Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: OHSAS 18002:2000 Y BS 8800:1996 #241177 Agradecimientos: 0
    Atalaya49
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    julio 2001

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    Yo se algo sobre la OHSAS 18001 “Sistema integrado sobre seguridad y salud laboral” ya que mi empresa está certificada. La 18002 no se que certifica.

    en respuesta a: Propiedad de EPIs entregados #244953 Agradecimientos: 0
    Atalaya49
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    julio 2001

    Iniciado

    Aunque el RD no lo aclara, entiendo que si se tratara de calzado de seguridad o de guantes (todos los que entren en contacto con la piel) no se debería pedir su devolución. Entre otras cosas porque a nadie le gusta ponerse lo que otro ha usado.

    Caso de cambio, creo que la empresa está en su derecho de pedir la entrega del viejo, entre otras cosas para evitar que se siga usando.

    en respuesta a: hernia inguinal #245911 Agradecimientos: 0
    Atalaya49
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    julio 2001

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    Muy posible

    en respuesta a: Trabajador diabético #247804 Agradecimientos: 0
    Atalaya49
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    julio 2001

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    Leete el art. 25 de la Ley de Prevención. Tambien dice algo el Estatuto de los Trabajadores.

    en respuesta a: adecuacion de equipos de trabajo #247826 Agradecimientos: 0
    Atalaya49
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    julio 2001

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    Si un equipo tiene certificado CE y se estropea, lo que hay que hacer es repararlo, no pasarle una lista de chequeo, o sea, sustituye las protecciones que se vayan rompiendo. Tu segunda pregunta. No es que sea dificil obtener una certificación CE para un equipo que no la tenga, simplemente, NO ES NECESARIO. Tu haz que cumpla el RD 1215 y basta..

    Saludos

    en respuesta a: luminarias en oficinas #247233 Agradecimientos: 0
    Atalaya49
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    julio 2001

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    La rejilla es para evitar deslumbramientos. Es aconsejable su instalación, pero no existe ninguna obligación de hacerlo.

    en respuesta a: HEPATITIS E INFARTO #252417 Agradecimientos: 0
    Atalaya49
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    julio 2001

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    A tu primera pregunta, NO. El infarto de miocardio se ha considerado en algunas ocasiones como accidente laboral

    en respuesta a: prestaciones por accidente de trabajo #252427 Agradecimientos: 0
    Atalaya49
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    julio 2001

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    Creo que estás confundido con las prestaciones de la enfermedad común. Caso de accidente laboral, el trabajador cobra el 100%, que la mútua de accidente paga a la empresa.

    en respuesta a: adaptacion a un puesto de trabajo #252452 Agradecimientos: 0
    Atalaya49
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    julio 2001

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    Desde luego. A eso se le llama ergonomía.

    Atalaya49
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    julio 2001

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    trabajos donde haya ruido > 80 dBA, contaminantes químicos, PVD, manipulación, manual de cargas, etc, etc.

    en respuesta a: VIGILANCIA DE LA SALUD #253292 Agradecimientos: 0
    Atalaya49
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    julio 2001

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    No existe ningún requisito legas que diga que la vigilancia de la salud la tienes que contratar con un solo Servicio de Prevención, por lo tanto, puedes tener contratados todos los que necesites.

    en respuesta a: exposición ruido #255641 Agradecimientos: 0
    Atalaya49
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    julio 2001

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    Si el ruido es igual a 90 dBA, no se puede estar expuesto mas de 8 horas/día. Cuando es superior, hay que ir reduciendo el tiempo de exposición según se vaya incrementado el nivel.

    en respuesta a: Tiulación para el desempeño del nivel intermedio #256877 Agradecimientos: 0
    Atalaya49
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    julio 2001

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    No se solicitan estudios previos

    en respuesta a: INFORMACION AL TRABAJADOR #259193 Agradecimientos: 0
    Atalaya49
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    julio 2001

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    La Ley de Prevención de R.L. trata este asunto.

    en respuesta a: REPRESENTANTES DE TRABAJADORES #259179 Agradecimientos: 0
    Atalaya49
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    julio 2001

    Iniciado

    Primera pregunta: Para tener representantes de los trabajadores, logicamente se tienen que realizar elecciones, que pueden ser para formar una Comité de Empresa (empresas con mas de 50 trabajadores) o Delegados Sindicales. Lo mas facil para convocarlas es ponerse en contacto con cualquier Sindicato.

    Segunda pregunta: Si no tienen representantes, no puede haber Delegado de Prevención legalmente constituido.

    Saludos,

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