Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: rd 171/2004 #104716 Agradecimientos: 0
    mad hatter
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    noviembre 2006


    Igual que con cualquier otra empresa. En la práctica, la empresa que contrata puede prestarle su apoyo y completar algún punto flaco.

    Un saludo.

    en respuesta a: Mediciones #104403 Agradecimientos: 0
    mad hatter
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    noviembre 2006


    Si nos pones en contexto, alguien te podrá echar un cable, seguro.

    Un saludo.

    en respuesta a: enfermedad profesional o no? #106669 Agradecimientos: 0
    mad hatter
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    noviembre 2006


    Ya te comprendo. Es que con el nuevo cuadro está habiendo problemas escandalosos con eso. Ya tengo visto en prensa en varias ocasiones que una simple reclamación del sindicato ante la SS consigue el reconocimiento. Pero con estos temas, si no están muy muy claros, se puede acabar en los tribunales y no obtener ningún fruto. En este asunto, siento decir que las mutuas deben ir arrimando el hombro en la dirección que deben. Creo que se están investigando últimamente las enfermedades comunes desde el propio ministerio, así que lo mejor es tener paciencia y esperar que el cambio de mentalidad hacia el buen camino se produzca pronto.

    Creo que no debo ser más explícito, no vaya a ser que alguien se me enfade.

    Saludos.

    mad hatter
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    noviembre 2006


    Ya quedó dicho que no es una verdadera coordinación de actividades.

    mad hatter
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    noviembre 2006


    Totalmente de acuerdo con Sesh en cuanto a enviar copia de la evaluación al ayuntamiento y a la asociación.

    Igualmente acertado es su recomendación de un “consentimiento informado” de los voluntarios.

    Solamente un par de detallitos:

    Realmente no se trata de una verdadera coordinación de actividades empresariales, por lo que el documento donde se plasme la relación entre ayuntamiento y asociación sería, idealmente, un convenio de colaboración, donde debe quedar claro el reparto de responsabilidad civil y penal y los seguros que cubren la actividad voluntaria.

    Y por último, en cuanto a eliminar los riesgos, en realidad no se trata únicamente de poner un bozal, evidentemente. Por poner solamente un ejemplo, en una perrera siempre hay riesgo biológico difícil de evaluar (especialmente los primeras horas de estancia del animal).

    Suerte. Un saludo.

    en respuesta a: Medicion de polvo total #104781 Agradecimientos: 0
    mad hatter
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    noviembre 2006


    Lo siento pero no.

    Saludos.

    en respuesta a: enfermedad profesional o no? #106667 Agradecimientos: 0
    mad hatter
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    noviembre 2006


    1. Sí, claro.
    2. Ofrecer vacunación a los trabajadores.

    Un saludo

    en respuesta a: lavado de ropa #108950 Agradecimientos: 0
    mad hatter
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    noviembre 2006


    Hay exposición a agentes biológicos que no se usan de forma deliberada, y por lo tanto no es posible determinar con exactitud si en un momento concreto hay una agente de este o aquel nivel. Hay métodos de evaluación especiales y complejos para esto, te invito a que los uses.

    Pero lo que está claro que hay riesgo biológico (puede no ser por manipulación directa, pero está el aire y los fómites), así que, con el RD en la mano, la empresa debe facilitar ropa limpia y de uso exclusivo al trabajador, que no debería llevársela a casa en ningún caso.

    Un saludo

    en respuesta a: LEGIONELLA #108382 Agradecimientos: 0
    mad hatter
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    noviembre 2006


    Un instalador de aire acondicionado a pequeña escala suele instalar solamente equipos aire/aire, sin riesgo significativo de legionelosis. Creo que ese es tu caso, porque cualquier empresa que se dedique a instalar y sobre todo a mantener equipos aire/agua, que sí tienen riesgo, sabe lo que tú estás preguntando y tiene operarios formados con un curso homologado. En cuanto a riesgo de legionelosis procedente de otras fuentes, no considero que un instalador de equipos aire/aire tenga riesgo valorable, salvo en casos muy especiales (presencia de humectadores, etc.). Estaríamos hablando de instalaciones complejas, industriales o semiindustriales, y, nuevamente, dudo que si ese fuera el caso tú estuvieses preguntando en este foro.

    Un saludo

    en respuesta a: e coli #122823 Agradecimientos: 0
    mad hatter
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    noviembre 2006


    Tal vez las dimensiones del depósito sean excesivas para vuestro consumo. En todo caso, debes aplicar un mini sistema de autocontrol:
    – Comprobar calidad del agua de aporte
    – Limpieza y desinfección periódica del depósito
    – Cloración si es posible automática para 0,2 a 0,6 ppm de cloro residual permanentemente (te recomiendo 0,4 al menos)
    – Verificaciones analíticas
    En caso de no conformidades puedes revisar al alza la periodicidad de las limpiezas y desinfecciones del depósito, y/o aplicar un choque de hipercloración de las conduciones al estilo de lo reglamentado para legionella.
    Recomendable que estas operaciones sean llevadas a cabo por personal cualificado (ya sabes, el curso homologado.
    Y no olvides limpiar los difusores de puntos terminales. Igual te llevas una sorpresa.
    Un saludo.

    en respuesta a: Vacunación de Hepatitis B #124878 Agradecimientos: 0
    mad hatter
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    noviembre 2006


    Intentaré ser esquemático al dar mi opinión, y si quieres ampliar algún detalle dílo.

    Parto de la opinión, personal y discutible como todo, de que en la actividad que citas existe riesgo biológico asimilable a trabajos con aguas residuales, y por lo tanto susceptible de recibir el mismo procedimiento que el resto de actividades de anexo I.

    En primer lugar, yo creo que esta pregunta y las respuestas que va recibiendo son una clara muestra de que el RD 667/97 y su guía de aplicación solventaban la evaluación de riesgos en usos deliberados de agentes biológicos, pero no en los casos en que existe incertidumbre acerca de la presencia o no del agente en un momento determinado y en un lugar concreto, como es tu caso.

    Para realizar la evaluación de riesgos en estos casos es necesario dar un paso más allá. No ocurre solamente en estos puestos de trabajo, sino en muchos otros (el principal, por número de trabajadores expuestos, yo creo que podría ser el sector sanitario). Buscando una herramienta que evitase subjetividades en la evaluación de este tipo de puestos, encontré hace tiempo algo que te puede servir. Es un sistema baremado de evaluación desarrollado por la Generalidad Valenciana y que puedes encontrar en el vínculo

    Esta herramienta te puede resultar útil en todas las etapas de la evaluación:

    En primer lugar, sería necesario enumerar los peligros biológicos concretos de la actividad a estudiar, y esto no es fácil, ya que cada ambiente de trabajo es diferente. En el manual encontrarás listados orientativos por áreas de actividad similares a los de otros manuales en uso.

    Una vez tengas clara tu lista de peligros, la evaluación del riesgo tiene que contemplar los siguientes factores: cantidad de daño producido por el agente; vía de transmisión; tasa de incidencia de la enfermedad en los últimos años; adopción de medidas higiénicas y medios de protección; y tiempo de exposición al peligro en relación al total de la jornada laboral.

    La evaluación se realiza para cada agente. En la práctica, he visto artículos donde solamente se evalúan los agentes con una tasa de incidencia superior a 1/100000 y los de nivel IV.

    Para todos estos factores, la herramienta que te digo tiene procedimientos concretos y valores claros que resultan ser inputs en una fórmula matemática, sin ambigüedades.

    Uno de los factores con influencia en el resultado de la evaluación es el porcentaje de trabajadores vacunados para el agente en cuestión. Como en este caso esa es precisamente tu incógnita, puedes hacer dos simulaciones de evaluación, una con vacunación y otra sin ella, y analizar cómo influye en el riesgo. En el manual encontrarás la disponibilidad de vacunas, y con Salud Laboral puedes consultar, además de todo lo demás, claro, sobre todo la seguridad de la vacuna en cuestión.

    Hepatitis B? Yo modestamente pensaría antes en la A, que es la que preferentemente puede tramitirse en ese tipo de trabajos. Y estar al día de la protección antitetánica. Gripe? Por qué no? Este párrafo, de todas formas, es una opinión a bote pronto. Mi recomendación es que apliques a tu evaluación criterios objetivos similares a los que te he citado, ya que de esa manera tus decisiones siempre tendrán trazabilidad y evidencia científica de respaldo.

    Obligatorias, las vacunas? No. Tú las pones a disposición del trabajador, que voluntariamente las acepta o no.

    Espero que te sirva de ayuda. Un saludo.

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    en respuesta a: Limites Permisibles Agentes Biologicos #127284 Agradecimientos: 0
    mad hatter
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    noviembre 2006


    Interesante pregunta.

    Este tipo de control todavía no tiene legislación de obligado cumplimiento, y hay que basarse en normas ISO. Dependiendo de la actividad en la que trabajes, deberás manejar alguna o todas ellas.

    Ahí van estas:
    UNE-EN 13098: 2001. Atmósferas en el lugar de trabajo. Directrices para la medición de microorganismos y endotoxinas suspendidas en el aire.
    UNE 100012:2005 Higienización de sistemas de climatización
    UNE 100713:2005 Instalaciones de acondicionamiento de aire en hospitales.
    ISO 14644-1: 1999: Clasificación de la limpieza del aire
    ISO 14644-2:2000: Especificaciones de prueba y control para demostrar el continuo cumplimiento de la norma ISO 14644-1
    ISO 14644-3:2005: Metrología y métodos de ensayo
    ISO 14644-4:2001: Diseño, construcción y puesta en servicio
    ISO 14644-5:2004: Funcionamiento
    ISO 14644-6:2004: Términos y definiciones
    ISO 14644-7:2004: Dispositivos de separación
    ISO 14644-8:2006: Clasificación de la contaminación molecular aerotransportada
    UNE-EN ISO 14698-1:2004: Salas limpias y ambientes controlados asociados. Control de la biocontaminación. Parte 1: Principios y métodos generales (ISO 14698-1:2003).
    UNE-EN ISO 14698-2:2004: Salas limpias y ambientes controlados asociados. Control de la biocontaminación. Parte 2: Evaluación e interpretación de los datos de biocontaminación. (ISO 14698-2:2003)

    La norma que más se moja en cuanto a límites es la 100012, pero solamente en cuanto a considerar un conducto limpio después de una higienización; es más bien una normalización de los métodos de limpieza. En la mayoría de los casos, la idea que debes extraer es que hay que poner en pie un sistema de autocontrol, y para ello te puedes basar en alguno de los métodos reconocidos internacionalmente, tales como el APPCC, que ofrece una herramienta con la que identificar las fuentes potenciales de contaminación, analizar los peligros evaluando el riesgo asociado, identificar las medidas preventivas aplicables y los medios de monitorización del buen funcionamiento del proceso. En el seno de esta herramienta global existen métodos para evaluar los datos microbiológicos, pero de forma normalizada y solamente como un medio más de monitorización. En muchos casos será más importante poder demostrar la estanqueidad, la presión diferencial y la fecha de los cambios de filtros que el dato microbiológico en sí. Si necesitas más información, puedes seguir preguntando.
    Un saludo

    mad hatter
    Participante
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    noviembre 2006


    Hola:

    La guía del Ministerio se compone de varios archivos pdf bastante voluminosos. Debes descargarlos con una línea de alta velocidad.
    El vínculo ya te lo han dado:

    Esta guía es muy buena en todos los aspectos. Me ha gustado especialmente la metodología de evaluación de riesgos de la instalación, muy aplicable en la práctica.

    No pierdas de vista tampoco la excelente guía de la Comunidad de Madrid, en el vínculo
    Excelentes sus cuadros resumen sobre periodicidad de operaciones de mantenimiento.

    También muy interesante la página al respecto del Gobierno de Canarias,

    Estos documentos dan una idea práctica de lo que pide un inspector a una instalación, y por lo tanto son de mucha ayuda en el diseño de un plan.

    Espero que te sea de ayuda. Un saludo.

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    en respuesta a: ANIMALES DE EXPERIMENTACIÓN #128177 Agradecimientos: 0
    mad hatter
    Participante
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    noviembre 2006


    Bueno, aun cuando no especificas el objeto de la experimentación, para responder a esa pregunta te basta con unir dos disposiciones legales que son de aplicación en el trabajo con animales de experimentación: el RD 1201/2005, que se centra más en la deontología, bienestar, etc.; y el RD 664/1997, de sobra conocido en este foro, y que incluye esta clase de trabajo en el anexo I. Con unir estos dos RD's yo creo que no necesitas mucho más para poner a los animales donde corresponde.

    Un saludo.

    en respuesta a: VETERINARIA EMBARAZADA #131289 Agradecimientos: 0
    mad hatter
    Participante
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    noviembre 2006


    En todo caso, tu jefe está obligado a evaluar nuevamente el riesgo y plantear las medidas preventivas que considereis necesarias para controlarlo.

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