Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: EPI´s contratas #74783 Agradecimientos: 0
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    noviembre 2002


    Pues creo que no hay mucho más que decir, o bien rechazas al proveedor o, si no, suminístraselos pero facturándoselos posteriormente, claro. No obstante, no estaría de más, si no lo habéis hecho ya, solicitarles toda la documentación de PRL que deberían tener (recibís de información y formación, informe de aptitud médica para el puesto de trabajo, etc.), por si hubiera más sorpresas.
    Suerte.

    en respuesta a: EPI,S #78089 Agradecimientos: 0
    Rfmar
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    noviembre 2002


    Hola,

    Según el apartado b) del artículo 5 del RD 773/1997, parece ser que sí las tiene que facilitar el empresario, ya que dice que, para en la elección de los EPI, habrá que “tener en cuenta las condiciones anatómicas y fisiológicas y el estado de salud del trabajador”.

    Saludos

    Rfmar
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    noviembre 2002


    Hola,
    Estoy de acuerdo con Luyly en que la elaboración del Plan le corresponde al Ayuntamiento que, en este caso, es la propiedad. En cuanto a la dotación y mantenimiento de equipos de detección, lucha contra incendios, etc.,sí le corresponde también al Ayuntamiento pero los que estén situados en zonas comunes, ya que los propietarios pueden hacer modificaciones que afecten a los ya colocados y ellos serán los resposables de colocarlos en los lugares correctos.
    Sobre los simulacros, creo que se deberían organizarse por la propiedad como responsable de la seguridad del edificio, quien deberá haber formado e informado a los inquilinos sobre el plan de emergencia y evacuación.

    Saludos,

    en respuesta a: Ancho zona paso #95975 Agradecimientos: 0
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    noviembre 2002


    Puede servirte de ayuda el Anexo I del RD 486/1997,no menciona cuál debe ser esa distancia, pero te da el espacio mínimo por trabajador, habla de espacio suficiente y sí dice que las zonas de paso estarán dimensionadas en función del volumen de ocupación y la actividad.

    en respuesta a: guantes para soldadura con estaño #97969 Agradecimientos: 0
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    noviembre 2002


    Deberán tener el marcado de la norma EN470-1, para protecciones utilizadas durante la soldadura y técnicas relacionadas. De toda la gama de guantes que cumplen con esta norma y por el tipo de soldadura, te recomendaría los de serraje piel vacuno o alguno de los sintéticos que mejoran la adherencia.
    Espero haberte sido de ayuda.

    en respuesta a: SEÑALIZACIÓN #100784 Agradecimientos: 0
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    noviembre 2002


    Va en función de los riesgos que quieras evitar o minimizar y de los trabajos a realizar. Así,además de las señales de uso obligatorio de determinados EPIs y las señales de localización de botiquines y extintores, se deberá indicar si hay peligro de riesgos concretos com desprendimientos, trabajos con grúa, circulación de maquinaria, etc) donde haya que extremar las precauciones o restringir el acceso.

    Espero que te sirva de ayuda.

    Un saludo.

    en respuesta a: Equipos de protección individual #115748 Agradecimientos: 0
    Rfmar
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    noviembre 2002


    Hola,
    Te has explicado perfectamente, una de las cosas que puedes hacer es ponerte en contacto con el fabricante del guante y que te diga la periodicidad con la que hay que sustituir ese tipo de guante,aunque, como ya ha sugerido alguien, lo más rápido es que se renueve el EPI (no cuesta más de 40€) y trabajar así con los datos de marcado del guante, además así tendríais las instrucciones de uso para entregar a los trabajadores que lo vayan a utilizar.
    Los recibís de EPIs, se firman a la entrega y con la renovación de los mismos.
    Suerte.

    en respuesta a: Accidentes In Itinere #117382 Agradecimientos: 0
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    noviembre 2002


    Para que un accidente al ir o volver del trabajo se considere como in itinere, creo que se tiene que cumplir que se haya producido en los horarios próximos a los de entrada/salida y en el trayecto transporte habituales.
    Espero haberte sido de ayuda.

    en respuesta a: formación obligatoria trabajadores #128165 Agradecimientos: 0
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    noviembre 2002


    Según me explicó mi servicio de prevención ajeno, ya que nos pasa algo parecido, la formación en PRL la pueden impartir los técnicos de prevención de la propia empresa pero que, al menos el curso de riesgos específicos del puesto de trabajo, lo tiene que impartir una empresa cualificada, reconocida o algo así, para dar esa formación.
    Nuestro riesgo principal está en los trabajos en vía, pero un curso que contemple estos riesgos no es fácil de encontrar para dar como formación de entrada, así que lo estoy dando yo y el que nos da el SPA es el de riesgos eléctricos y trabajos en altura, que otros de los riesgos importantes que tenemos. Con esto, e insisto, según me explicaron, es suficiente cara a una inspección o visita de seguridad a obra.

    No se si te servirá de ayuda, es como estoy trabajando yo y, hasta ahora, no he tenido problemas.

    Saludos,

    Rafael

    en respuesta a: Trabajador cedido #130784 Agradecimientos: 0
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    noviembre 2002


    En este caso, lo normal es que la empresa que os dece el trabajador tiene que daros los justificantes de que ha recibido la formación, información y los EPIs necesarios para su puesto de trabajo, el informe de Aptitud médica. Por vuestra parte,le tenéis que dar la formación e información en PRL (evaluación de riesgos de su puesto de trabajo, actuación en caso de accidente, emergencia y evacuación, etc.)así como los EPIs específicos a la actividad que va a realizar en tu empresa. La vigilancia de la salud la debe realizar con su empresa. tenéis que aseguraros que su empresa tiene concertada una mutua de accidentes de trabajo y un servicio de prevención propio o ajeno.
    Espero haberte sido de ayuda.

    Un saludo,

    en respuesta a: ACREDITACION DE SOLVENCIA Y CALIDAD #132643 Agradecimientos: 0
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    noviembre 2002


    Lo que te están pidiendo es que acredites que contáis con la documentación que se exige como contratista y subcontratista, esto es que los trabajadores han recibido la formación e información en PRL adecuada a su puesto de trabajo, que han recibido los EPIs necesarios, que contáis con una mutua de EP AL y con un Servicio de Prevención propio o ajeno
    que se dispone de infraestructura y medios adecuados para llevar a cabo la actividad, y ejercer directamente la dirección de los trabajos.

    Supongo que bastará con una carta firmada por la dirección en la que indiques que tenéis toda esa documentación y que está disponible.

    Un saludo.

    en respuesta a: Atrapamiento entre dos maquinas independientes #136419 Agradecimientos: 0
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    noviembre 2002


    Hola,

    he encontrado ésta dirección que te da una recomentación sobre la distancia a mantener entre dos máquinas:
    No obstante, yo tendría además en cuenta lo expuesto en el anexo I del RD 486/1997 sobre las condiciones generales de seguridad en los lugares de trabajo, en los puntos “2. Espacios de trabajo y zonas peligrosas” y ” 5. Vías de circulación”.

    Espero haberte servido de alguna ayuda.

    Un saludo

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    en respuesta a: aplicacion plan autoproteccion fabrica #142028 Agradecimientos: 0
    Rfmar
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    noviembre 2002


    Entiendo que si ya que hablas de una industria que puede generar situaciones de emergencia. Espero que esto texto pueda ayudarte:
    La Norma Básica de Autoprotección establece la obligación de elaborar, implantar materialmente y mantener operativos los Planes de Autoprotección y determina el contenido mínimo que deben incorporar estos planes en aquellas actividades, centros, establecimientos, espacios, instalaciones y dependencias que, potencialmente, pueden generar o resultar afectadas por situaciones de emergencia. Incide no sólo en las actuaciones ante dichas situaciones, sino también y con carácter previo, en el análisis y evaluación de los riesgos, en la adopción de medidas preventivas y de control de los riesgos, así como en la integración de las actuaciones en emergencia, en los correspondientes Planes de Emergencia de Protección Civil.

    Un saludo.

    en respuesta a: UTILES DE CORTE #143127 Agradecimientos: 0
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    noviembre 2002


    Conozco un par de proveedores que te pueden ayudar, son RS AMIDATA y Suministros San José. Seguro que alguno de ellos te podrá echar una mano. Suerte.

    en respuesta a: Horas extras obligatorias? #194143 Agradecimientos: 0
    Rfmar
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    noviembre 2002


    En algunas empresas puede que sea así y tal vez en una situación similar yo se lo pidiera a los mismos trabajadores que se que van a sacar el trabajo pero, en cualquier caso, no les amenazaría con el despido si manifestaran que no quieren hacer esas horas máxime cuando hay otros trabajadores que sí quieren hacerlas. Hay otros motivos detrás. ¿Por qué no amenazan con el despido a los que no trabajan NADA en esa misma empresa? Es cuestión de amiguismo y relaciones familiares y, para ese tipo de gente, si no encajas en la “familia”, sobras. No hay más.

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