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Puede realizar perfectamente este tipo de trabajo, sea de ETT o de la pripia empresa
4 abril, 2005 a las 17:55:06 en respuesta a: asistencia a reuniones de CSS #221160 Agradecimientos: 0Solamente podrán asistir las personas invitadas por alguna de las partes (empresario o representantes de los trabajadores) informando previamente al resto de componentes del motivo de su asistencia.
Tu como persona “física” no puedes realizar formación para el personal de terceras empresas. Otra cosa sería que dieras esa formación en representación de una Empresa dedicada a dar formación o en representación de una Servicio de Prevención
2 abril, 2005 a las 18:07:32 en respuesta a: Limites de temperatura en lugares de trabajo #221841 Agradecimientos: 0La empresa tiene que cumplir lo que dice el RD. Si no instala el aire acondicionado, se denuncia en Magistratura de Trabajo.
Los medios necesarios para extingui los incendios se tienen que instalar, aunque se tenga hecha la instalación con pulverizadores.
2 abril, 2005 a las 12:21:10 en respuesta a: Comité de seguridad y salud. #222257 Agradecimientos: 0No es obligatorio.
6 marzo, 2005 a las 20:21:41 en respuesta a: Adecuación de máquinas al RD 1215 #224206 Agradecimientos: 0Si te has leido el RD 1215 y lo has comprendido, ya tienes las respuesta. No hay mas normativa que la que tu has mendionado.
No se trata de una formación adicional, sino que entra dentro de su competencia el mantener todos los riesgos controlados.
Es coonveniente tenerlas siempre guardadas, por lo que pueda pasar. Es un consejo.
1 enero, 2005 a las 19:33:03 en respuesta a: ¿Cuantos tipos de cursos de prevencion de riesgos laborales basicos existen? #230329 Agradecimientos: 0Cursos básicos hay solo uno. Pueden llamarle como quieran, pero el reglamento es muy claro
28 noviembre, 2004 a las 13:12:35 en respuesta a: Vigilancia de la salud. #235405 Agradecimientos: 0La vigilancia de la salud solamente la puede ejercer especialistas de un Servicio de Prevención. El personal sanitario que trabaje en dicho Servicio de Prevención debe estar en posesión de la correspondiente formación en medicina del trabajo, o sea, que cualquier Clínica u Hospital no puede hacer las funciones de Vigilancia de la Salud.
8 octubre, 2004 a las 18:26:56 en respuesta a: trabajar por cuenta propia #238141 Agradecimientos: 0Como consultora si, pero nada más, porque los servicios solamente lo pueden ofrecer un Servicio de Prevención legalmente establecido. Saludos
19 septiembre, 2004 a las 19:11:33 en respuesta a: trabajadora con varices #239245 Agradecimientos: 0La lista de enfermedades profesionales figura en un Decreto del Gobierno y esta dolencia no está recogida como tal. No creo que la Mútua acepte las varices como un accidente.
Los Servicios Médicos de Empresa no son obligatorios.- Su reglamento quedó sin efecto cuando entró en vigor la LPRL. Los únicos Servicios Médicos que se mantienen son los que ya estaban funcionando.
Puedes intentar buscarle algún modelo que le vaya bien. Lo que si le tiene que quedar claro al operario es que no puede trabajar sin ese equipo de protección. Que le quede claro. Si no se pone el EPI no debe seguir trabajando en ese puesto. Debes darle esta información. A lomejor se le quitan los mareos.
Saludos,
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