Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: impartir formacion en prevencion #426890 Agradecimientos: 0
    Ergoitz
    Participante
    2
    octubre 2011


    @ventamina wrote:

    .- Primero: la foramción del artículo 19 NO ES OBLIGATORIO acreditarla con diplomas, ni con nada. Lo que es obligatorio es que el empresario la imparta, el CÓMO se acredite lo determinará el Sistema de Gestión de PRL que tenga implementado esa empresa.
    .- Segundo: Para impartir formación PRL del ar´ticulo 19 LPRL o de los convneios colectivos, ES PRECISO ser trabajador POR CUENTA AJENA. y estar reflejado en el Plan de Prevención de ESA empresa para la que trabajo como ‘trabajador designado para las funciones de formación PRL’.
    .- Tercero: Para impartir formación PRL del artículo 19 LPRL o de los convneios colectivos ES PRECISO, ADEMAS de los anterior; que el trabajador- docento PUEDA ejercer dicha funcion DOCENTE, por tanto, DEBE dsiponer de foramción capacitante de Nivel Superior PRL.
    .- Cuarto: La propuesta de sanción mínima para entitades que ejerzan funciones de PRL sin poder hacerlo es de 40,000 euros… eso suponiendo que no haya ningúna accidente por medio.

    Perdona ventamina, de donde sacas que hay que disponer de formacion superior en PRL para impartir formacion del art. 19 o de los convenios colectivos.Cuando te refieres a superior tambien te refieres a los PRP?

    en respuesta a: Obligación tener explosímetro #424515 Agradecimientos: 0
    Ergoitz
    Participante
    2
    octubre 2011


    @aliuki wrote:

    Hola a todos,

    alguien me sabe decir si es obligatorio tener instalado un explosímetro en una cocina de un restaurante. La concina se alimenta a través de la instalación de gas natural general y se realizan las correspondientes revisiones periódicas.

    Por más que busco y leo normativa no veo nada y el señor inspector de trabajo nos dice que es obligatorio, pero no nos dice en base a qué normativa.

    Gracias.

    ¿Y en una bodega de elaboracion de vino tambien seria obligatorio?¿Que normativa podria consultar?

    Ergoitz
    Participante
    2
    octubre 2011


    @Sirgudlab wrote:

    Bueno, lo más fácil de responder sería que si tú no lo tienes claro, entonces…no, no tienes competencias.

    Ahora bien, partiendo de lo que hay (y suponiendo que ya trabajas para un centro homologado por la FLC), te comento cómo lo veo yo:

    1º) El V Convenio colectivo del sector de la construcción, cuando habla del personal docente (art. 177), les requiere una formación mínima de niveles intermedio o superior, así como personal que posea la formación correspondiente a las funciones de coordinador en materia de seguridad y salud en obras de construcción.
    Además, el citado personal será conocedor de las técnicas preventivas específicas aplicables al sector de la construcción y contará con una experiencia acreditada en este ámbito.

    2º) Por otro lado, como creo que los TPR Profesionales están asimilados a la situación de los TPR Intermedios, la formación en general que estos pueden impartir es la que regula el art. 36.d) del R.D. 39/1997, esto es, “actividades de información y formación básica de trabajadores”.

    Si juntamos lo permitido en 1º) y 2º), me sale la siguiente conclusión: un TPRP podría dar la formación del convenio de la construcción, ya que dicho acuerdo acoge a los técnicos intermedios; eso sí, siempre que tenga conocimientos de la formación a impartir. Peeeeeero, como el R.D. 39/1997 solo permite que realicen actividades de información y formación básica, habría que comprobar qué cursos del convenio de la construcción cumplen con esa premisa. Me figuro que los de 8 h (que son básicos y generales), y gracias, aunque con estos ya se puede solicitar la TPC.

    Créeme, que haya llegado a estos niveles de deducción en un viernes es un prodigio tal que no volverá a suceder hasta dentro de otros 3 años…

    ¡Saludos!

    Los TPRP pueden dan formacion de aula permanente, 2º ciclo, curso basico, parte especifica, etc. Lo digo por experiencia, por que ocurre y por que a mi alrededor hay mas de un TPRP homologado.

    Respecto a la certificacion o titulo de la homologacion sabemos algo?

    Ergoitz
    Participante
    2
    octubre 2011


    @Sestao2 wrote:

    Y estar homologado por la Fundación Laboral

    Sabeis si existe algun documento para acreditar esa homologacion? Una vez homologado por la fundacion, esta te puede entregar algun titulo o certificacion? Yo lo estoy pero no se como acreditarlo.

    Un saludo,

    en respuesta a: gasolina nómina #331237 Agradecimientos: 0
    Ergoitz
    Participante
    2
    octubre 2011


    Pero eso sera en funcion de donde tributas no?No es lo mismo en Gipuzkoa que en Murcia, segun decretos forales, normativa tributaria, etc.

    Aun y todo, donde se puede ver eso de los 19 centimos?Donde aparece que la comision mixta adaptara la normativa tributaria cada año?

    Gracias,

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