Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: ASUNTO DELICADO: CALZADO DE SEGURIDAD #119778 Agradecimientos: 0
    JOSÉ CARLOS HERNÁNDEZ
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    febrero 2017

    Iniciado

    Hola, en la empresa para la que trabajo, el uso de calzado de seguridad es obligatorio. Aún más, es obligatorio el uso de botas de seguridad en vez de zaoatos, después de un estudio interno que evidenciaba que el nº de esguinces como consecuencia de accidentes de trabajo disminuía con el uso de botas en vez de zapatos.
    Dicho esto, la empresa se muestra flexible en el modelo de botas de seguridad escogido. Tenemos 4 modelos validados por nuestro Servicio de Prevención y son los operarios los que eligen 1 de ellos.
    Ventajas: no es un modelo “impuesto” sino que es elegido por cada trabajador.
    Francamente, la diferencia de precio entre los modelos (30€ entre el modelo más caro y el más barato) no es significativa.

    JOSÉ CARLOS HERNÁNDEZ
    Participante
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    febrero 2017

    Iniciado

    Todo lo que expondré a continuación se refiere a enfermedades no profesionales, es decir, cuyo origen no está en las condiciones de trabajo.
    Una vez declarado un trabajador NO APTO (esto sólo lo puede hacer un médico) , la empresa sólo tiene 2 posibilidades:
    1- Cambiar al trabajador a otro puesto de trabajo para el que sí sea considerado APTO.
    2- Despido. Ojo, que el despido puede ser considerado procedente, si la empresa declara que no tiene un puesto de trabajo adaptado a las características personales de este trabajador.
    Los médicos se cuidan mucho de calificar a alguien como NO APTO. Suelen sustituirlo por APTO CON RESTRICCIONES.
    Saludos.

    JOSÉ CARLOS HERNÁNDEZ
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    febrero 2017

    Iniciado

    Buenas tardes. Tu hándicap es la experiencia pero no siempre lo es. Algunas empresas con buena cultura preventiva prefieren dar formación a lo técnicos que se incorporan antes que contratar a técnicos “viciados” por entornos de trabajo nocivos. Mi consejo: huye de las empresas cuya cultura preventiva es nula. De acuerdo, tendrás trabajo, pero te sentirás frustrada. En la entrevistas de trabajo podrás evaluar la cultura preventiva de la organización y decidir si te interesa o no trabajar allí. Utiliza internet, redes sociales, comunicación corporativa, linkedin. ¡Y no te desanimes! ¡Suerte!

    en respuesta a: Revisión y mantenimiento de extintores #437309 Agradecimientos: 0
    JOSÉ CARLOS HERNÁNDEZ
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    febrero 2017

    Iniciado

    Buenos días. Te explico mi experiencia con la empresa que nos revisa los extintores en la fábrica en la que trabajo.La revisión consiste en comprobar que la presión es correcta y que la manguera y la boquilla y sus uniones están en buen estado. En cuanto a la presión ignoro si sólo miran que la presión que indica el manómetro está en el rango previsto o si comprueban, además, que el manómetro funciona. Todo esto lo pueden hacer “in situ” sin necesidad de llevarse el extintor. Sólo se llevan un extintor si no tiene presión (es decir, ha sido utilizado y tiene que ser rellenado) o si toca el retimbrado. Si la boquilla, manguera o las uniones no están bien, lo cambian in situ. Si se llevan algún extintor, tienen que dejar otro en sustitución, lógicamente.

    en respuesta a: Verguenza ajena por mala coordinación #437269 Agradecimientos: 0
    JOSÉ CARLOS HERNÁNDEZ
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    febrero 2017

    Iniciado

    @Oskar76 wrote:

    Buenas tardes, compañera Teresa

    Espero que no te moleste pero creo que antes de juzgar, hay que estar seguro:

    – Sobre el tema de la Evaluación: con todos los respetos ¿Quien es nadie, salvo el Servicio de Prevención (bien sea propio o bien sea ajeno) de la empresa y la Inspección de Trabajo, para determinar si una evaluación está bien o mal elaborada? Cualquier injerencia en este sentido por parte de terceros o clientes, no es una actuación correcta. Sólo la ITSS (ya que el propio Servicio de Prevención no va a decir que no está bien) tiene la potestad para valorar este punto. Además, ¿por qué entrar en a mirar ese punto¿? A los terceros sólo les debe interesar los riesgos que pueden afectarles, y no la ERL en sí.

    – Sobre el tema de los registros de EPIS: Siendo puristas, no tendríamos por qué tener si quiera un registro (ni el inicial) de entrega de los mismos. La Ley, al igual que con la formación, sólo exige al empresario su entrega, no su registro. Si no exige su registro, mucho menos lo hará que sea de forma anual (hay EPIS que incluso no caducan más que por desgaste -unas botas de seguridad, por ejemplo- y pueden durar varios años en función de su uso. Así que, aquí también tienen razón.

    – Como cliente: si en la ERL no me recoge riesgos graves a terceros, y se me ha certificado la formación e información…. y salvo que estemos hablando de propia actividad, no tengo nada que revisar, y lo puedo hacer perfectamente en 5 minutos, si no se trata de una empresa excesivamente grande.

    Lo dicho, espero que no te enfades, pero en este caso, si estamos hablando de CAE del RD 171/2004 y no siendo propia actividad, no creo que se haya actuado del todo mal (con los datos que podemos manejar desde el foro, claro está).

    Saludos

    Hola, Oskar.
    Estoy de acuerdo con Teresa.
    Dices que sólo el servicio de prevención (propio o ajeno) y la inspección de trabajo tienen la “potestad” de determinar si la EVR está bien o mal hecha. Craso error que viene de una concepción equivocada sobre los fundamentos de la evaluación de riesgos. Estamos acostumbrados, mal acostumbrados, a que la EVR sea un documento “guisado” en la cocina de los servicios de prevención, en la mayoría de los casos ajenos, tras una o varias visitas al centro de trabajo. El resultado es un documento que tiene mucho de “corta y pega” y poca utilidad puesto que se ha hecho con el objetivo de “cumplir la norma” y no de proteger a los trabajadores. Luego, la fase de comunicación de esa EDR a los trabajadores suele limitarse a colgar el documento en las proximidades de cada puesto de trabajo.¿Es esa la manera de gestionar los riesgos laborales? No, a mi juicio. La EDR requiere la participación de todos (SP, trabajadores, responsables,…). Requiere información y formación a todos los actores. Requiere compromiso por parte de toda la jerarquía de la empresa.
    Por otro lado, tampoco estoy del todo de acuerdo con tu visión sobre la gestión de los EPI. Nuevamente vas al texto legal y cumpliendo la ley te basta. Los fabricantes de EPIs dan recomendaciones sobre su uso y, en algunos casos, sobre su caducidad, en función del uso. ¿Cómo gestionas todo eso si no llevas un control de los EPIs?Fecha de entrega, fecha de caducidad,….
    Saludos.

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