- Este debate tiene 33 respuestas, 19 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 15 años, 8 meses por Genrod.
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buenos días, ¿es accidente in itinere un trabajador que se desplaza de su ruta a su domicilio cuando le cambian el turno para recoger a su pareja? si le coincide el mismo turno de trabajo se desvía y le recoje, si tienen distinto turno no se desvía. ¿Qué opináis? yo creo que no es in itinere pero espero vuestras opiniones.
Salu2Comparto tu opinión, ya que creo que la unica forma de desviarse de su ruta habitual es por obras de la carretera que normalmente va o por un suceso anormal como pudiera ser un accidente.
Comaparto tu opinión, ya que creo que la unica manera de que te puedas desviar de tu trayecto habitual es por obras, o por un suceso anormal que haga que no puedas ir por tu itinerario normal, como pueda ser un accidente de trafico o inundaciones.
Buenos días:
si miras en el foro verás que este tema se ha debatido en multiples ocasiones, te sugiero que lo mires y ahí encontraras respuestas a todas tus dudas.
Saludos
te dejo un enlace:
Entra o regístrate para ver los enlaces Hola Zoila. En el link que te ha puesto Luisseguridad, tienes criterios para interpretar si es o no in itinere.
Si pudieras aclarar un poco lo que planteas, mejor, porque es algo confusa la forma en la que has descrito la situación y no me puedo hacer una idea clara de lo que quieres transmitir.
Saludos
El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
www.prevencionista-por-vocacion.blogspot.com
https://www.facebook.com/Aitor-Jaen-Psicologia-y-bienestar-321946794513970/Es accidente in itinere.
Yo creo que efectivamente no es accidente in itinere.
Si se accidenta a los pocos minutos de salir del trabajo, no tengas dudas, es in-itinere. Independientemente que vaya a su casa o a la de su novia.
Si el trabajador realizaria todos los dias el mismo interine seria accidente de trabajo,pero lo realizo una vez y sin pedirle el consentimiento al superior, no es accidente de trabajo, sino accidente de trafico lo tiene que tratar con su aseguradora.
Hola Luis, gracias por el link, pero ya lo había visto (aunque no participo mucho en el foro, ya que considero que hay gente aqui que sabe infinitamente mas de prevencion que yo, lo leo asiduamente)
La duda planteada era porque algo no habitual se convierte en habitual cuando 2 personas comparten coche por tener la misma jornada (aunque en diferentes empresas, digamos a unos 5km o mas de distancia). La duda era esa, no creo que sea AL porque sólo lo hace cuando coincide el turno, si el turno es diferente, hace la ruta a su domicilio que considerariamos “logica” (Aitor, no se si te he aclarado la cuestion)Solo un pequeño matiz, por la jurisprudencia que yo he leido (no me pidais que os diga cual porque no sé concretamente cual es) si eso lo hiciera SIEMPRE, fuese cual fuese la jornada (imaginemos unos padres que llevan a su hijo/hija a la guardería/casa de un familiar antes de ir a trabajar), yo o consideraría laboral, sólo que como es A VECES, no lo creo así.
Gracias a todos por vuestras respuestas.
Salu2Joanra, no puedo estar de acuerdo contigo, el tiempo es independiente, ya que si no te diriges a tu domicilio (a donde supuestamente deberias ir ya que el trabajo es lo que te ha obligado a desplazarte de el) no es laboral (con excepciones particulares que pueda haber).
Salu2El tema tal y como lo veo es que se decidirá en en una resolución. En el caso se comentas se ha roto el “iter” entre el trabajo y domicilio habitual (que como muy bien dices es independiente de que sean minutos o una hora). Te digo que he visto resoluciones en las que se ha roto el iter por recoger a los niños del colegio (bien visto socialmente y demostrando que es habitual)y se ha reconocido como AT y otros que se rompe el iter por tomar una caña con los amigos(mal visto socialmente) y rehusarlo como AT, osea que tepuedes encontrar cualquier cosa.
Por dios, eso es un itinere!dejense de chorradas como la del camino habitual!!!!Y si un dia me desvio por cualquier cosa…, no tiene sentido!
Nadie te prohibe que te desvies, pero si lo haces ya no es accidente laboral.
Salu2 -
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