Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Trabajos alternativos estando de permiso medico #212337 Agradecimientos: 0
    alfonsocm
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    abril 2004


    Este es uno de los problemas que en un futuro mas o menos lejano deberemos dar solucion desde nuestra perspectiva.

    Es complejo pero incide en el meollo de la cuestion de las bajas por Contingencia comun. Existe una lesion, que el medico de familia o especialista diagnostica y trata. Pero la facultad de decidir si es apto o no para su puesto de trabajo no la puede jamas decidir este mismo medico ya que carece de los conocimientos medico, y tecnicos del puesto de trabajo para tomar dicha decision..

    Lo logico es que el medico tratante indicase la limitacion funcional y el medico del trabajo indicase si es o no susceptible de baja laboral.

    El beneficio o no para la empresa , la intromision de los CSS en temas medicos etc deberian quedar en muy segundo plano.

    alfonsocm
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    abril 2004


    Yo creo que se trata de otro globo sonda mas para que el que quiera poner el oido loponga y luego lo intente aplicar en su servcio y/o empresa. El ratio de 1000 trabajadores es ya un ratio muy superior al que maneja en otros paises que ronda los 350-500. Evidentemente si se hace lo que hacen la totalidad de los SPA y muchos de los SPP sobra tiempo, pero eso no es medicina del trabajo eso es prostitucion profesional.

    Al hilo de esto, ¿ que hacen nuestras flamantes sociedades profesionales que estan como interlocutoras en los foros oficiales al respecto?

    en respuesta a: Medir fueza en método Ergo IBV #213076 Agradecimientos: 0
    alfonsocm
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    abril 2004


    sencillamente con un dinamometro.

    en respuesta a: reconocimiento medicoa policia local. #215668 Agradecimientos: 0
    alfonsocm
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    abril 2004


    Creo que no hay que marear tanto la perdiz.

    Eres medico del trabajo y por tanto responsable de la salud del trabajador.

    Cuando tienes que hacer un reconocimiento medico para ese puesto de trabajo, ¿que criterios utilizas para dar el informe de aptitud? pues utiliza los mismos .

    ¿Que hace el ayuntamiento cambiando de puesto a la gente sin tu informe ? Si tienes duda de su recuperacion , ponte en contacto con su medico de familia y si tienes criterios para derivarlo a la red publica para ser visto por su psiquiatra estupendo, si no , tu eres el que debe emitir el informe con los mismos criterios que haces con el resto de policias en el reconocimiento de inicio o periodico ya que me imagino que utilizaras algun tipo de cuestionario de despistaje de patologia psiquiatrica . Animo

    en respuesta a: RECONOCIMIENTOS MÉDICOS EXTERNOS #215966 Agradecimientos: 0
    alfonsocm
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    abril 2004


    La ley es bastante clara en este aspecto. El responsable de la unidad basica yo los medicos del trabajo que componen dicha unidad son los unicos no ya que pueden firmar el informe de aptitud , sino aquellos que pueden realizar las tareas de vigilancia de la salud que por cierto son mucho mas extensas que los meramente reconocimientos medicos.

    La subcontratacion de las actividades basicas , como son los RRMM no se pueden subcontratar. Se puede subcontratar la realizacion de Analisisi, ECg, RX etc pero no el nucleo de la actividad. y menos a medicos no especialistas.

    en respuesta a: Permisos retribuidos por enfermedad #219854 Agradecimientos: 0
    alfonsocm
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    abril 2004


    DE acuerdo con Peña. A mi me ha tocado valorar en alguna ocasion y es lo que diga el convenio. .Lo que ocurre que los convenios generalmente ( en este punto al menos) no se suele preguntar al medico y por eso existen situaciones irrisorias. Una gripe es grave? pues hay personas que fallecen . Un infarto es grave? pues hay muchos que lo superan sin secuelas importantes. Mi consejo es que suprimais esa clausula del convenio y que opteis por dedicar 3 dias optativos de permiso. es mi sugerencia.

    alfonsocm
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    abril 2004


    Monica, tengo algunas dudas sobre tu consulta. En primer lugar por que tienes tu que pedir el informe medico? .No creo que en las funciones de tecnico de prevencion esté la de asignar los trabajadores a los puestos de trabajo. En segundo lugar , me da la impresion que el s Medico que realiza la vigilancia de la salud desconoce cuales son las condiciones de trabajo ya que desconoce que realiza las tareas con un sistema mecanico ( entiendo que sin traccion). Por otra parte segun el diagnostico medico, que tiene que ver la epicondilitis con la elevacion por encima del hombro y en abduccion ?.

    en respuesta a: Desilusión #218653 Agradecimientos: 0
    alfonsocm
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    abril 2004


    Entiendo tu desengaño y te deseo lo mejor en tu decision, pero con lamentarnos no hacemos nada. Tenemos un marco legislativo en el que no hemos participado.¡Bueno alguno participó pero creo que los conceptos los tenia un poco anquilosados! Estamos divididos y muchas veces vendidos por conservar nuestros `puestos de trabajo (trabajamos muchas veces bajo amenazas) Tenemos un intrusismo bestial.

    ESTAMOS MUY POCO INVOLUCRADOS EN TRABAJAR POR LA PROFESION ya que no publicamos, no investigamos , hacemos congresos chapuza , existen algunas buenas inicativas como FIMET a nivel nacional y las despreciamos etc etc. Así que ai¡nimo y todos al tajo. A potenciar nuestra especialidad con nuestra dedicacion y nuestro compromiso diario en hacer un trabajo etico, digno y profesional

    alfonsocm
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    abril 2004


    De acuerdo con Peña y Daniel. Pero una consideracion : la incapaciada permanente total es para su profesion habituial, no para el puesto, por lo que habra que tener cuidado con la categoria que figura en el contrato . Tambien es preciso que si bien el empresario puede determinar en honestidad que no tiene otro puesto para recolocarlo sabemos que mochos se apoyan en esta cuestion para deshacerse de algunos trabajadores.

    Sin embargo creo apuntar a las dos primeras respuestas que el codigo internacional de etica para los profesionales de la salud laboral indica que es preciso intentar conseguir el mantenimeitno del puesto de trabajo como medida de salud y solamente en ultimas instancias recomendar el cambio de puesto de trabajo y por ultimo la IP.

    PD.: Nadie ha hablado de la posibilidad de adaptar el puesto a la nueva situacion del trabajador?

    Otra cosa, el que los datos de los RRM no puedadn usarse en contra del trabajaor no quiere decir que se oculten los datos ya que el primer dañado sería el propio trabajador, No confundamos

    en respuesta a: profesiogramas y aptitud laboral #218136 Agradecimientos: 0
    alfonsocm
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    abril 2004


    Creom que Peña te ha dado un poco la respuesta. Sin embargo, en mi experiencia, creo que el recorrido debe ser el siguiente:

    El puesto de trababjo debe estar definido en cuanto a tareas , tiempos, metodos , exposiciones etc. Esto son datos que los tecnicos de prevencion que hayan realizado la evaluacion de riesgos deben incluir en cada uno de los puestos y es de esa documentacion donde puedes comprobar cuales son las tareas fundamentales, las criticas los tiempos de exposicion , las condiciones de trabajo etc que te definiran cual es en ese caso concrto las capacidades necesarias para desarrollarlo. En ningun caso debemos quedarnos en la descricion generica que pueda aparecer en un listado por muy completo que sea. Ej.: No es lo mismo estar expuesto 1 min a un cancerigeno con la proteccion adecuada y trabajo en cabina que trabajar con el mismo producto 8 horas, sin ventilacion, sin EPis y con tumores previos y el profesiograma puede ser el mismo.

    en respuesta a: ¿bajas = vacaciones? #218529 Agradecimientos: 0
    alfonsocm
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    abril 2004


    En mi opinion, creo que el problema es mucho mas sencillo.

    Uds tienen un servcio medico del trabajo que realiza la vigilancia de la salud , y debe ser éste quien envie altrabajador a mutua tras analizar el grado , gravedad y etilogia de la lesion. Si lo considera lo suficientemente grave como para emitir una baja por enfermedad profesional OK

    Pero creo que el problema viene que Uds no tienen un S Medico que haga vigilancia de la salud sino solamente reconocimientos medicos , ¿ me equivoco? . Pues en el pecado llevais la penitencia.

    Pd Yo tambien soy partidario de explotar al maximo el Cambio de puesto de trabajo antes que la baja medica, pero son que este procedimiento no nos oculte la disergonomia del puesto que ha creado el problema.

    en respuesta a: Complemento de toxicidad/ peligrosidad #225904 Agradecimientos: 0
    alfonsocm
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    abril 2004


    Los complementos de peligrosisdad estan totalmente proscritos. Lo que debe hacer la empresa y SOBRETODO LOS SINDICATOS es preocuparse porque las condiciones de trabajo sean compatibles con las minimas medidas de proteccion de dichos trabajos y la correspondiente vigilancia medica por un medico del trabajo

    alfonsocm
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    abril 2004


    La empresa esta obligada a facilitar la asistencia a los RRMM de los trabajadores, de igual manera es responsable de la adscripcion o no de trabajadores a puestos de riesgo en funcion de su aptitud medica para desarrollar dicha actividad. Por tanto la respuesta es simple: Es el empresario quien debe hacer lo indecible para tener en su mano el informe de aptitud para el puesto que pretende que el trabajador ocupe y si no , corre con las consecuencias que puedan derivarse del desarrollo de dicho trabajo, lease Ac de trabajo, enfermedad profesional o del trabajo , minusvalias etc.

    alfonsocm
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    abril 2004


    Estoy totalmente de acuerdo contigo. En otros paises, de igualmanera que el “tecnico superior” en Medicina del trabajo es el licenciado superior y el tecnico mediop es el Diplomado Univeristario . ambos dos con su correspondiente especilidad en medicina del trabajo. los tecnicos superiores en Higiene son o bien ingenieros superiores o quimicos y los medios lo mismo a nivel tecnico, ingeniero tecnico etc. en España , como no podia ser de otra manera tneemos la chapuza que tenenmos.

    Yo lo siento pero me resulta algo extraño entender como un filologo de lengua inglesa puede estar resolviendo cuestiones de integrales del ruido o de concentraciones minimas o de dosis equivalente de radiacion etc etc. , lo mismo digo para abogados , y otras licenciaturas.

    en respuesta a: MEDICO PARA RECONOCIMIENTOS MEDICOS #232322 Agradecimientos: 0
    alfonsocm
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    abril 2004


    Los reconocimientos medicos no son una actividad aislada de la Prevencion, le recomiendo que se lea primero la ley de prevencion y el reglamento de los servcicios de prvencion y si no encuentra la respuesta entonces vuelva a emitir el correo.

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