en la declaración CE de Conformidad del equipo asociado al vehículo, por lo que estarían diseñados según norma que permita dicho marcado CE.Gracias por tu aportación, me había llegado algo sobre eso, pero si pudieran darme alguna dirección y/o foto de la aplicación del sistema informado por ti me sería de gran ayuda.
15 noviembre, 2012 a las 09:42:12 en respuesta a: Reducción de créditos y permisos sindicales #421282 Agradecimientos: 0Gracias Carloss por tu aportación a mi pregunta
13 noviembre, 2012 a las 09:33:33 en respuesta a: Reducción de créditos y permisos sindicales #421280 Agradecimientos: 0Gracias por tu respuesta, pero yo entiendo que la Ley 31/1995 dice en el art. 35. 5 que en convenios colectivos podrán establecerse otros sistemas de designación, siempre que se garantice que la facultad de designación corresponde a los representantes. Son estos Delegados de Prevención los que, según mi empresa, quedan sin crédito basados en el RDL 20/2012 ART. 10
En trabajos de reparación de luminarias en altura, con grúa con canasta, me supongo que habrá que equipar al operario de Equipos de Protección Personal, como si se tratase de un apicultor. Gracias si me corrijen y me dan alguna opinión
30 marzo, 2010 a las 08:57:00 en respuesta a: Cosas que se encuentran por la red #365662 Agradecimientos: 0Gracias a todos
Gracias Pablo, me ha aclarado algunas dudas. Perdonar el no haber buscado antes de intervenir.
Con estos aros circundantes ¿es suficiente para evitar una caída?, ¿no hace falta línea de vida?.Gracias
Muchas gracias a tod@s por vuestra participación.
¿y la carga como la aplastan?. Se podría utilizar la grúa autocargante, me imagino.
28 octubre, 2009 a las 14:31:00 en respuesta a: Legalización de grúa hidráulica para elevar personas #349069 Agradecimientos: 0Muchas gracias Diodo por tu información, me ha sacado de muchas dudas.
27 octubre, 2009 a las 08:59:00 en respuesta a: Técnico medio de Prevención en la actualidad #349059 Agradecimientos: 0Sobre este tema me gustaría introducir una pregunta, ¿se podría acceder a la titulación superior en PRL a través del R.D. 1224/2009 de Reconocimiento de la Competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral?. Gracias
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