Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: MEDICAMENTOS EN EL TRABAJO #323577 Agradecimientos: 0
    sanitario
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    octubre 2004


    Hola a todos:

    Me encanta esta pregunta, es de las mejores que he visto; vayamos por partes. Por empezar por el principio debo responder a Igor que desde luego NO es recomendable que DES ninguna medicación a ningún trabajador, por las razones expuestas por los compañeros, sobre todo la de la RESPONSABILIDAD.

    Aclarado esto me gustaría que los señores doctores que han contestado me respondan a mi ahora; explico el caso. Soy enfermero a pie de obra en un botiquin, tengo a mi disposición diversa cantidad de farmacia(desde paracetamol, aas, diclofenaco, tramadol,dexketoprofeno trometamol; colirios de anestesia;pomadas como la sulfadiazida argentica y la nitrofurazona;…),y sin medico que me asista, ¿yo puedo dispensar esa medicación con la ley de mi parte?(por favor contestenme y no se olviden de la Ley del Medicamento y la prohibición, salvo que seas médico u odontólogo,de “recetar”, pues la cordinadora médico dice que si podemos.

    Un saludo.

    en respuesta a: CONVENIO #318111 Agradecimientos: 0
    sanitario
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    octubre 2004


    Yo de verdad no salgo de mi asombro.

    Hace tiempo que no contesto precisamente porque al leer las respuestas de “mis colegas” (por llamarles de algún modo, ni son colegas ni nada)compruebo que de una pregunta hecha sin mala intención acaba saliendo un tema que no tiene nada que ver y además sin responder a la cuestión planteada (hago la excepción por Pinono, que si contestó a la pregunta original).

    La gente escribe sus dudas para que intentemos resolverlas, si no se quiere ayudar/contestar/responder/explicar, etc. pues no hacerlo, pero contestar por “peteneras” no es contestar, es generar animadversión y que la persona que pregunte se quede con la sensación de “vaya con el gilipollas este”.

    Perdona Memorena si no he respondido a tu cuestión, sinceramente no lo sé, pero si quiero participar en el “otro” tema, pues me parece el fiel reflejo de esta bonita profesión nuestra, la Enfermería, en la que cada uno va a lo suyo y si además puedes joder y hacer de menos a tu colega mejor que mejor; triste, muy triste.

    Un saludo

    en respuesta a: titulo-sueldo #85347 Agradecimientos: 0
    sanitario
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    octubre 2004


    Hola,no sé muy bien si te servirá de ayuda o no, pero te cuento mi experiencia.
    Trabajé en Vigilancia de la Salud para la Mutua Fremap y al hacer la entrevista el director me dijo:”son tantos euros por 39 horas, si no vienes la tarde del lunes sería la parte proporcional”y ahí se quedó la negociación.
    Sé que se hicieron más entrevistas, y creo que alguna persona no cumplía el requisito de “empresa”,pero a mi antes de entrevistarme se me insistió mucho en que tuviera ese título, sino que no fuera.
    Realmente no sé si hacen distinción salarial, yo de aquella (2005) cobraba 1200 euros netos.

    Un saludo.

    en respuesta a: titulación enfermería salud laboral #93446 Agradecimientos: 0
    sanitario
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    octubre 2004


    Hola:

    Coincido, no tienen valor. Para que la especialidad se empieze a impartir la comisión encargada de fijar las enseñanazas debe arpobar el plan de estudios de esa especialidad, y de momento no está aprobada.Una vez que eso suceda saldrán las plazas en la oferta EIR anual que suele tener como fecha de examen principios de cada año (coincide con los examenes MIR, BIR, FIR…)y que hasta ahora sólo saca plazas de matrona y salud mental (las únicas espacilidades con plan de estudios aprobado); posteriormente te incorporarás a tu plaza de residente y durante 2 añitos a formarte.
    Espero haberte ayudado,un saludo,

    Rubén M.

    en respuesta a: botiquines #112183 Agradecimientos: 0
    sanitario
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    octubre 2004


    Vaya, veo que las mismas preguntas siguen estando presentes, y las respuestas siguen siendo las mismas.
    Por tu nick, Duepi, entiendo que eres enfermer@, por lo que te considero mi compañer@ de trabajo como enfermero que soy. Por ello te digo que amén de normas legales que dicen qué debe haber en un botiquín (muy bueno lo del alcohol de 96º, es cierto, no falla en ninguno)los sanitarios(por ampliar)no médicos ni odontólogos no podemos dar ninguna pastilla, aunque se diga en el foro que si se puede comprar en farmacia opr libre no pasaría nada.
    Estamos en esta situación por la rotunda negativa de un puñado de “viejas glorias” pertenecientes al sector médico que no aceptan que, por ejemplo, ante un dolor de cabeza en un paciente que en su casa toma paracetamol, no tiene ninguna alergia ni problema gastrointestinal, yo como enfermero pueda INDICARLE (ya véis, médicos, que no he dicho eso que tanto os incomoda y os hace llevar el grito al cielo, la palabra PRESCRIBIR)que se tomo el dichoso paracetamol, y es más, dárselo si lo tengo a mano.
    Es frustrante esta situación, a ver si el Ministerio de Sanidad arregla el desaguisado de la fastidiosa Ley del Medicamento, pues este es otro de los casos en los que antes había indefinición y ahora hay intrusismo (con todas sus complicaciones), y es que, compañeros enfermer@s, eso se nos acabó, nada de pastillas, aunque sean de venta sin receta o el paciente-cliente las tome habitualmente NO PODEMOS INDICAR NINGUN TIPO DE MEDICACIÓN,sea la que sea y sea para lo que sea.

    Espero haberte servido de ayuda. Un saludo

    sanitario
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    octubre 2004


    A ver, he leido las respuestas de la gente y TODOS lo hacemos mal. NO SE PUEDE DAR NINGÚN MEDICAMENTO, ni que sean de uso común ni que se vendan sin receta, pues el hecho de “indicar” (no vo a decir la palabra prescribir, para no herir sensibilidades)una determinada medicina implica que has hecho un “juicio”(no voy a decir diagnóstico por no volver a herir sensiblidades), y de ese modo se entraría en parcela de los galenos, y gracias a la Ley del Medicamento ahora nos pueden inculpar(la principal diferencia con respecto a la entrada en vigo de esa ley es que antes no se decía quién podía prescribir, pero lo susodicha norma ahora pone, explicitamente, que SÓLO PUEDEN PRESCRIBIR LOS MÉDICOS Y ODONTÓLOGOS).
    Mi consejo es que, por tu bien laboral y peronal, no des ni una pastilla y así se lo expliques a los trabajadores; al menos hasta que el Ministerio de Sanidad (creo que se reunían ayer) apruebe ese listado de fármacos que podríamos indicar por ser Enfermeros.

    Un saludo

    sanitario
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    octubre 2004


    Hola, al igual que mi compañera ebvicario te remito a la LPRL y su decreto de aplicación, el RD de los Servicios de Prevención de 1997, aunque es muy genérico y no dice explicitamente qué funciones nos competen; una vez más la indefinición es el sino de nuestra profesión.

    Un saludo

    sanitario
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    octubre 2004


    Hola, coincido con las respuestas de mis colegas, no te servirá de nada lo de técnico para el tema de enfermero de empresa, y teniendo en cuenta que debes poseer el titulo de enfermero de empresa y después los años trabajados la cosa va estar dificil.

    Yo si fuera tú me intentaría enterar de la forma de convalidar por los otros años que tienes de experiencia como enfermero, pues me parece recordar que si podrías tener una convalidación.

    Un saludo

    en respuesta a: salario del due de empresa #217420 Agradecimientos: 0
    sanitario
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    octubre 2004


    Hola Mm3 en referencia a tu pregunta de sueldo debo decirte que si eso es lo que cobras por 14 pagas anuales ya cobras un pico más que yo que estoy en SPA de mutua y no llego a eso; es algo vergonzoso, pero es lo que hay, y no que piense el personal que por salir especilistas ahora nos van a subir el sueldo, al contrario, quizá sea una ventaja para los due de empresa, que saldremos más baratos (o a los especialistas les pagaran como a nosotros).

    A majemomne le digo lo que me parece la sparación de los SPA de mutuas: creo que la situación seguirá muy similar a la actual, pues seguro que las mutuas encontraran formas de poder relacionar lo que ahora son SPA mutua, y después serán SPA no mutua (son gente con muchas tablas, no darán puntada sin hilo).

    Un saludo

    sanitario
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    octubre 2004


    Hola a todos,

    Antcard1 no entendiste bien lo que quería expresar. Sé que si tienes los años no hay mingún problema, el tema esta´en si no los tienes, caso de la mayoría de los que escribimos aquí, devanando nuestro sesos a ver si podemos encontrar otra solución (que va a ser que no, como dice el anuncio).

    Lo que yo quiero saber, no por mi, porque no entraría en el supuesto que voy a plantear, es que el tiempo trabajado lo debe ser como DUE de Empresa una vez que tienes ese título en tu poder, NO contando el tiempo trabajado como DUE de Empresa anteriormente a la obtención del citado título, pues la LPRL y el RD Servicios de Prevención (arti 37) especifica claramente que debes ser DUE de empresa para acceder a tal puesto, al menos en Vigilancia de la Salud; de ello se deduce que hasta que no tienes el título no puede computarte ese tiempo trabajado (sería ilegal, ejerces una profesión sin la titulación que la ley marca).

    POr esto digo que mi caso nunca podré, obtuve el titulo en diciembre de 2004 y comencé a trabajar en marzo 2005, pero al igual que yo el resto de comañeros que han currado desde mayo de 2004 no podrán ni acceder al examen, ya que se dice en el RD de especialidades que desde su aprobación se dará 1 año de plazo para juntar los 4 o los 2 y acceder diorectamente o por examen al título de especialista.

    En fin, que sólo era una puntualización que quería expresar, no quiero que con esto se interprete que voy en contra de nadie, quede claro. Lo siento por muchos compañeros, chic@s es lo que hay.

    Un saludo

    sanitario
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    octubre 2004


    Hola a todos!!!

    A Jaf muchas gracias por sus interpretaciones, pero dejadme seguir siendo pesismista, y no es autocomplacencia ni nada similar. Simplemente me parece que las ansias de poder y protagonismo de los que dicen llamarse nuestros representantes les han llevado a esta situación, desgraciada y que no hace ningún favor a nuestra profesión, tristemente conocida por la gran desunión existente.

    Al hilo de llo que Jaf comenta, te digo que el plazo de un año a posteiori de la arpobación del RD se contrempla en el mismo RD, es por ello que sé que nunca llegaré a juntar al menos los 2 años del derecho a examen, apenas llevo yo 2 meses, pero lo mismo les pasa a la gente que está trabajando desde mayo de 2004, porque llegarán a abril de 2006 (pasado ese año de “gracia” para juntar méritos) y por un puñetero mes no podrán acceder; VERGONZOSO.

    La otra cuestión es la de la convocatoria de Cursos de ATS de Empresa. Antaño esta opción era casi inalacanzable, apenas salían 3-5 cursos al año. Como se preveía que saliera este RD se dijo que una vez aprobado no se convocarían más cursos, lo que no se dijo es que había veda libre para sacar los que diera la gana, de esa manera en el 2005 (año de aprobación del RD) vamos ya por, aproximadamente, unos 20 cursos convocados (corregidme si me equivoco); de nuevo VERGONZOSO.

    En fin, que no hay más que ajo y agua. Un saludo a todos

    sanitario
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    octubre 2004


    Hola,

    Coincido con Majemone, pero dejo una duda en el aire, ¿ el tiempo trabajado debe ser desde que tú tienes el título de due de empresa, o cuenta el que hubieras trabajado antes?. A mi modo de entender sólo debería contar desde que tienes la capacidad legal para ejercer tu trabajo (art 37 del RD de Servicios de Prevención de 1997). Si sabéis de algo diferente decidmelo.

    Un saludo

    sanitario
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    octubre 2004


    Hola Compis:

    He leido toda la información que me has mandado, Mar_ (te contesté al correo del curro), pero yo sigo siendo un poco excéptico con ese tema, más bien me acerco más a pensar como antcard1. En las páginas que tú comentas, 7 y 8 se hace referncia a nuestra posición, pero el primer fallo que veo es que nos dicen que seremos especialistas en Salud Mental(??), y después si bien es cierto que einterpretan como una cierta especilización nuestro curso de enfermero de empresa y se nos eximiría de los exámenes, a continuación (último párrafo del dictamen) se dice que algunos colectivos que se llaman “compañeros nuestros” (porque son enfermeros los que protestaron) no están de acuerdo en que esa homologación sea como el RD dice (gran “favor” de “esos compañeros”, repito; ese es nuestro gran mal y lo que más me ha dolido), así que yo lo veo como estaba, bien para el que pueda y el que no a ver qué pasa

    En fin compis, yo sigo siendo poco dado a pensar que podré ser del selecto club de los especialistas, pues como dicen nuestros “compis” , el hecho de tener el curso de enfermero de empresa es una cierta especializació, pero cmo esa especialidad no estaba contemplada antes de este último RD, no es posible que podamos acceder a ella (CUANDO LA LEY DICE QUE PARA HACER VIGILANCIA DE LA SALUD SINO ERES DUE DE EMPRESA NO VALE: arti 37 del RD Servicios de Prevención de 1997).

    Un saludo

    en respuesta a: curso de due de empresa #222791 Agradecimientos: 0
    sanitario
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    octubre 2004


    Hola a todos!!!, bienvenido Larro. Poco más puedo añadir que lo que mis compañeros han dicho ya. Es una salida real ahora mismo, aunque quizá al terminar este año no sea tanto chollo (van unos 18 cursos convocados este año; lo normal eran 2-4 al año), pero lo que si es seguro es que sin este título nunca podrás currar en Vigilancia de la Salud.

    De las especialidades, ojalá tengas razón Mar.

    Un saludo

    sanitario
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    octubre 2004


    Hola Chic@s!!! me alegra ver por aquí de nuevo a esta compi tan estupenda, Mar; me parecía a mi que no eras tu una persona de rendirse ante puntos de vista diferentes, sino todo lo contrario, y hoy me lo has demostrado (ya sabes a lo que me refiero). Un placer.

    Ojalá que tengas razón con tu idea y alguno de los que se llaman nuestros dirigentes escucharan cosas como esta y alguna más que mucho de nosotros tenemos en mente, quizá las cosas no serían de esta manera.

    Un saludo

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