- Este debate tiene 23 respuestas, 16 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 18 años, 3 meses por pako86.
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Puede un delegado de prevencion hacer la evaluación de riesgos
No. miralo aqui: hay q tener por lo menos el nivel basico de prl y ejercer como tal. el delegado es el intermediario entre el jefe y los trabajadores o entre los trabajadores y el SP
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Entra o regístrate para ver los enlaces El delegado de prevención ya tiene sus funciones definidas, pero… ¿y si tubiera la titulación de tecnico intermedio? supongo que estaria capacitado para hacerla, solo que deberia asumir la firma y la reponsabilidad el empresario, o ¿no?.
Si alguien puede ampliar el tema que lo haga, por que a mi tambien me interesa. Chao y un saludo a todos.SI CUENTAS CON LA EXPERIENCIA PROFESIONAL Y LA AUTORIZACION ADECUADA ES FACTIBLE, DEBES VERIFICAR LA LEGISLACION LOCAL SI TE AUTORIZA A REALIZAR ESTE TIPO DE ACCIONES, YA QUE ESTAS VARÍAN MUCHO DE UN SITIO A OTRO, FELICIDADES Y ANIMO ESTE INICIO DE AÑO
La evaluación de riesgos es una competencia legalmente atribuida al Servicio de Prevención (propio o ajeno) o al trabajador designado.
En pequeñas empresas de menos de 6 trabajadores podrá asumirla “personalmente” el propio empresario si cuenta con la cualificación necesaria para ello.
Por tanto a un “delegado de prevención ” no le compete ni está facultado para realizar evaluaciones de riesgos. Otra cosa, como han apuntado, es que en empresas de menos de 6 t. el empresario “firme” la evaluación efectuada por un “técnico en prevención ” (que no un delegado) asumiendola como propia (para lo cual creo yo debiera acreditar, además, alguna formación de acuerdo con lo indicado en la ley -art. 30.5 LPRL)Axouxere: Tu pregunta tiene varias respuestas.
Si sólo es Delegado de Prevención sin mayor preparación le corresponde colaborar en la evaluación de riesgos y otras acciones preventivas.
Si es técnico de prevención nivel básico, puede realizar las evaluaciones más sencillas.
Si es técnico medio puede realizar las evaluaciones no complejas.
Si es técnico superior puede con las evaluaciones complejas y no mecánicas.
LPRL art 33, reg SP art 35/36/37. Un saludo Jopar.Un delegado de prevención en una empresa aunque esté habilitado por su formación para realizar evaluaciones de riesgos, como delegado no puede hacerlas. En tal caso las podría hacer como trabajar designado pero si así fuera, no podría ser al mismo tiempo delegado de prevención pues este representa a los trabajadores y el trabajador designado va por parte de los empresarios. Las funciones de los delegados de prevención nunca serán las de realizar evaluaciones de riesgos
el cargo no esta ligado a la capacidad profesional. por lo tanto depende mucho del nivel de preparación academica para que sea facultado en una actividad u otra.
Depende aquien quieres hacerle la evaluacion, a tu empresa o a una particular, tienes los requisitos de ley (estudios,etc.)para realizar la misma, si es en tu empresa puedes colaborar junto con el departamento encargado de describir las deficiencias de riesgos en las actividades, pero hacerla directamente no se puede porque a quien evaluaras, al patron o a los empleados
Comparto la opinión de A. Torres. Son dos funciones completamente incompatibles, independientemente de la formación del delegado. La función de los delegados es “vigilancia y control de la normativa de prevención”, mientras que la evaluación debe ser realizada por el servicio de prevención y en cierta manera supervisada por los delegados.
Además, ¿por qué complicarse la vida?. Las competencias y facultades de los Delegados de Prevención vienen muy claras en el artúclo 36 de la ley de PRL y son las que son y las que están y nada más
No veo por que no siempre y cuando cumpla con los requisitos legales en cuanto a su formación y el sistema preventivo escogido por la empresa. En este caso el sistema debería ser el de trabajador designado; estaría doblemente designado, por el empresario y por los trabajadores como delegado de prevención.
A los que decís que os planteo una pregunta: quien creéis que hace las evaluaciones en los servicios de prevención ajenos? otro SPA? no lo creo, lo habitual es que las realice uno de los técnicos de la plantilla, que, en caso de que la empresa tenga suficientes trabajadores, no podría ser el delegado de prevención si el resto de sus compañeros así lo quieren?.
Un saludo.Efectivamente, un delegado de prevención puede, también, ser trabajador designado o incluso miembro del servicio de prevención, conozco algún caso real. Pero en estos casos el “delegado” haría o podría hacer la evaluación no como delegado, amigo, sino como trabajador designado. No tergiversemos.
yo lo veo como vosotros tino y carlos, además, seguro que ese “personaje” que participa en ambos campos, actuando en un lugar representando a los trabajadores y por otro trabajando como tecnico para la empresa, si es lo suficientemente onesto, es el que tiene más datos de dota la empresa, asi que la evaluación seria la más completa por que recogeria todos los supuestos y todas las opiniones, quizá seria el que mas se ajustaria a la realidad.
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