Viendo 10 entradas - de la 1 a la 10 (de un total de 10)
  • Autor
    Entradas
  • #71555 Agradecimientos: 0
    rosmita
    Participante
    2
    agosto 2007


    Buenas tardes,
    ¿Dentro de las competencias de un tecnico superior de prevencion de riesgos profesionales, està contemplada la de impartir formaciòn para obtener la TPC?.

    Muchas gracias de antemano.
    Saludos

    #421761 Agradecimientos: 0
    Tomperu
    Participante
    59
    54
    noviembre 2011


    Experto

    Si, pero debe tener también experiencia en el mundo de la construcción.

    #421762 Agradecimientos: 0
    Sestao2
    Participante
    1
    10
    marzo 2006

    Iniciado

    Y estar homologado por la Fundación Laboral

    #421763 Agradecimientos: 0
    Ergoitz
    Participante
    2
    octubre 2011


    @Sestao2 wrote:

    Y estar homologado por la Fundación Laboral

    Sabeis si existe algun documento para acreditar esa homologacion? Una vez homologado por la fundacion, esta te puede entregar algun titulo o certificacion? Yo lo estoy pero no se como acreditarlo.

    Un saludo,

    #421764 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
    Participante
    612
    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    Bueno, lo más fácil de responder sería que si tú no lo tienes claro, entonces…no, no tienes competencias.

    Ahora bien, partiendo de lo que hay (y suponiendo que ya trabajas para un centro homologado por la FLC), te comento cómo lo veo yo:

    1º) El V Convenio colectivo del sector de la construcción, cuando habla del personal docente (art. 177), les requiere una formación mínima de niveles intermedio o superior, así como personal que posea la formación correspondiente a las funciones de coordinador en materia de seguridad y salud en obras de construcción.
    Además, el citado personal será conocedor de las técnicas preventivas específicas aplicables al sector de la construcción y contará con una experiencia acreditada en este ámbito.

    2º) Por otro lado, como creo que los TPR Profesionales están asimilados a la situación de los TPR Intermedios, la formación en general que estos pueden impartir es la que regula el art. 36.d) del R.D. 39/1997, esto es, “actividades de información y formación básica de trabajadores”.

    Si juntamos lo permitido en 1º) y 2º), me sale la siguiente conclusión: un TPRP podría dar la formación del convenio de la construcción, ya que dicho acuerdo acoge a los técnicos intermedios; eso sí, siempre que tenga conocimientos de la formación a impartir. Peeeeeero, como el R.D. 39/1997 solo permite que realicen actividades de información y formación básica, habría que comprobar qué cursos del convenio de la construcción cumplen con esa premisa. Me figuro que los de 8 h (que son básicos y generales), y gracias, aunque con estos ya se puede solicitar la TPC.

    Créeme, que haya llegado a estos niveles de deducción en un viernes es un prodigio tal que no volverá a suceder hasta dentro de otros 3 años…

    ¡Saludos!

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #421765 Agradecimientos: 0
    Ergoitz
    Participante
    2
    octubre 2011


    @Sirgudlab wrote:

    Bueno, lo más fácil de responder sería que si tú no lo tienes claro, entonces…no, no tienes competencias.

    Ahora bien, partiendo de lo que hay (y suponiendo que ya trabajas para un centro homologado por la FLC), te comento cómo lo veo yo:

    1º) El V Convenio colectivo del sector de la construcción, cuando habla del personal docente (art. 177), les requiere una formación mínima de niveles intermedio o superior, así como personal que posea la formación correspondiente a las funciones de coordinador en materia de seguridad y salud en obras de construcción.
    Además, el citado personal será conocedor de las técnicas preventivas específicas aplicables al sector de la construcción y contará con una experiencia acreditada en este ámbito.

    2º) Por otro lado, como creo que los TPR Profesionales están asimilados a la situación de los TPR Intermedios, la formación en general que estos pueden impartir es la que regula el art. 36.d) del R.D. 39/1997, esto es, “actividades de información y formación básica de trabajadores”.

    Si juntamos lo permitido en 1º) y 2º), me sale la siguiente conclusión: un TPRP podría dar la formación del convenio de la construcción, ya que dicho acuerdo acoge a los técnicos intermedios; eso sí, siempre que tenga conocimientos de la formación a impartir. Peeeeeero, como el R.D. 39/1997 solo permite que realicen actividades de información y formación básica, habría que comprobar qué cursos del convenio de la construcción cumplen con esa premisa. Me figuro que los de 8 h (que son básicos y generales), y gracias, aunque con estos ya se puede solicitar la TPC.

    Créeme, que haya llegado a estos niveles de deducción en un viernes es un prodigio tal que no volverá a suceder hasta dentro de otros 3 años…

    ¡Saludos!

    Los TPRP pueden dan formacion de aula permanente, 2º ciclo, curso basico, parte especifica, etc. Lo digo por experiencia, por que ocurre y por que a mi alrededor hay mas de un TPRP homologado.

    Respecto a la certificacion o titulo de la homologacion sabemos algo?

    #421766 Agradecimientos: 0
    Tomperu
    Participante
    59
    54
    noviembre 2011


    Experto

    Hola,
    veamos, yo imparto formación en varios centros homologados por la FLC.
    Como ya se ha comentado el formador tiene que tener el nivel medio o superior en PRL y es necesario que tenga experiencia en construcción.
    La homologación no es universal, cada vez que un centro quiere contar contigo debe homologarte para él.

    #421767 Agradecimientos: 0
    Yanou
    Participante
    394
    387
    diciembre 2004


    Gran Maestro

    @Tomperu wrote:

    Hola,
    veamos, yo imparto formación en varios centros homologados por la FLC.
    Como ya se ha comentado el formador tiene que tener el nivel medio o superior en PRL y es necesario que tenga experiencia en construcción.
    La homologación no es universal, cada vez que un centro quiere contar contigo debe homologarte para él.

    Totalmente de acuerdo, es más, yo creo que no se homologan profesores, es el centro el que acredita que dispone de un profesor con la formación suficiente para el curso. Se trata de tener el CV que te pide la Fundación preparado y enviarlo cada vez que se contacta con una nueva academia para ser su profesor. De todas formas, si se tiene la suficiente confianza creo que bastaría con enviar un mail a la persona con la que la academia suela hablar y decir “mira, soy fulanito de tal que llevo veinte años haciendo cursos de la FLC con la academia A y ahora me ha contratado la B” para agilizar los trámites.

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

    #421768 Agradecimientos: 0
    Tomperu
    Participante
    59
    54
    noviembre 2011


    Experto

    @Yanou wrote:

    @Tomperu wrote:

    Hola,
    veamos, yo imparto formación en varios centros homologados por la FLC.
    Como ya se ha comentado el formador tiene que tener el nivel medio o superior en PRL y es necesario que tenga experiencia en construcción.
    La homologación no es universal, cada vez que un centro quiere contar contigo debe homologarte para él.

    Totalmente de acuerdo, es más, yo creo que no se homologan profesores, es el centro el que acredita que dispone de un profesor con la formación suficiente para el curso. Se trata de tener el CV que te pide la Fundación preparado y enviarlo cada vez que se contacta con una nueva academia para ser su profesor. De todas formas, si se tiene la suficiente confianza creo que bastaría con enviar un mail a la persona con la que la academia suela hablar y decir “mira, soy fulanito de tal que llevo veinte años haciendo cursos de la FLC con la academia A y ahora me ha contratado la B” para agilizar los trámites.

    Exactamente, la academia debe enviar el curriculum y demás documentación a la FLC para “incoprporar a su plantilla al nuevo formador”.
    Si es verdad que, dependiendo de la provincia, agilizan más rapido cuando se trata de un profesor que ya ha sido aceptado con anterioridad en otro centro y el tiempo apremia. Pueden “levantar la mano tempralmente” pero se debe de volver a presentar toda la documentación , original y/o compulsada.

    #421769 Agradecimientos: 0
    Don Prevencio
    Participante
    80
    22
    febrero 2002


    Experto

    De acuerdo con “Tomperu” y “Yanou”, por lo menos así me ha ocurrido a mí. . . 😉

Viendo 10 entradas - de la 1 a la 10 (de un total de 10)
  • El debate ‘ COMPETENCIAS DE UN TECNICO SUPERIOR EN PREVENCION DE RIESGOS’ está cerrado y no admite más respuestas.