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Sobre la altura máxima de colocación de los extintores, lo tienes en el RIPCI (Apéndice 1), sobre la señalización de medios de protección y evacuación el CTE-DB-SI3 y SI4 claramente explican como debe hacerse y que norma utilizar.
Veo que has hecho la pregunta de madrugada, tal vez a eso se deban las faltas de ortografía.
Saludos29 noviembre, 2011 a las 06:54:00 en respuesta a: extinción automática en salas de servidores #412299 Agradecimientos: 0La inertización tampoco no es un sistema que se distingue por economia (además de su coste de instalación, tiene consumo energético constante). Por otra parte hay que tener mucho cuidado con las concentraciones utilizadas, la estanqueidad del local (fugas de Nitrógeno que se pueden acumular en zonas generando atmósferas peligrosas), etc. Puede ser recomendable en cirtos riesgos, pero en una sala de servidores, se debe considerar más de una variable.
28 noviembre, 2011 a las 06:57:00 en respuesta a: extinción automática en salas de servidores #412296 Agradecimientos: 0Si la extinción prevista es por un gas (adecuado por su eficacia y no dejar residuos), y existe la posibilidad de presencia de personal, puedes instalar un sistema de extinción por gas, diseñado de acuerdo a UNE-EN 15004. Entre los gases incluidos, los hay como el HFC-23 cuya concentración peligrosa para la vida está muy distante de la necesaria para extinción. Tal vez los ingenieros que “no están muy convencidos” de la instalación se refieren e otros condicionantes (p.e. aberturas en la sala).
Saludos16 noviembre, 2011 a las 07:47:00 en respuesta a: ¿Quién revisa la red contra incendios en vuestras empresas? #411482 Agradecimientos: 0Si la empresa asume el mantenimiento que le permite hacer el Reglamento, lo más habitual es que el servicio de mantenimiento se encargue de ello (sólo hay que ver que operaciones se pueden hacer) y no un departamento que tal vez sólo gestiona la brurocracia de la seguridad en la empresa, aunque OJO conozco empresas en las que el departamento de seguridad son auténticos profesionales de la seguridad con más conocimientos de sus instalaciones que muchos mantenedores. En fin, todo depende las características en cada empresa, de la capacidad y competencias reales de cada departamento. Seguridad, eso sí, debe controlar que se realiza el mantenimiento de acuerdo al RIPCI.
2 noviembre, 2011 a las 17:24:00 en respuesta a: DOCUMENTO PROTECCION CONTRA EXPLOSIONES #410816 Agradecimientos: 0Mejor le preguntas a quien tenga que desarrollar el Documento, ya que con los datos que das, poco o nada se puede hacer.
10 octubre, 2011 a las 16:28:00 en respuesta a: formación medios extinción. #409404 Agradecimientos: 08 agosto, 2011 a las 08:38:00 en respuesta a: Proteccion incendios en almacenes Madrid #406748 Agradecimientos: 0En el caso de existencia de sistemas automáticos de extinción (rociadores) lo entiendo porque para su diseño debe considerarse esta distancia de la carga al rociador (si no se mantiene esta distancia, el patrón de descarga se rompe y el funcionamiento es inapropiado), pero sin estos sistemas y tal y como se ha explicado, el argumento parece más en la línea de el humo caliente en la parte superior del almacén, no propague el incendio en las partes altas, por convección a zonas no afectadas dirctamente por el incendio. ¿Alguien puede decirme si esto es así? ¿o sólo porque lo dice el 2267?.
8 agosto, 2011 a las 05:47:00 en respuesta a: Proteccion incendios en almacenes Madrid #406751 Agradecimientos: 0¿Esa distancia de 1 m. dificulta la propagación del incendio o la favorece? ¿En que se basa esa teoría?
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Entra o regístrate para ver los enlaces Por lo que veo las tomas parece que son distintas en España (origen de la pregunta) que en Venezuela o Colombia (origen de alguna respuesta), por lo tanto sería bueno verificar bien lo que se dice antes de responder, ya que podemos confundir aún más a quien pregunta.
Como son para suministrar agua, son HIDRANTES, en España la denominación no es indiferente y es ésta. Debes comprobar el número de tomas de cada arqueta y su diámetro. Debes comprobar que realmente están conectadas al grupo de bombeo de la planta o a la Red Municipal. Debes comprobar las condiciones de caudal y presión de las tomas. En relación a la señalización, un post anterior lo ha definido claramente.
7 abril, 2011 a las 08:19:00 en respuesta a: 10 m3 de superficie no ocupada por trabajador #399601 Agradecimientos: 0Imposible cumplir que la superficie sea medida en m3 (unidad de volumen)
Veo que tienen 40 años los edificios que componen tu ESTABLECIMIENETO INDUSTRIAL. Si no se requere aplicar el RSCIEI y CTE (en edificio de Oficinas Administrativas), estos no tienen carácter retroactivo, por lo que a no ser que la Autoridad Competente así lo haya determinado, la disposición de detectores tiene carácter voluntario. Otra cosa es que estés solicitando licencia de actividad, ampliación mo dificación de actividad, etc, la cual te obligará a cumplir con dicho Reglamento (en las zonas de ampliación si lo sectorizas respecto a lo existente).
Un saludo.Lo puedes encuentrar en la Tabla 2.1 del CTE DB SI-1 Propagación Interior.
15 mayo, 2009 a las 18:51:00 en respuesta a: normativa de protección de incendios #330224 Agradecimientos: 0Realmente debería aplicarse el RD 2267/2004 al ser un Establecimiento Industrial (almacén). De todas formas pudiera darse el caso de ser una ubicación no admisible, con lo que te la habrían “colado”. Una vez que el edificio es legal, la actividad es la que debe legalizarse de acuerdo al RD.
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