Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: OBLIGACION DE TRABAJADOR DESIGNADO #317262 Agradecimientos: 0
    Iñakiper
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    diciembre 2003


    Gracias por tu explicación. En la práctica, no tengo asumida ninguna de las especialidades. Aunque es una empresa de riesgo bajo, todas las especialidades las asume el SPA y yo lo que hago es llevar a la práctica o hacer realidad las consideraciones preventivas que diseña el SPA en la evaluación de riesgos y a través de la planificación preventiva. Por tanto, aunque en le curso que realicé nos dijeron que esa figura era el trabajador designado, mis funciones son más de enlace o coordinador con el SPA. Dicho esto, la pregunta sigue siendo, ¿para realizar esta tarea de coordinación es necesaria la formación de nivel básico?

    en respuesta a: Delegados de Prevencion #198999 Agradecimientos: 0
    Iñakiper
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    diciembre 2003


    En esta cuestión, creo que habría que distinguir entre la legalidad y la conveniencia. Para mí, el primer punto de partida es si se trata de una situación legal o ilegal. ES LEGAL. Donde podríamos discutir es sobre la conveniencia o no que coincidan ambas funciones en la misma persona. Creo que en empresas pequeñas no hay mayor inconveniente. En las empresas grandes, con gran número de trabajadores, máquinas, etc.; ya no pienso lo mismo.

    en respuesta a: Delegados de Prevencion #198996 Agradecimientos: 0
    Iñakiper
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    diciembre 2003


    Por aportar datos a este post, tras las respuestas dadas por algunos. Existen casos en que el delegado de prevención y el trabajador designado son la misma persona. Por ejemplo, yo soy uno de ellos…y es legal. Solicité por escrito una respuesta al INSHT donde pedía que me dijeran si se podía permitir tal situación o era una ilegalidad. La respuesta fue que no está contemplada que esta situación sea ilegal y, por tanto, no había impedimento. Guardo ese escrito como oro en paño.

    en respuesta a: Nuevo Formato Preventión – World #202673 Agradecimientos: 0
    Iñakiper
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    diciembre 2003


    Totalmente de acuerdo contigo. A mí me pasa igual, igual es que soy un poco torpe.

    en respuesta a: Vacaciones y prevención #211749 Agradecimientos: 0
    Iñakiper
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    diciembre 2003


    A estas alturas de la temporada, el depósito de gasolina ya lo tengo en reserva, por ello, estas carcajadas arrancadas leyendo tus consejos, me darán fuerzas extras para sobrellevar los 10 días que me quedan para marcharme al interior. Sí, yo tampoco quiero que me pidan delfines. Muchas gracias, Castañito.

    Iñakiper
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    diciembre 2003


    Aparte de las respuestas que te puedan dar aquí, te aconsejo también que plantees la cuestión en dos foros de derecho laboral. Sus enlaces son:

    Espero que te sean de ayuda. Suerte.

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    en respuesta a: PRIMEROS AUXILIOS #218111 Agradecimientos: 0
    Iñakiper
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    diciembre 2003


    En mi empresa, la Vigilancia de la Salud nos la lleva una Mútua y la formación en Primeros Auxilios la desarrolla el SPA, pero como cuota aparte del concierto. Un saludo.

    en respuesta a: los serv. de prev. no dan la formacion!!!!! #221438 Agradecimientos: 0
    Iñakiper
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    diciembre 2003


    Pues el SPA que venía a mi empresa, consideraba dar formación el repartir unas fotocopias y eso, después de insistir mucho en que dieran la formación. Para mí, repartir fotocopias es dar información pero no es dar formación.

    en respuesta a: Comunidad de propietarios #222175 Agradecimientos: 0
    Iñakiper
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    diciembre 2003


    Hola.

    Te transcribo la respuesta que dió el INHST a una cuestión parecida:

    Asunto: Comunidades de propietarios de viviendas

    Pregunta: ¿Las comunidades de propietarios de viviendas pueden ser consideradas como empresas a efectos de aplicación de la normativa de prevención de riesgos laborales?

    Respuesta: Es en las empresas muy pequeñas donde las dificultades y desinformaciones relativas a la aplicación de la normativa de prevención son más frecuentes. En algunos casos los problemas se derivan de las dudas respecto a la propia consideración de sujeto con obligaciones. En particular, las comunidades de propietarios suelen “no caer en la cuenta” de que pueden, en algunos casos, tener las mismas obligaciones que un pequeño comercio o taller, por ejemplo.

    Es conveniente, por tanto, aclarar que, cuando la Comunidad de Propietarios cuenta con algún trabajador asalariado se convierte a todos los efectos en una empresa a la que se le aplica la normativa de prevención de riesgos laborales. Así, empleados de fincas urbanas, jardineros u otros empleados son titulares del derecho a la salud y seguridad en el trabajo con idéntico alcance que el resto de los asalariados. De esta forma la empresa (Comunidad de Propietarios) con los medios de que disponga (generalmente externos) debe evaluar riesgos, tomar medidas de controlo reducción de éstos, facilitar información y formación y, en su caso, vigilancia de la salud.

    Pero, en todo caso, estas obligaciones son de aplicación sólo a comunidades de propietarios con asalariados contratados. Si no cuentan con empleados no tienen esas obligaciones.

    Si la trabajadora está directamente contratada por la Comunidad, ésta deberá contratar un Servicio de Prevención Ajeno para realizar las tareas preventivas. Si el contrato está suscrito con una empresa de limpieza, se aplicaría el RD 171/2004 de coordinación de actividades.

    Espero que sea la respuesta que necesitas. Un saludo.

    en respuesta a: Mútuas o Privadas? #224724 Agradecimientos: 0
    Iñakiper
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    diciembre 2003


    Si no tienes más remedio que acudir a ellos, vas a sufrir la misma falta de dedicación en ambos casos.

    en respuesta a: DUDA SOBRE ORGANOS REPRESENTATIVOS #225090 Agradecimientos: 0
    Iñakiper
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    diciembre 2003


    Buenos días, José. Ya que te permites el derecho de insultar, al menos te agradecéría que razonases dónde está la pedantería. En una conversación con un amigo, llegamos a un punto dónde tenemos dudas y como no sabemos cuál es la respuesta correcta, la expongo en el foro. ¿He cometido algún pecado por ello? Por cierto, veo que también te das el gusto de insultar al resto, tú mismo.

    Al resto de compañeros, gracias por vuestras opiniones.

    en respuesta a: registro delgados #224977 Agradecimientos: 0
    Iñakiper
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    diciembre 2003


    Efectivamente. Has de ir a la c/Sepúlveda esquina con Villarroel a la Subdirección General de Condiciones del Trabajo (3ª planta) y solicitar el impreso (es gratuito) y luego lo has de entregar rellenado en el Departament de Treball en la ventanilla del registro de elecciones sindicales. Un saludo.

    en respuesta a: Planes y programas de actuación preventiva #225135 Agradecimientos: 0
    Iñakiper
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    diciembre 2003


    en respuesta a: AYUDA CON INFORMACION #225586 Agradecimientos: 0
    Iñakiper
    Participante
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    diciembre 2003


    Siguiendo la línea de lo expresado por los demás compañeros, darte el pésame por tan sensible pérdida y ponernos a tu disposición en lo que buenamente podamos. Junto con las cuestiones que te han comentado ya, también puedes recabar información sobre si tenían un servicio de prevención contratado o cuál era la modalidad preventiva que tenían adoptada, si tenían realizada la evaluación de riesgos, si estaban informados los trabajadores de la misma, si habían recibido información sobre las medidas preventivas a adoptar en cada proceso de trabajo. Por ejemplo, dado que el accidente se produjo en el interior del silo, ¿había un protocolo de trabajo para los trabajos a efectuar en el silo? Toda esta información puedes intentar averiguarla a través de los compañeros. Si en la empresa hay Comité de Empresa también puedes ponerte en contacto con ellos para saber qué actuaciones van a desarrollar. De momento se me ocurre esto. Espero que otros compañeros amplíen esta información. Un fuerte abrazo.

    en respuesta a: CONTRATO CON UN SPA #226687 Agradecimientos: 0
    Iñakiper
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    diciembre 2003


    Don Prevencio, justamente esa es la cuestión, que sólo quieren hacer constar a 45 cuando la plantilla es de 90. O sea, sólo tengo dinero para pagar la cuota de 45, pues te contrato para 45. Yo creo que no es correcto. Y por la respuesta que Ud. me ha dado, creo que estoy en lo cierto, la prevención ha de cubrir a los 90. Gracias por su interés.

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