Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Aperturas centro trabajo #240527 Agradecimientos: 0
    axf
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    febrero 2002


    Entiendo que me tenga que preocupar porque aunque es una obra distinta, tiene que entrar dentro de la mia.

    Es un mismo promotor, pero las obras son distintas, no la misma. El plan de seguridad es diferente, así como los contratistas principales.

    en respuesta a: Formulario #246576 Agradecimientos: 0
    axf
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    febrero 2002


    Vamos a ver Brofowsky, eso es lo que yo hago, pido listado de personal y nif, pero ademas lo compruebo con los tc’s, contratos y demás. También entiendo que si el director de la obra lo quiere así, porque no hacerlo. El problema, es que no me consta la existencia de ese documento.

    Gracias de todas formas.

    en respuesta a: Formulario #246572 Agradecimientos: 0
    axf
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    febrero 2002


    A lo mejor no has entendido lo que cuento.

    Los tc’s, etc., los pido siempre. Solo que el director de obra me ha pedido un documento con los trabajadores que tienen que asistir a la obra. Esto, tambien lo pido, pero es un documento interno. Al parecer, existe un formulario en la comunidad de madrid, en donde reflejan estos trabajadores, y es el director de obra quien da el visto bueno.

    La cuestión es que cuando me dice esto, me quedo a cuadros, pues yo solo pedia un listado de documetnación (tc’s, seguros, listado de trabajadores, contratos, corriente en hacienda, así como todo el tema preventivo).

    A ver si alguien sabe algo, pues a mi me suena a xino.

    Gracias

    en respuesta a: Empresas adaptadoras de máquinas #286261 Agradecimientos: 0
    axf
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    febrero 2002


    Muchas gracias a todos.

    Comentaros que hasta la fecha, nosotros redactabamos el informe y las empresas se encargaban de buscar a electricistas, constructores de maquinaria, etc. para adaptar los equipos. El tema es que, hace un año estaba en otro servicio de prevención, hice un informe de adecuación a una empresa, en la que pidieron presupuesto a una empresa que se dedicaba a adecuar las máquinas (parte eléctrica, mecánica, protecciones, etc.) El problema es que no se como se llamaba la empresa y en uno de mis últimos informes me han pedido si conozco alguna empresa que haga este tipo de modificaciones.

    De todas formas, al final las adecuaremos.

    Gracias a todos y Feliz Navidad.

    en respuesta a: Empresas adaptadoras de máquinas #286257 Agradecimientos: 0
    axf
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    febrero 2002


    No necesito una OCA

    Pues el informe de adaptación le ha realizado un SPA

    Necesito una empresa que se dedique a adaptarlas, ponerles las protecciones, los paros de emergencia, etc.

    en respuesta a: Tipos de fuego #288647 Agradecimientos: 0
    axf
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    febrero 2002


    En españa la correcta clasificación es la primera A, B, C, D y E. La clasificación A, B, C está extendida en EEUU. Allí los fuegos liquidos y gaseosos se consideran por igual.

    De todas formas para asegurarte más te recomiendo que leas la UNE 23-010-076 en las que se especifican clases de fuego. En el caso de que no la dispongas consulta la NTP 28, del INSHT ()

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    en respuesta a: Empresa alimentaria #289149 Agradecimientos: 0
    axf
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    febrero 2002


    Mi experiencia es la siguiente.

    YO lo elaboraría como un Manual de Calidad, de hecho en las empresas alimentarias cada vez deben tener mas en cuenta la calidad alimentaria o APPCC, por lo que, en tu caso seguiria este concepto. Es decir, realizaría un Manual de Gestión de la prevención (en el que se incluiria politica de prevención, evaluación de riesgo, plan de prevención, etc.) y los procedimientos, instrucciones de trabajo y demás lo haría común a todas las especialidades de calidad.

    De todas formas, si no quieres integrar calidad y prevención, pues haces un Manual de Gestión de la prevención que incluya todo lo que has comentado anteriormente, es decir, Política de la calidad, Responsabilidades, Proceso Productivo, Evaluación de riesgos, Plan de PRevención, Procedimientos de Trabajo, Instrucciones de trabajo, etc.

    en respuesta a: Seguridad en máquinas #289189 Agradecimientos: 0
    axf
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    febrero 2002


    Si el equipo de trabajo no lleva marcado CE, es que es un equipo antiguo, al que le aplicaba el Reglamento de Seguridad de Máquinas de 1986. Si lo que quieres es actualizar la máquina, solo debes pasar el ANEXO I del R.D. 1215/1997. Existen normas armonizadas en las que consultar para el diseño de estas máquinas, en este momento no dispongo de los códigos de las normas, pero puedes ponerte en contacto con AENOR, ya que estos te las pueden facilitar.

    Solo comentarte, que en el caso de que sea un equipo de nueva adquisición y este no disponga marcado CE, debes contactar con una OCA, ya que este equipo no es legal.

    en respuesta a: SPA Y COORDINACIÓN DE OBRAS #289207 Agradecimientos: 0
    axf
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    febrero 2002


    Alguna vez he oido que algunos inspectores rechazaban a coordinadores de SPA, pero no por ser de un SPA, si no por no tener titulación acorde a la Ley de Ordenación de Edificación. Es decir, en obra de edificación, tenia que ser un Arquitecto o Arquitecto técnico, en Obras Civiles tenia que ser Arquitecto, Ingeniero o Ingeniero Técnico.

    De todas formas, en la disposición adicional cuarta de la ley 38/1999 lo dice bien claro, muy a mi pesar por cierto.

    en respuesta a: Problemilla #289324 Agradecimientos: 0
    axf
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    febrero 2002


    No se si has leido la cuestión “Soy un patán”

    Pues he aclarado la duda, ya que, es un aparato de elevación de carga con cabina pero los mandos están FUERA. Es por esto que solo aplica el R.D. 1435/97.

    Una de las definiciones de ascensor del RAEM y su modificación dice:

    aparatos destinados a elevar cargas que dispongan de cabina lo suficientemente grande para la entrada de personal y que tengan los mandos accesibles desde el interior.

    El aparato elevador por el que pregunto tiene los mandos fuera y son inaccesibles.

    en respuesta a: estudio seguridad y salud #289581 Agradecimientos: 0
    axf
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    febrero 2002


    Podrias ser más explicito.

    SI QUIERES VOY YO A HACERLO Y ME PAGAS LA MITAD. XDDDDDDDDDDDDDDDDDDDDDD

    en respuesta a: extintores #289611 Agradecimientos: 0
    axf
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    febrero 2002


    Hasta la aparición del R.D. 485/1997, que yo sepa, los extintores podía ser de los colores que se quisiera. A partir del R.D. citado, en el punto 5 del ANEXO VII lo pone bien claro. “Los equipos de protección contra incendios deberán ser de color rojo o predominantemente rojo”.

    Esta claro, no??

    Lo que pasa, es que hay extintores más antiguos del 97, con lo cual se pueden ver extintores de color blanco, etc. Pero esto no quita que esto sea correcto, ya que los instaladores, deberían cambiarlos por extintores de color rojo. Te aconsejo, que llames a la empresa instaladora y le exijas que cambien los extintores que no sean rojos.

    Por cierto, ya que hablamos de extintores, querria hacer la siguiente exposición.

    Todos sabemos que las empresas instaladoras deben revisar los extintores todos los años. Pero hay algunas, que se llevan el extintor a recargar. Que sepais que os estan estafando, pues la revisión se debe realizar in situ, en el caso que se lo lleven no deben recargarlo (a no ser que sea necesario por perdida de carga, etc.) y además deben dejar uno de sustitución.

    Estas empresas, te dicen que te cobran la recarga, se los llevan a su taller, los limpian te los devuelven sin recargar y te cobran la recarga.

    Luego a los cinco años, te los retimbran y te cobran más.

    Hay que joderse, pues conozco a un fabricante, que los extintores de polvo no los recarga nunca ya que les sale más barato ponerlos nuevos.

    QUE LO SEPASSSSSSSSSSSSS

    Por cierto, dos extintores pueden estar juntos, quien dice que no? Lo que pasa es que no es lógico, pues uno de eficacia superior o carga superior sobra.

    TA LUEGO LUCARRRRRRR

    en respuesta a: Responsabilidades #289972 Agradecimientos: 0
    axf
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    febrero 2002


    Yo siempre pongo el mismo ejemplo:

    Si la empresa tiene un horario de 6:00 h. a 14:00 h. y hay un trabajador que todos los días llega a las 6:15 h., ¿que haces con el trabajador?

    Pues lo mismo pasa con los EPI’s, su utilización debe ser una norma empresarial de obligado cumplimiento.

    Ta luego.

    axf
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    febrero 2002


    El R.D. 1495/86 es el Famoso Reglamento de Seguridad en Máquinas. Este era de aplicación para equipos fabricados después del 86. Este R.D. ha quedado derogado por el R.D. 1435/92 y su modificación, ya que, prácticamente pone lo mismo en seguridad de máquinas.

    En cuanto si se puede utilizar para adecuad máquinas, o con el 1215 vale???

    Por supuesto lo puedes utilizar para adecuar máquinas aunque el contenido es prácticamente el del 1435.

    La adecuación de un equipo al R.D. 1215, se realiza en la actualidad para todos los equipos de trabajo, aunque en la guia de equipos de trabajo como tu dices, existe una aclaración en la cual se supone que un equipo de trabajo que cumple el 1435 y se realiza un adecuado mantenimiento cumple el 1215,pues el 1215 habla de condiciones mínimas de seguridad y salud.

    Comentarte, que yo me sirvo del R.D. 1435 para realizar adecuaciones del R.D. 1215 (pues el 1435 es mucho más extenso en cuestiones de seguridad), pero solo certifico el 1215, ya que el 1435 es competencia de los Organismos de Control Autorizados.

    en respuesta a: Consejero de seguridad #290285 Agradecimientos: 0
    axf
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    febrero 2002


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