Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: consulta sobre prevencion #400263 Agradecimientos: 0
    JC5
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    febrero 2008


    120 € no vale ni el papel para hacer la documentacion necesaria para gestionar el sistema de prevencion. Quizas si le apretas un poco al SPA, te cobran en aceite o invierten en tu plantacion.

    Mae, mia, mae mia.

    en respuesta a: Reconocmiento medico obligatorio?? #394807 Agradecimientos: 0
    JC5
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    febrero 2008


    Me parece un poco arriesgado decir con tanta rotundidad que los desmayos no son sintomas de una enfermedad profesional.

    en respuesta a: Reconocmiento medico obligatorio?? #394801 Agradecimientos: 0
    JC5
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    febrero 2008


    Artículo 196 Ley general de la Seguridad Social. Normas específicas para enfermedades profesionales.

    1. Todas las empresas que hayan de cubrir puestos de trabajo con riesgo de enfermedades profesionales están obligadas a practicar un reconocimiento médico previo a la admisión de los trabajadores que hayan de ocupar aquéllos y a realizar los reconocimientos periódicos que para cada tipo de enfermedad se establezcan en las normas que, al efecto, dictará el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

    2. Los reconocimientos serán a cargo de la empresa y tendrán el carácter de obligatorios para el trabajador, a quien abonará aquélla, si a ello hubiera lugar, los gastos de desplazamiento y la totalidad del salario que por tal causa pueda dejar de percibir.

    3. Las indicadas empresas no podrán contratar trabajadores que en el reconocimiento médico no hayan sido calificados como aptos para desempeñar los puestos de trabajo de las mismas de que se trate. Igual prohibición se establece respecto a la continuación del trabajador en su puesto de trabajo cuando no se mantenga la declaración de aptitud en los reconocimientos sucesivos.

    4. Las disposiciones de aplicación y desarrollo determinarán los casos excepcionales en los que, por exigencias de hecho de la contratación laboral, se pueda conceder un plazo para efectuar los reconocimientos inmediatamente después de la iniciación del trabajo.

    en respuesta a: LO QUE HAY QUE AGUANTAR! #394668 Agradecimientos: 0
    JC5
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    febrero 2008


    Totalmente de acuerdo contigo.

    Yo soy de Murcia, y el problema que veo es que no tenemos un colegio de Tecnicos en PRL, por lo cual no tenemos una fuerza conjunta, como ellos que si tienen sus asociaciones, reuniones de piratas las llaman ellos mismos.

    Creo que deberiamos hacer un esfuerzo y crear Colegios u organizaciones regionales, confederadas a nivel nacional, donde podamos dignificar y defender nuestro trabajo.

    Por cierto, yo tambien hago muchas tareas no tecnicas, mas de las que deseo.

    Un saludo.

    en respuesta a: CALCULO DEL RATIO TRABAJADORES / TECNICO #384938 Agradecimientos: 0
    JC5
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    febrero 2008


    Hola:

    Podrias pasarme la hoja de calculo, mi jefe me ha capado el prevengos, no puedo verlo, y no me fio.

    en respuesta a: UN EJEMPLO PRACTICO #375053 Agradecimientos: 0
    JC5
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    febrero 2008


    Seguramente el gruista ya habra caido en altura, y estara aplastado con los tubos….. pero seguir asi.Que las cosas salgan bien, no quiere decir que salgan bien siempre.

    en respuesta a: REQUISITOS FORMADOR #365379 Agradecimientos: 0
    JC5
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    febrero 2008


    Hola:

    Es necesario contar con un Coordinador de seguridad a la hora de acreditarse, aunque no se para que, pues luego puede dar los cursos hasta un tecnico intermedio.

    en respuesta a: MEDICIONES EN GASOLINERAS #360928 Agradecimientos: 0
    JC5
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    febrero 2008


    Benceno.

    JC5
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    febrero 2008


    Minimo REQUERIDO 200 lux, RD 486/97.

    en respuesta a: SERVICIO DE PREVENCIÓN AJENA #355364 Agradecimientos: 0
    JC5
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    febrero 2008


    Mejor un mancomunado. Feliz veintediez.

    en respuesta a: Reflexión sobre las comptencias de los técnicos #350469 Agradecimientos: 0
    JC5
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    febrero 2008


    Me hacéis pensar, y eso no es bueno, ya me dice mi jefe que el piensa por los dos.

    Aunque no soy licenciado en historia, y pese a la opinión de alguno, es esta materia la que nos puede dar la clave de la situación actual de la prevención. Cuando empezaron a acreditarse servicios de prevención, años 90 y 2000, que tipos de empresarios dirigían los SPA? que evaluaciones se realizaban? que precios se cobraban? y que servicios se prestaban?. LLevo 3 años y medio trabajando en el mismo SPA, y deciros que me da vergüenza mirar hacia atrás y ver mis primeras evaluaciones, las cuales se basaban en el sistema implantado tantos años de información y formación, información y formación, mediciones higiénicas 0 patatero, formación especifica a los trabajadores 0.

    Actualmente pienso que las empresas que quieren realizar prevención real, y no reacción preventiva, lo hacen, y por suerte tengo algunas que piensan así, aunque lamentablemente tengo muchas que lo que buscan son los precios más baratos y que no les molestes muchos, ni hagas perder tiempo a sus trabajadores.

    Cuando alguien en este país diga cuantas empresas puede llevar un TPRL, en función del número de trabajadores y actividad, se mejorara bastante

    en respuesta a: PROGRAMAS DE SEGURIDAD BASADOS EN EL COMPORTAMIENTO #345997 Agradecimientos: 0
    JC5
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    febrero 2008


    Hola Alcondor sino te importa es un tema que me interesa mucho y me gustaria que me lo enviaras también. Mi direccion es te estaria muy agradecido. Gracias de antemano.

    en respuesta a: SORDOMUDO EN LA CONSTRUCCION #332772 Agradecimientos: 0
    JC5
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    febrero 2008


    Tengo claro que hay que darle una formación personalizada a sus características.

    Lo que no tengo claro es que deba realizar una evaluación personalizada para ese trabajador, no existe una declaración de incapacidad por parte de la administración, ni por parte del medico de empresa. Si el medico le hubiera otorgada un apto con restricciones lo tendría mas claro, pero de esta manera me parece estoy dejando al medico con el culo al aire, no lo tengo claro y con esto menos:

    Ley 31/1995 – Artículo 25: Protección de trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos
    1. El empresario garantizará de manera específica la protección de los trabajadores que, por sus propias características personales o estado biológico conocido, incluidos aquellos que tengan reconocida la situación de discapacidad física, psíquica o sensorial, sean especialmente sensibles a los riesgos derivados del trabajo.
    A tal fin, deberá tener en cuenta dichos aspectos en las evaluaciones de los riesgos y, en función de éstas, adoptará las medidas preventivas y de protección necesarias.

    Los trabajadores no serán empleados en aquellos puestos de trabajo en los que, a causa de sus características personales, estado biológico o por su discapacidad física, psíquica o sensorial debidamente reconocida, puedan ellos, los demás trabajadores u otras personas relacionadas con la empresa ponerse en situación de peligro o, en general, cuando se encuentren manifiestamente en estados o situaciones transitorias que no respondan a las exigencias psicofísicas de los respectivos puestos de trabajo.
    2. Igualmente, el empresario deberá tener en cuenta en las evaluaciones los factores de riesgo que puedan incidir en la función de procreación de los trabajadores y trabajadoras, en particular por la exposición a agentes físicos, químicos y biológicos que puedan ejercer efectos mutagénicos o de toxicidad para la procreación, tanto en los aspectos de la fertilidad, como del desarrollo de la descendencia, con objeto de adoptar las medidas preventivas necesarias.

    en respuesta a: SORDOMUDO EN LA CONSTRUCCION #332770 Agradecimientos: 0
    JC5
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    febrero 2008


    Habría entonces que realizar una evaluación de riesgos individual del trabajador considerándolo especialmente sensible ?

    en respuesta a: SORDOMUDO CONSTRUCCION APTO 100 POR 100 #332780 Agradecimientos: 0
    JC5
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    febrero 2008


    Habría entonces que realizar una evaluación de riesgos individual del trabajador considerándolo especialmente sensible ?

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