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29 julio, 2013 a las 16:42:22 en respuesta a: Parada emergencia cinta transportadora #426401 Agradecimientos: 0
@NMS wrote:
Hola a todos
La norma sobre seguridad en máquinas: cintas transportadoras obliga a disponer una parada de seguridad de acción positiva, accesible y situada entre 0,4 y 1,7m de altura, pero da a elegir entre:
– Interruptor de tirón a lo largo de toda la cinta o
– Botones de parada de emergencia en zonas de acopio, puestos de operadores, zonas de trasvase de material y como máximo cada 10 m.Un saludo a todos
Hola NMS:
Nos puedes citar la ley, norma, NTP concreta,
gracias
Entra o regístrate para ver los enlaces 22 julio, 2013 a las 17:04:04 en respuesta a: Riesgo de atropello por vehículos carretera. #426379 Agradecimientos: 0Desde mi punto de vista el anexo II no incluye a estos trabajadores.
Cuál era tu lectura para incluirlos.
saludos
No estoy muy de acuerdo en que los pasajeros no sean “importantes” desde el punto de vista de la LPRL (31/95), al menos si consideramos el artículo 29.1
saludos
Es posible conseguir la guía citada de asepeyo.
Lo intente en el enlace pero no supe localizarla.
saludos
12 julio, 2013 a las 16:59:07 en respuesta a: Apto médico y los Delegados de Prevención #426029 Agradecimientos: 0Por supuesto que tienes que citar las restricciones.
Es apto para esto o aquello y no apto para lo otro. El motivo es lo que el médico tiene que tener cuidado en no desvelar personalmente.
La confidencialidad se refiere al motivo. Así el empresario sólo conoce si es apto o no lo es.
Los miembros del comité de seguridad y salud tienen derecho a esa información (apto- no apto) y la obligación de la confidencialidad.
saludos
12 julio, 2013 a las 12:00:37 en respuesta a: Apto médico y los Delegados de Prevención #426027 Agradecimientos: 0Hay confidencialidad en lo relativo a la salud.
Al empresario sólo se comunica si un trabajador es apto o no apto.Al representante legal (laboral)se le informará en su caso de lo mismo. ” apto o no apto”.
Si hay una enfermedad que va a mayores el servicio médico es el que tomará la iniciativa.
10 julio, 2013 a las 15:36:35 en respuesta a: Apto médico y los Delegados de Prevención #426020 Agradecimientos: 0Según el articulo citado por el compañero. Entiendo que como mínimo y para garantizar la confidencialidad de la documentación, el delegado puede ver el documento.
Otra cuestión diferente es la divulgación que un trabajador en particular quiera dar a su situación médica. Puede hacerla pública o no, depende de él.
saludos
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