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28 mayo, 2008 a las 07:35:09 en respuesta a: DIAS DESDE QUE SE CONTRATA AL RECONOCIMIENTO MEDICO #98811 Agradecimientos: 0
Antes era despues de la contratacion, ahora ha de ser antes de empezar el trabajo
28 mayo, 2008 a las 07:31:09 en respuesta a: BOTIQUIN FIJADO A LA PARED??? #98794 Agradecimientos: 0Lo importante es que este localizable y de facil acceso. Mas rápido y como de coger es si esta colgado en la pared y se pueda descolgar con un simple tirón que dentro de un armario con puertas cerradas, pero eso es a gusto de cada cual y en función del diseño del botiquin. Los hay que llevan un soporte que permite fijarlos a la pared o colocarlos en cualquier otro lugar sin fijar.
15 mayo, 2008 a las 12:39:22 en respuesta a: SERVICIOS DE PREVENCION AJENOS #99931 Agradecimientos: 0Te aconsejo leas el contrato que tienes con el SPA y si incumplen alguno de los apartados, dejes de pagarles la cuota, que supongo lo hareis mensual o trimestralmente.
Los SPA. tienen mas cara que espalda, cobran un disparate por el poco servicio que prestan. Calcula las horas que dedican y mira el precio que pagas. Si a esto añadimos que a los técnicos les pagas dos chavos, puedes imaginar el negociazo que se tienen montados.
Yo he recorrido ya tres SPA y si uno es malo, el otro igual o peor, hasta les he tenido que rechazar la evaluación porque me aplicaron una estandar, o sea copiar y pegar, consecuencia, no se parecia en nada a mi empresa.
En cuanto a toda instalción, reforma o modificación, han de supervisarla en el momento, asi evitarás posibles gastos inecesarios por modificaciones posteriores. Hacer las cosas bien, cuesta lo mismo que hacelas mal, y si es que no te hacen caso, pues lo dicho, a rescindir contrato y buscar otro SPA.
Suerte y no te amilanes con esa gente24 abril, 2008 a las 05:43:43 en respuesta a: PRUEBAS DE ALCOHOLEMIA Y DROGAS #102886 Agradecimientos: 0Pues si, ya era lo que faltaba, jajajaja, acompañar al Sr. a su casa en taxi y por que no en limosina con unos cubatas por el camino?
Un poco de seriedad. Las empresas no pueden realizar control alguno por mucha firma que haya, pero, si como apuntaba algun forero, le llevas al médico. Este tendrá que certificar y diagnosticar que esta bajo los efectos del alcohol o de las drogas y por lo tanto, motivo más que suficiente
para como mínimo sancionarle, solo que hay un pequeño problema, solo podras hacerlo, si el personaje muestra signos de incapacidad total. vamos que poque este colocadillo y se mantenga en pie, tampoco te da derecho a llevarlo a ningún sitio, lo que no es impedimento para que pueda tener o provocar algun accidente.
Recomendación: Busca unos cuantos testigos que aseguren el estado de ineptitud para el trabajo por efectos del alcohol o de las drogas y, por escrito y bien clarito y delante de testigos, prohíbele trabajar entanto y cuanto este en ese estado.22 abril, 2008 a las 07:56:50 en respuesta a: contrato de trabajo por duración determinada por obra o servicio determinado #103122 Agradecimientos: 0Si hay problema, y gordo para la empresa, el trabajador pasa automaticamente a ser fijo lo que conlleva una indemnización en el caso de que la empresa decida prescindir de él cuando termine la obra pues segun su contrato, la obra para la que fue contratado ya termino y ha continuado prestando servicios en la misma empresa y en otra obra para la que no ha sido contratado según su contrato concertado con la empresa en su día
Progama que facilite esta labor, no conozco. Con un croquis o plano de la planta, puedes ir señalando los niveles de ruido y posteriormente colorear en tonos oscuros los de mayor ruido y en tonos mas claros los de menor ruido, algo asi como se representan en los mapas las temperaturas.
El acoso sexual, está catalogado explícitamente como falta. El mobbing, es algo mas sutil y en la mayoria de los casos, se manifiesta en acoso moral y por lo tanto más dificil de demostrar, la definición de mobbing, tal cual es muy genenérica y tal vez por esa causa encuentres páginas, foros, opiniones que incluyan a todo lo relacionado con el trabajo. De la misma manera, un insulto dentro del trabajo, no es mobbing sino que está catalogado como falta epecífica en la mayor parte de los convenios.
No solo no es necesario, sino que es obligatorio. En este tipo de trabajo, es habitual el corte con la chapa de hierro. En cuanto al riesgo de atrapamiento, las matrices moldes y cizallas han de estar protegidas para evitar ese tipo de accidente
Si existe riesgo de accidente, esta obligado a utilizar los EPIS. En el supuesto de que no esté incluido en la evaluación por ser un puesto creado con posterioridad a la evaluación o porque en el momento de la evalución se olvidara por la causa que fuere, se ha de incluir automáticamente a la mayor brevedad.
22 febrero, 2008 a las 07:00:31 en respuesta a: informacion de apoyo para actuaciones en emergencias #110668 Agradecimientos: 0En la misma tarjeta, van inscritas las normas y actuación de las personas en caso de emergencia. Esta inscripción tambien suele ir en las tarjetas que se entregan a las visitantes
En mi opinion es accidente in-itinere, el tiempo de almuerzo es igual al descanso para comer, ¿como lo tratarias si hubiera ocurrido mientras el trabajador va a su casa a al restaurante a comer para vovler a reanuedar la jornada por la tarde?
15 octubre, 2007 a las 06:10:26 en respuesta a: mentos y coca-cola: una reacción violenta. #125237 Agradecimientos: 0Previlingo, o tambien podiamos dejar de comer porque alguien se ha muerto de indigestion, no te jodes. Para respuetas absurdas mejor no contestar no?
Para ahorrarse dinero, pero eso solo ocurre si se le permite
23 abril, 2007 a las 05:25:28 en respuesta a: Tengo una pregunta para Uds. #144813 Agradecimientos: 0He leido bien?, vaya personaje que demuetras ser con el solo hecho de hacer este tipo de preguntas
Esta clarisimo. SANCION. No solamente infringe las norma de la empresa, si no que infringe la Ley en concreto la Ley 28/2005.
No aclaras donde fuma, si es fuera del área de pintura,(patio, sala, calle) o dentro del mismo área. De una forma u otra, o abandona el puesto de trabajo, que es sancionable, o peor lo hace dentro del área de pintura con el consiguiente riesgo de incendio por acumulación de gases y disolventes.
En cuanto al hecho de ir bebido, es motivo mas que suficiente para impedirle incorporarse al trabajo por su propia seguridad y la de los demás -
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