Respuestas de foro creadas

Viendo 15 entradas - de la 1 a la 15 (de un total de 28)
  • Autor
    Entradas
  • en respuesta a: amonestaciones #248653 Agradecimientos: 0
    fjda
    Participante
    0
    agosto 2001


    Piensa antes de amonestar a ningun trabajador, si tu has cumplido con la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales, sobre todo en lo concerniente a la formación e información.

    en respuesta a: APAREJADORES INFORMALESSSSSSSSSSSSS #255614 Agradecimientos: 0
    fjda
    Participante
    0
    agosto 2001


    Los que no tienen ninguna culta son los que sufran las lesiones motivadas por la falta de profesionalidad de este aparejador. ¿Si te compras un cohe y no te lo dan en el tiepo que te habian prometido, no los mandas hacer puñetas?, pues has lo mismo. Denuncia en el juzgado de guardia el incumplimiento de lo contratado, y si no pùedes que espere a cobrar el tiempo que tardo en hacer su trabajo. Cubrete las espaldas notificando fehaceintemente a todo el mundo esta eventualidad.

    en respuesta a: ¿ Por qué hay tanto accidente laboral? #268407 Agradecimientos: 0
    fjda
    Participante
    0
    agosto 2001


    1º.- El imcumplimiento reiterado de la legislacion en materia de prevención de riesgos laborales, por parte del empresario. Lo que no se invierte en prevención se lleva a beneficios.

    2º.- La falta de inspecciones que sancionen el incumplimiento de la Ley, en España hay menos de 700 inspectores de trabajo para 1.5 millones de empresas.

    3º.- Politicas demagogicas (el papel lo aguanta todo) pactadas entre Patronales, Sindicatos y Administraciones, negociadas por personas que desconocen la realidad de la situacion de la siniestralidad laboral en España y que no sirven para nada, hay estan los años que llevan pactando y los aumentos progresivos de la sinistralidad laboral..

    S O L U C I O N E S :

    1º.- Cumplimiento extricto de la Legislacion vigente e incremento del numero de inspectores que controlen a las empresas.

    2º.- Modificacion del Codigo Penal, incrementando los años de carcel por la muerte de un trabajdor.

    3º.- Control e inspeccion obligatoria de todos y cada uno de los actos que se deben realizar para prevenir la sinistralidad en las empresas por parte de los representantes de los trabajadores, pudiendo paralizar los puestos de trabajo sienpre que se incumpla la legislación.

    ¿Quereis más?

    en respuesta a: REUNION COMITE DE SEGURIDAD Y SALUD #268545 Agradecimientos: 0
    fjda
    Participante
    0
    agosto 2001


    Totalmente de acuerdo con lo descrito por los anteriores miembros del foro, y yo añadiria, la redaccion de un Reglamento de Funcionamiento para armonizar y organizar las reuniones. Este reglamento se puede copiar de cuarquiera de los distintos foros que existen de Prevención. Por cietrto ell secretario no tiene porque ser un miembro ajeno al Comite de Seguridad y Salud, es mas es recomendable que la Presidencia y la Secretaria sean llevadas indistintamente por los Trabajdores y la Dirección de la Empresa, alternando cada cierto tiempo estos cargos.

    en respuesta a: parte accidente #273073 Agradecimientos: 0
    fjda
    Participante
    0
    agosto 2001


    EL PARTE DE ACCIDENTE LO DEBE DE RELLENAR LA EMPRESA DONDE SURGIO EL MISMO, DE ESTE PARTE DE ACCIDENTE SE DARA COPIA AL TRABAJADOR PARA QUE LAS POSIBLES RECAIDAS QUE TENAGA LA MUTUA NO LE DIGA QUE NO FUE ACDCIDENTE DE TRABAJO Y QUE ESO SE LO HIZO JUGANDO EN CASA. LA EMPRESA O EN QUIEN DELEGUE LA MISMA DEBERA OBLIGATORIAMENTE INVESTIGAR EL ACCIDENTE, CASO DE NO HACERLO ESTARA COMETIENDO UNA FALTA GRAVE TIPIFICADA EN LA LEY 31/95. CREO QUE YA VA SIENDO HORA DE QUE TODOS LOS QUE NOS ENCONTRAMOS EN ESTE MUNDO DE LA PREVENCIÓN HABLEMOS CON PROPIEDAD, Y NO EQUIVOQUEMOS A LOS DELEGADOS DE PREVENCIÓN CON EL TRABAJADOR DESIGNADO POR LA EMPRESA, YA QUE EN MUCHAS DE ELLAS SE SUPLANTA LA FIGURA DEL DELEGADO DE PREVENCIÓN POR EL TRABAJDOR DESIGNADO INDICANDOLE EN LAS VISITAS QUE REALIZA LA INSPECCION DE TRABAJO QUE EL DELEGADO DE PREVENCIÓN ES EL TRABAJADOR DESIGNADO, DE ESTA FORMA LA INSPECCION SOLO TIENE LA INFORMACION QUE LA EMPRESA QUIERE QUE TENGA.

    en respuesta a: velocidad en construccion de autovias tacografo. #271219 Agradecimientos: 0
    fjda
    Participante
    0
    agosto 2001


    Como Responsable de la Prevención en ese tramo de autopista, tienes el derecho y la obligacion de velar por la salud de todos los trabajdores en el trabajo, para lo cual DICTARAS las normas de organizacion del trabajo que consideres oportunas para el buen desarrollo de la Prevención. En el caso de que el trabajador, autonomo o empresa contratada, no hiciese caso a tus recomendaciones podras denegartles el acceso a la obra. Todo esto viene en la Ley 31/95 y en los decretos que la desarrollan.

    en respuesta a: ¿QUE PASA EN ESPAÑA? #271558 Agradecimientos: 0
    fjda
    Participante
    0
    agosto 2001


    Estoy cansado de oir y de leer, que el trabajador es una parte responsable de la alta siniestralidad laboral de este pais. Pues no es asi y seamos serios. Todo Accidente de Trabajo es una agresion fisica hacia el trabajdor por parte de quien la Ley obliga a protegerlo frente a los riesgos en su trabajo.Por lo tanto el responsable es el empleador y sino leeros la Ley 31/95. Si un trabajador no hace caso al empleador y no se pone las medidas de proteccion que el empleador le indica y este se lo permite (siempre con argumentos peregrinos, como que no hago carrera con este trabajdor, se lo he dicho un millon de veces y no me hace caso, etc.) tambien le deberia permitir el que llegase a la hora de trabajo que quiera y haga lo que le de la gana, ¿a que esto no se lo permite?, pues eso si el empleador cumple con la legalidad hasta sus ultimas consecuencias y el trabajdor no le hace caso que le expediente y lo despida, exactamente igual que si no cumple con cualquir otra orden dada. En el caso de la Administracion del Estado y Autonomicas, lo que hacen es hacer dejacion de sus obligaciones y no velan por el cumplimiento de la legalidad, sobre todo no poniendo los medios que son necesasrios para invertir las altas tasas de siniestralidad laboral existente en España. ¿Que opinariamos si en vez de existir un numero alto de Policias existiesen solo el 10% de estos?, pues que la delicuencia haria lo que le diese la gana, ya que como saben que no les van a coger pues robarian de todo y asesinarian con impunidad, eso esta ocurriendo en el mundo laboral, si los empleadores supiesen que se les va ha controlar sus actividades preventivas disminuirian la siniestralidad laboral automaticamente, ya que los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales no lo olvidemos se padecen y los sufren los trabajdores en las empresas.

    fjda
    Participante
    0
    agosto 2001


    Patologia no laboral agravada por el trabajo = Accidente de Trabajo

    Enfermedad ocasionada en el trabajo y no indicada en el Decreto de Enfermedades Profesional = Accidente de Trabajo

    En el caso que nos expones y con los datos que nos das, bajo mi criterio considero que es una Enfermedad Profesional.

    Puedes comprobarlo en el decreto 1995/1978 de 12 de mayo sobre Enfermedades Profesionales en el apartado de Enfermedades osteo-articulares o agioneuróticas provocadas por las vibraciones mecánica y apartados posteriores.

    No te fies del dicatamen de la Mutua, ya que solo estan para preservar su propio beneficio en detrimento de la empresa y del trabajador, lo normal es que te digan que esa patologia la ha desarrollado el trabajador “exprimiedo naranjas” y por lo tanto es de origen no laboral. Suerte.

    en respuesta a: ¿QUE PASA EN ESPAÑA? #271553 Agradecimientos: 0
    fjda
    Participante
    0
    agosto 2001


    NO PASA NI MAS NI MENOS, QUE EN ESPAÑA ESTAMOS CASI TODOS A GANAR MUCHO DINERO LOS MAS RAPIDAMENTE POSIBLE, Y ESO ESTA REÑIDO CON LA PROTECCION DE NUESTRA SALUD. NUNCA SE HA PREOCUPADO NINGUN GOBIERNO EN PROTEGER A LOS TRABAJADORES, (QUE SON LOS QUE SE LESIONAN Y MUEREN, NO LOS EMPLEADORES), DEL INCUMPLIMIENTO SISTEMATICO POR PARTE DE LOS EMPLEADORES DE LA LEGISLACION VIGENTE EN ESTA MATERIA DE “SEGURIDAD E HIGIENE” HOY DENOMINA SALUD LABORAL.LEGISLACION HA HABIDO SIEMPRE, CUMPLIRSE NUNCA. EN LOS AÑOS SESENTA Y SETETENTA LA MAYORIA DE LOS INSPECTORES ERAN MILITARES DE ALTA GRADUACION HERIDOS DE GUERRA QUE HACIAN EL “EGIPCIO” EN LAS EMPRESAS QUE VISITABAN. CON POSTERIDAD HUBO ALGUNOS INSPECTORES QUE CONSIDERABAN A LOS TECNICOS DE SEGURIDAD E HIGIENE QUE ERAN LOS UNICOS QUE ASESORABAN EN ESTA MATERIA COMO “ESOS SEÑORES QUE TIENEN DESPACHOS DE 60 METROS CUADRADOS Y SECRETARIA”, ¿VERDAD SEÑOR BARRIONUEVO?. Y ACTUALMENTE SE PROCURA NO MOLESTAR A QUIENES NOS FINANCIAN LAS CAMPAÑAS ELECTORALES PARA QUE SIGAN FINANCIANDONOSLAS PROCURANDO LOS MENORES INSPECTORES DE TRABAJO POSIBLES Y HA PODER SER MUY DOCILES (HAY DE TODO). ¿COMO SE PUEDE SOLUCIONAR ESTE PROBLEMA? YO CREO QUE CUMPLIENDO LA LEY Y SUS NORMATIVAS, INVESTIGANDO LA INSPECCION DE TRABAJO TODOS LOS ACCIDENTES , NO COMO AHORA QUE SOLO INVESTIGA LOS GRAVES, DECIA MI ABUELO “QUE SI LA CABEZA NO DICE DONDE QUEREMOS IR LOS PIES NO SE MUEVEN”, PUES ESO EL GOBIERNO DEBE DE EMPEZAR A CUMPLIR Y HACER CUMPLIR LA LEGISLACION Y DOTARSE DE LOS MEDIOS NECESARIOS PARA QUE ESO SUCEDA, DEBE DESANCIONAR CON DUREZA LOS INCUMPLIMIENTOS TANTO DESDE EL PUNTO DE VISTA LABORAL, COMO CIVIL Y PENAL A QUENES LA LEY HACE RESPONSABLES DE LOS ALTOS INDICES DE SINESTRALIDAD LABORAL QUE NO SON OTROS QUE LOS QUE EN ESTE PAIS DENOMINAMOS COMO EMPRESARIOS Y QUE OTROS DENOMINAN COMO “TRATANTES DE GANADO”, LO DEMAS SON MILONGAS.

    fjda
    Participante
    0
    agosto 2001


    ¿Esta prohibido tomar drogas en el trabajo?, pues el alcohol es una droga, ya que crea adiccion y hace perder la conciencia a quien lo ingiere. Este es un problema de Organizacion del Trabajo, el Estatuto de los trabadores indica que la Organizacion del Trabajo es potestad exclusiva del empleador, salvo en los casos en el que esa organizcion perjudique a la salud de los trabajdores Ley 31/95. Si el empleador permite beber en la empresa, esa sera su responsabilidad. Pensemos lo que tiene que ser el subirse a un andamio a las 7 de la mañana con una tempresatura de 5 grados bajo cero y una velocidad el aire de 15 km por hora, y ahora hechemos la culpa al trabajdor de que bebe.

    Si las condiciones de trabajo fuesen ajustadas a la legislacion, los trabajdores no beberian.

    fjda
    Participante
    0
    agosto 2001


    Las gafas de seguridad son una Prenda de protección Individual, y te obligan a ponertelas porque en la evaluacion de riesgos se habra dectectado que existe un riesgo para tu salud, y la forma de evitar alguna lesión es la de protegerte frente a ese riesgo. La forma mas facil para la empresa es protegerte individualmente, sabiendo que en primer lugar deberia de protegerte de forma colectiva, ¿como?, evitando el riesgo.Como eso parece ser que es imposible te pone gafas de seguridad lo que conyeva una PENOSIDAD en el trabajo, para lo cual la empresa debera de abonarte dicho plus que vendra recogido en el convenio de construccion. A partir del momento que lo solicites te diran si vas a cambiar salud por dinero, maxima esta, puesta en circulacion por algun empresario desaprensivo y que los trabajadores hicimos nuestra debida a nuestra ignorancia. Si te mantienes firme y exiges tu derecho, el empresario valorara el costo del plus a pagar y como no es tonto, solo es empresario, se dara cuenta que le sale mas rentable invertir en prevencion que pagarte un plus durantre toda la vida. Hay sentencias judiciales en las que se reconoce el derecho a perdibir este plus de penosidad y en algunos casos el juez a reconocido el de peligrosidad, debido a que existe el riesgo de forma latente y pueden fallar los dispositivos de proteccion individual y se pueden provocar lesiones graves. Para informacion complementaria el RD 1407/1992, RD 773/1997, Resolucion de 25/04/96, Directiba 89/686CEE, Directiva 89/656/CEE. Suerte

    en respuesta a: MUTUAS #284245 Agradecimientos: 0
    fjda
    Participante
    0
    agosto 2001


    LAS MUTUAS SON ASOCIACIONES EMPRESARIALES, QUE DEBERIAN DE GESTIONAR LOS ACCIDENTES DE TRABAJO Y LAS ENFERMEDADES PROFESIONALES, Y DE UN TIEMPO A ESTA PARTE HACEN DE POLICIAS PARA LAS EMPRESAS EN EL CONTROL DE LA IT.

    SE FINANCIAN CON LAS APORTACIONES REALIZADAS POR LOS TRABAJADORES, YA QUE SU COSTE TIENE LA CONSIDERACION DE MASA SALARIAL, Y POR LO TANTO SI NO SE TIENEN TRABAJADORES NO SE PAGA A LA MUTUA. EXISTEN VARIAS FUENTES DE FINANCIACION DE LAS MUTUAS, COMO POR EJEMPLO LOS RECONOCIMIENTOS MEDICOS QUE REALIZABAN. SON UN CANCER PARA LOS TRABAJADORES.NUNCA HAN HECHO NADA POR DISMINUIR LA SINIESTRALIDAD LABORAL, SON ASOCIOACIONES SIN ANIMO DE LUCRO Y SUS DIRECTORES COBRAN MAS DE 30 MILLONES DE PESETAS AL AÑO, TIENE UN PATRIMONIO INMENSO. FRUTO DE LAS APORTACIONES DE LOS TRABAJDORES, A LOS CUALES MASACRAN CON SUS MALAS PRAXIS PROFESIONALES. SON UN ASCO. Y DEBERIAN DESAPARECER.

    en respuesta a: Peso de las cargas. #282774 Agradecimientos: 0
    fjda
    Participante
    0
    agosto 2001


    TIENES QUE MIRAR EN EL REAL DECRETO 487/1997, DE 14 DE ABRIL, BOE Nº 97, DE 23 DE ABRIL

    TAMBIEN TIENES QUE MIRAR EN LA GUÍA TÉCNICA PARA LA EVALUACIÓN Y PREVENCIÓN DE LOS RIESGOS RELATIVOS A LA MANIPULACIÓN MANUAL DE CARGAS. SUERTE.

    en respuesta a: protecciones auditivas #285193 Agradecimientos: 0
    fjda
    Participante
    0
    agosto 2001


    En primer lugar habria que pensar si no se puede evitar el ruido, cosa por otro lado muy probable pero caro, lo que no significa que no se pueda hace. En segundo lugar deberemos de proteger a los trabajadores con protecciones colectivas, mamparas, cortinas aislantes, etc.

    para atenuar el maximo los niveles de ruido. En tercer lugar el ruido, como sonido desagradable, no se puede solucionar con prendas de protección individual, ya que las vibraciones perjudican mas que el efecto sonoro del ruido y las prendas no lo ptotegen de vibraciones y si le ocasionan una penosidad en el desarrollo de su trabajo. Por lo tanto mi recomendacion para los trabajdores seria la siguiente: “Exige el cobro de los pluxes de penosidad y peligrosidad, y veras como se elimina el ruido, sin tener que soportar ningún equipo de protección”.

    en respuesta a: HISTORIA DE EL RUIDO #284489 Agradecimientos: 0
    fjda
    Participante
    0
    agosto 2001


    Mirate el R.D. 1316/1989 y los TLVs que edita la Generalitat Valenciana. Suerte

Viendo 15 entradas - de la 1 a la 15 (de un total de 28)