Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Medios Humanos de un SPM #435988 Agradecimientos: 0
    Havi
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    1
    octubre 2003


    ¿Y no sería más lógico que la enfermera que está ya contratada 8 horas pase las 8 al SPM y que la nueva a contratar media jornada sea la que preste el servicio Asistencial? con el añadido que no haría falta que fuera especialista, por lo que el sueldo probablemente fuera inferior… 😉

    en respuesta a: Reforma Laboral #416332 Agradecimientos: 0
    Havi
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    1
    octubre 2003


    Donde pone Art. 54 debería poner Art. 56

    en respuesta a: Coordinador y seguro #415047 Agradecimientos: 0
    Havi
    Participante
    1
    octubre 2003


    Supuesto “1” que se garantizaría con un registro público centralizado de Técnicos Competentes y sin ningún impuesto revolucionario de por medio.

    Supuesto “2” que no deja de ser un requisito formal q no aporta ningún valor.

    Y ahora que ya he hablado de mi libro les dejo con su interesante conversación

    en respuesta a: PERDIDA DE DIPLOMA ES ESPECIALIDAD ERGONOMÍA #414434 Agradecimientos: 0
    Havi
    Participante
    1
    octubre 2003


    El INSHT no tiene nada que ver en este tema. En sus preguntas frecuentes, como bien ha explicado un compañero en una de las respuestas anteriores, se aclara que es una competencia autonómica y que ellos no guardan registro de nada.

    en respuesta a: PERDIDA DE DIPLOMA ES ESPECIALIDAD ERGONOMÍA #414430 Agradecimientos: 0
    Havi
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    1
    octubre 2003


    Lo que tu mencionas es la acreditación del centro de formación, pero además en mis diplomas aparece un sello que textualmente pone:

    “Gobierno del Principado de Asturias”
    “Consejería de Industria y Empleo”
    Fecha
    Registro de Técnicos de Prevención
    Mi número de registro

    Y más abajo añade: “La presente certificación queda inscrita en el Registro constituido al efecto en la Dirección General de Trabajo y Salud Laboral”

    Número de registro que es el mismo (obviamente) para mis 3 diplomas con las tres especialidades (y por cierto, es bajísimo… que viejo soy…)

    Sigue investigando en la junta en algún teléfono de atención al ciudadano hasta que alguien se moleste en darte una solución

    en respuesta a: PERDIDA DE DIPLOMA ES ESPECIALIDAD ERGONOMÍA #414428 Agradecimientos: 0
    Havi
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    1
    octubre 2003


    La consejería de Trabajo y la de Empleo son la misma, no?

    En mi caso tengo dos números de registro, uno de la parte común (técnico intermedio a principios del 2000) y después otro como TSPRL donde me fueron incluyendo el resto de las especialidades según las iba obteniendo, todo esto en Asturias, pero en el resto de España debería ir igual…

    Evidentemente necesitas que la empresa estuviera homologada para realizar esa formación, sino no te serviría de nada el título porque no te acreditaría para ejercer ninguna actividad en el ámbito de la prevención.

    en respuesta a: PERDIDA DE DIPLOMA ES ESPECIALIDAD ERGONOMÍA #414426 Agradecimientos: 0
    Havi
    Participante
    1
    octubre 2003


    La consejería de trabajo de tu CC.AA. tiene que mantener un registro actualizado de todos los TSPRL correspondiendo a cada técnico un número de registro y ahí constan las especialidades para las que está acreditado.

    Ese papel del registro tiene más validez legal que cualquier título, solicíta tu número y una copia y asunto resuelto.

    en respuesta a: ERES EN EMPRESAS #410040 Agradecimientos: 0
    Havi
    Participante
    1
    octubre 2003


    Eso explícaselo a los que en este foro dicen que ejerciendo como autónomos estaríamos mucho más protegidos de las “presiones de los empresarios”, si es que…

    en respuesta a: COLEGIO TECNICO PROFESIONAL #409770 Agradecimientos: 0
    Havi
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    1
    octubre 2003


    Claro, no hay ningún profesional liberal que se pliegue a los dictados de su cliente… eso nunca se ha visto ni se verá…

    Roza lo risible el argumento

    en respuesta a: Despedido #409706 Agradecimientos: 0
    Havi
    Participante
    1
    octubre 2003


    Como te han dicho tienes una serie de derechos que te protegen como técnico de Servicio de Prevención Propio.

    Asesorate con un buen abogado laboralista e intenta defender tu posición todo lo que la normativa te permita.

    Ahora mismo en el paro hace mucho mucho frío, no seas ingenuo y piensa un poco en ti.

    en respuesta a: Coordinadores en fase de ejecucion #408394 Agradecimientos: 0
    Havi
    Participante
    1
    octubre 2003


    Y yo he dicho algo distinto a lo que tú dices????

    Repito: ni soy CSS, ni trabajo en obra, ni quiero echar a gente de ninguna obra, ni nada de nada.

    El post de Xirgu y el que acabas de escribir tú, son razonables y estupendos, pero yo solo contestaba a los de Pcon, que acusaba a un forero de incompetente (normativamente) y afirmaba que los Ingenieros e Ingenieros Técnicos no podían ser CSS además de amenazar con denuncias a la Inspección de Trabajo.

    Le intenté explicar que está mal acusar sin pruebas, que los Ing. e Ing. Técnicos si pueden ser CSS en determinadas circunstancias y que además la Inspección de Trabajo deja claro en un Criterio Técnico que no es la adecuada para dirimir estos conflictos.

    Y aquí me retiro del tema, para hablar de los aspectos concretos del día a día de la profesión de CSS estáis los que os dedicais a ello, yo no puedo aportar nada en ese campo.

    en respuesta a: Coordinadores en fase de ejecucion #408396 Agradecimientos: 0
    Havi
    Participante
    1
    octubre 2003


    Pues si, ni soy CSS ni me he acercado en mi vida a una obra (espero que esto siga así por muchos años), pero mira, aún así se que:

    – Una autovía, viaductos de las mismas, ampliaciones de puertos,… las hacen los Ing. de Caminos y los I.T. Obras Públicas.

    – Los túneles del AVE, aparcamientos subterráneos,… los anteriores más los Ingenieros e I.T. de Minas.

    – La instalación de aerogeneradores (Gamesa y resto de compañías) mayoritariamente son Ing. Industriales.

    – La nueva lechería de mi tío la hizo un Ing. Agrónomo, con la colaboración de un I.T. agrícola.

    – ¿Hablamos de naves industriales, transformadores eléctricos, refinerías, aserraderos, depuradoras, o mil ejemplos más?

    Y si, antes se iniciaban 800.000 viviendas al año y parecía que eráis los reyes del mambo, y ahora no se llega ni a 100.000 y hay que buscar hueco donde sea… pero la bilis de las expectativas no cumplidas descárgala con otros majo.

    Pd: Icm75 te está diciendo que precisamente la I.T. (donde quieres denunciar) estableció un criterio técnico en el que razona porque aunque ve claro que en edificación residencial las competencias en cuestión de CSS las deben tener arquitectos y arquitectos técnicos, la IT no debe exigir más que exista un CSS y que este sea Arquitecto o Ingeniero o arquitecto o Ing. Técnico, siendo otros los caminos para esa denuncia. Si quieres te lo lees y aprendes algo:

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    en respuesta a: Coordinadores en fase de ejecucion #408404 Agradecimientos: 0
    Havi
    Participante
    1
    octubre 2003


    Acusar a alguien de incumplir una norma y de intrusismo profesional sin tener ni puñetera idea está mal.

    Ser CSS y no saber que hay más obras que las de edificación, y que dentro de ellas existen las del grupo “b” para las que tienen competencias los ingenieros e ingenieros técnicos según sus especialidades, demuestra ignorancia y poca profesionalidad.

    El tono chulesco y el “sostenella y no enmendalla” del último post es de niño pequeño consentido, te descalifica, hace que pierdas credibilidad y como mucho saca una sonrisa de verguenza ajena.

    en respuesta a: agresion verbal es ¿ accidente laboral? #408581 Agradecimientos: 0
    Havi
    Participante
    1
    octubre 2003


    Una agresión verbal es un accidente laboral, como bien ha quedado claro en los criterios de la inspección para casos como los atracos en entidades bancarias, donde siempre se consideran como accidente laboral aunque no haya habido ningún daño físico para el trabajador.

    Una agresión verbal no necesita ser “continuada” para producir un daño en el trabajador, el estrés postraumático puede producirse por un hecho puntual.

    Havi
    Participante
    1
    octubre 2003


    La prioridad en caso de causas “tecnológicas y/o económicas” se basa en la protección del resto de trabajadores: que no se queden sin representantes sindicales o sin encargados de la PRL en caso de ERE.

    La empresa puede disminuir su plantilla, pero no abandonará la prevención de riesgos laborales.

    En cuanto al caso concreto de este forero: llegado al caso yo lo llevaría al juzgado, puedes demostrar funciones en el organigrama de la PRL en tu empresa, y estás considerado por la misma un Recurso Preventivo, tienen razón los foreros en que en sentido extricto no eres miembro de un SPP o un trabajador designado, pero ahí entra la interpretación del juez, y en los juzgados de lo social tienen a proteger casi siempre a la parte más débil, en este caso el trabajador.

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