Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Firma PSS por Tecnico PRL #411878 Agradecimientos: 0
    Dimoni
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    abril 2002


    Exactamente, como ha señalado Ventamina es así y la norma no dice nada de titulaciones para el PSS. Otra cosa es que existan entidades territoriales que se crean con potestad de exigir más que la legislaciones vigentes.
    Solicita al redactor o empresa que lo ha realizado que se ajuste a lo solicitado por tí y por las unidades de obra que vaya a ejecutar y rectifique acorde a la realidad de la obra o actividad a desarrollar.

    en respuesta a: . #404352 Agradecimientos: 0
    Dimoni
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    abril 2002


    Muy correcta la respuesta de sirgudlab. Si quieres lo que él te ha aconsejado lo puedes acompañar con un video muy cortito pero simple de esta web:

    Un saludo.

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    en respuesta a: REQUISITO PRL EN ITALIA #385191 Agradecimientos: 0
    Dimoni
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    abril 2002


    Deberias seguir lo señalado por la Directiva 89/391/CEE (Directiva Marco) y el Convenio 155 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
    Más que nada porque la mayoria de normativa europea, como nuestra ley 31/1995, nace de esta directiva.
    Pero te puedo decir por ejemplo que la formación de nivel básico es aceptada como la imprencisdible para los trabajadores desplazados a realizar trabajos en Italia.
    Puedes preguntar al consulado italiano de la provincia donde residas o en la embajada.

    en respuesta a: TPC #367001 Agradecimientos: 0
    Dimoni
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    abril 2002


    Si, es obligatoria desde que apareció publicada en el IV Convenio de la Construcción en agosto de 2007. Es más, en la Comunitat Valenciana muchos inspectores de trabajo están solicitando por requerimiento que los trabajadores del sector de la construcción (e incluso del metal que desarrollen su actividad en obras) tengán también la formación especifica de 20 horas por actividad desarrollada en la empresa / obra. Por lo que cuanto la tengán realizada los trabajadores de una empresa mejor. Lo dicho por el resto de compañeros consulta el apartado formativo del IV convenio general de la construcción 2007-2011.

    en respuesta a: Master en Prevencion de Riesgos Laborales #352132 Agradecimientos: 0
    Dimoni
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    abril 2002


    Coincidimos todos los presentes en lo mismo. Este no es lugar para publicitar Masters ni Cursos. El objetivo es aclararnos dudas en base a nuestros conocimientos y / o experiencia.

    en respuesta a: CONVALIDACION FORMACION EN SECTOR CONSTRUCCIÓN #348729 Agradecimientos: 0
    Dimoni
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    abril 2002


    Cómo te ha comentado Sirgulab esto es así para las formaciones que solicita a día de hoy el IV Convenio y es obligatorio que los trabajadores realicen las señaladas en el Anexo Formativo, pero la FLC está realizando a día de hoy una revisión de contenidos de estos certificados emitidos por los SPA para comprobar cuales son los que se ajustan a sus criterios. Si tú SPA/S es una entidad homólogada para impartir los cursos del IV Convenio no tendrás mayor problema.
    Pero recuerda que además deberéis hacer las 8 + 20 horas señaladas, excepto los que estén en posesión de las 50 horas de nivel básico dado que a finales de mayo se publicó en el BOE una tabla de convalidaciones de las formaciones. Un ejemplo: a la persona que posee está titulación se le convalidan las 8 horas para obtener la TPC y 14 horas de las 20 del nivel especifíco.

    en respuesta a: Amianto #342358 Agradecimientos: 0
    Dimoni
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    abril 2002


    Para realizar el desmontaje de placas que contegan fibrocemento se tienen qu/e seguir las directrices señaladas por el R.D 396/2006 de trabajos con exposición al amianto y seguir una serie de tramites administrativas y de seguridad como son: realizar una evaluación del riesgo y un plan de trabajo por escrito;establecer las decisiones relativas a cómo llevar a cabo los trabajos, incluida la consideración de opciones que no entrañen la perturbación del amianto;realizar la formación e información necesaria que precisaran los trabajadores y el recurso preventivo, gestor o empresario; los
    los equipos de protección individual y coletivos contra el amianto; debes controlar el estado de salud de los operarios (previo y periodicamente) y disponer de un sistema que le permita garantizar que no se ponga en peligro su seguridad, se debe tener en cuenta además las dificultades prácticas con el fin de reducir al mínimo el riesgo de que los trabajos en cuestión sean causa de trastornos musculoesqueléticos o impidan un uso adecuado del equipo de protección respiratoria, se deben tomar medidas eficaces para crear unas condiciones térmicas tolerables en el lugar de trabajo, tales como:
    el uso de sistemas de refrigeración especialmente ahora en verano o calefacción, establecer
    un horario de trabajo que incluya los descansos necesarios para minimizar la exposición al amianto. Previo a todo esto deberás notificarlo y entregar la documentación que te he señalado más arriba a la Dirección Territorial de Empleo de tu provincia la cual será la que estudiará y dará el visto bueno a tú Plan de Trabajo. Te adjunto un enlace para que veas el contenido del R.D 396

    Un saludo

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    en respuesta a: ¿Cómo protejo? #77113 Agradecimientos: 0
    Dimoni
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    abril 2002


    Hola a todos. Comparto la opinión del resto de compañeros. Nosotros en una obra utilizamos el sistema de Corta. Te adjunto la dirección para que puedas entrar a ver el sistema.

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    en respuesta a: Formacion delegados #77972 Agradecimientos: 0
    Dimoni
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    abril 2002


    Puedes realizar el grado superior de Prevención de Riesgos Profesionales (2000 horas), que es un ciclo formativo que sustituyó al denominado Nivel Intermedio de Prevención de Riesgos Laborales (350 horas) existe el nivel intermedio.
    Informate a través de los centros formativos profesionales de tú Comunidad Autonoma a ver donde se imparte.

    en respuesta a: EPI's #82648 Agradecimientos: 0
    Dimoni
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    abril 2002


    Como bien han señalado los compañeros, cada trabajador su EPI, por motivos higíenicos principalmente y de eficiencia a la hora de desarrollar el trabajo para todos.
    Lo que deberás procurar es que los tengan, los usen y los mantengan en buen estado para su utilización. Y cuando sea necesaria su reposición, cambiarselo. Yo te recomiendo que antés de este cambio, te traigan el EPI caducado o deteriorado para que no halla abuso por parte de algún trabajador listillo que hace acopio de EPI pero después no los utiliza (caso veridico)

    en respuesta a: Apertura de centro de trabajo #125085 Agradecimientos: 0
    Dimoni
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    abril 2002


    Como bien te han contestado los compañeros deberás hacer la apertura del centro de trabajo ante la autoridad provincial de Jaen o la Dirección General de Trabajo de la provincia. Averigua cual es el formulario porque cambia de una provincia a otra por las compentecias de las comunidades autonomas en materia laboral. También podrás remitirlo por correo para no molestarte en desplazarte, eso si que correos lo selle como documentación oficial. Quibi me parece que te ha facilitado los datos de donde debe presentarse.

    en respuesta a: uso pantalon corto #139660 Agradecimientos: 0
    Dimoni
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    abril 2002


    No pueden llevar pantalón corto como han señalado los compañeros. ¿o es que la empresa se hará cargo de cualquier rasguño – corte que se puedan producir con hierros, alambres, etc por no llevar una prenda de trabajo que les cubra frente a estos riesgos? Proporcionales pantales de tejido de algodón que transpiran en verano.

    en respuesta a: PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD #161049 Agradecimientos: 0
    Dimoni
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    abril 2002


    Yo como técnico de un SPA que redacta planes de seguridad y salud para obras de nuestras empresas contratistas te aconsejo que, tal y como han señalado los compañeros:

    – Primero tengas bastantes conocimientos ya no de sistemas tanto colectivos como individuales a aplicar en la ejecución de la obra sino que tengas bien claro las diferentes unidades de obra que va a desarrollar dicha contratista, cuales van a ser los medios auxiliares y equipos de trabajo va a utilizar para desarrollar la obra, que protecciones colectivas utilizará durante las diferentes fases para que quede todo bien claro y no gasten despues elementos o hagan alguna cosa que no van incluidos en el plan elaborado.
    – que le solicites a la empresa contratista el ESS que le habrá facilitado el promotor o la dirección facultativa para ver lo que ha incluido ellos al desarrollar el proyecto, pero ojo preguntale siempre como van a realizar el trabajo el de la contratista para no incluir cosas que no le correspondan o que luego aparezcan porque en el ESS se han limitado a realizar un copia pega.

    -recomiendo que si lo vais a realizar os sirvais de algún programa informatico para facilitar la tarea (urbicad, presto,etc)aunque no es necesario.

    -pasarle un previo del plan al Coordinador de Seguridad y Salud para que lo revise puesto que él será el que lo apruebe y puede poner objeciones a algunas cosas que pueden aparecer o no aparecer a raíz del ESS.

    Dimoni
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    abril 2002


    Comparto la opinión de Eva, dado que yo como técnico de prevención de un SPA desde hace varios años y anteriormente en una empresa constructora me las he tenido que ver con coordinadores de seguridad y salud (y sigo viendomelas) que son deplorables en sus actitudes y aptitudes profesionales en materia de seguridad en construcción y que son capaces de certificar y firmar lo que sea sin haberse molestado ni una sola vez en averiguar lo que firman. Asi va el tema. Que se le de un voto de confianza al farmaceutico haber como lo hace el hombre.

    en respuesta a: marcado ce en andamios tubulares #164068 Agradecimientos: 0
    Dimoni
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    abril 2002


    Como bien comentas, no existe a día de hoy ningún andamio tubular que posea el marcado CE (o que yo sepa). Lo que pasa es que el epigrafe 4.3.3 del R.D 2177/2004 no lo explica claramente, refiriendose más bien a que los elementos prefabricados del andamio debe serles de aplicación una normativa especifica en materia de comercialización (que en la U.E todavia no se ha llegado a acuerdo para ello) y para ello se acogen a las pruebas y ensayos realizadas por algunas empresas de certificación en materia de calidad y seguridad y que podrían valer como el CE. Es más si observas las instrucciones y manuales que facilitan las empresas de andamios tubulares se rigen por lo señalado por la norma UNE 76-502-90 (HD1000).
    Si te sirve de información existe por ahí una “misteriosa” nota informativa del ministerio de trabajo, en la cual se recomendaban una serie de andamios que ha objeto de los inspectores del ministerio cumplian con las garantias de seguridad, certificados, normas e instrucciones de montaje. O sea que el chanchullo como pasa en este país esta servido.Se puede ver en la pagina

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