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21 febrero, 2012 a las 07:14:00 en respuesta a: SERVICIO PREVENCION PROPIO #416783 Agradecimientos: 0
Si la “burrada” se lleva a cabo denuncia directamente al Ayuntamiento, al alcalde, al concejal de turno y al responsable de recusos humanos. Con las pruebas pertinentes de existencia de SPP, evaluaciones, gestión… todo lo que tengas.
8 febrero, 2012 a las 07:12:00 en respuesta a: Trabajar como TSPRL en SPA y SPP para una misma empresa #415586 Agradecimientos: 0No hay incompatibilidad. Si quieres evitar conflictos de intereses es tan sencillo como que dejes de llevar la empresa en el SPA, la lleve otro compañero y que a ti te asignen otras empresas.
Tampoco hay un numero de horas establecido, solo que los recusos sean los suficientes…
La orden TIN te da un varemo para calcular los recursos pero solo va dirigido a SPA y SPM, pero no tacitamente a los SPP.Lo mejor que puedes hacer es acudir a una tienda especializada en venta de material para motoristas, especialmente chaquetas, guantes, pantalones…
Toda la tecnologia tendente a proteger a los motoristas ante caídas, golpes, quemaduras por rozamiento… en piernas, manos, hombros, pecho… ha sido aplicada a dicho material.
Depende del riesgo o cindiciones de conducción te podrán decir que material o equipamiento es mas adecuado.9 noviembre, 2011 a las 07:19:00 en respuesta a: DEDICACION EXCLUSIVA SPP #411008 Agradecimientos: 0En principio no debería. La dedicación exclusiva que indica la normativa hace referencia a que los técnicos asignados al SPP de una organización, empresa, administración pública… solo trabajará en temas relacionados directamente con el SPP.
Si la formación la ipartieras solamente a trabajadores de tu “empresa” sería factible, pero como no lo son, no es factible.
Eso dentro de tu jornada habitual. Si dicha actividad comentada la llevaras a cabo fuera de tu jornada laboral sin afectar a la actividad del SPP si sería factible.
Otra cosa serán las imcompatibilidades dentro de la administración pública de las cuales no tengo idea.24 octubre, 2011 a las 12:53:00 en respuesta a: Périto judicial accidentes laborales, ¿Titulación? #410067 Agradecimientos: 0Yo hice el curso el año pasado, estoy apuntado a las listas de los juzgados y no han llamado a nadie de la asociación en la que estoy en todo el año.
Esto funciona así. COMO PERITO JUDICIAL: Para estar en las listas de los juzgados tienes que estar en una asociación, que con la reforma de la ley no tiene que ser obligatoriamente un Colegio Oficial (como el de medicos, ingenieros, psicologos…).
Cada asociación o colegio oficial envia las listas a final de año con sus asociados y las especialidades de los mismos.Los juzgados van tirando de listas durante el año. Todo sea que los funcionarios del juzgado que llaman a los peritos tengan las listas actualizadas y que tengan todas las listas, claro.
COMO PERITO DE PARTE: Cualquiera puede ejercer de perito de parte sin estar en ninguna asociacion, ni colegio, ni nada… lo único es que hay que saber del tema y saber emitir informes al respecto, más que nada por que si no en los juicios te pueden dar por todos los lados.
11 julio, 2011 a las 11:56:00 en respuesta a: Pasar de tecnico intermedio a superior,actualmente #405488 Agradecimientos: 0Tienes que hacer lo que te dice Vispera.
Lo que ocurre es que el master en Salud Laboral (que incluye las tres especialidades) es oficial según el Plan Bolonia.
16 junio, 2011 a las 06:22:00 en respuesta a: Plan de Autoprotección de Edificios #398714 Agradecimientos: 0Obviando los temas fiscales y de facturación.
En el caso de ser Arquitecto, Arquitecto Técnico, Igeniero… se deberá visar el Plan de Autoprotección a traves del colegio oficial, esto creo que es aplicable a todas las comunidades autónomas.
En Baleares si trabajas en un SPA el mismo SPA tiene que darte de alta en la Consellería de Interior.
13 junio, 2011 a las 10:50:00 en respuesta a: Seguro para técnicos superioes de prevención de riesgos laborales. #403620 Agradecimientos: 0El SPA tiene un seguro de responsabilidad civil para cubrir nuestro trabajo como TPRL.
Ahora bien, no he visto las clausulas de dicho seguro.3 junio, 2011 a las 14:35:00 en respuesta a: COORD ACT EMPR CON EMPRESA DE INGLATERRA #403315 Agradecimientos: 0De acuerdo con Oskar76 y lcm75.
Misma coordinación que con empresas empañolas.
Olvidate de documentación que no tenga que ver exclusivamente con prevención.
Un saludo.
Leete la guía técnica del real decreto de lugares de trabajo.
A continuación te reproduzco una parte del mismo que espero sea lo que te hace falta:Estarán en recintos individuales, y el número
de inodoros recomendable será el de uno por cada
25 hombres y uno por cada 15 mujeres, o fracción,
que trabajen en la misma jornada.En la empresa en la que trabajo (SPA) estando acreditados ante la autoridad laboral y con un máximo de 25 alumno en cada curso básico de 60 horas(son semipresenciales), se cobra a 180€ (iva incluido) por alumno. Lo cual no quiere decir que cada curso que se imparte este lleno.
Aquí entan incluidos costes de instalaciones, costes del material para los alumnos (libros, boligrafos, folios…), costes de amortización y mantenimiento de equipos audiovisuales y personal.Espero que te sirva para hacerte una idea.
3 mayo, 2011 a las 08:28:00 en respuesta a: titulación de PRL del plan antiguo al nuevo #401184 Agradecimientos: 0Yo hice las tres especialidades hace 8 años en una universidad.
La titulacion es “Master en Salud Laboral” como titulación propia de la universidad es decir no homologable fuera de esta, pero totalmente valida a efectos del rd como técnico superior.Ahora para que yo o cualquiera que haya cursado al menos una especialidad en dicha universidad pueda tener la titulación homologada según el Plan Bolonia tenemos que cursar dos asignaturas:
– Actualización de la legislación.
– Proyecto fin de master.
Pagando las correspondientes tasas.El que no la ha hecho en la universidad que te comento y quiere la titulación de esa universidad tiene que hacer el Master otra vez.
De todas maneras para ejercer o seguir ejerciendo como técnico superior no lo necesitas. sigues teniendo las mismas atribuciones que antes.
Un saludo.
4 abril, 2011 a las 10:56:00 en respuesta a: SPA contrata otro SPA o se hace el mismo la prevención??? #399039 Agradecimientos: 0Un SPA con VS si puede. Se designa a un/a Medico y a un/a enfermero/a com parte del SPP del SPA cuya base de datos este restringida a cualquier otro/a médico o enfermero/a.
Así funcionamos nosotros. En nuestro Servicio de Prevención Propio Tenemos:
– 2 Técnicos superiores que gestionan.
– Tantos técnicos designados como centros tenemos para evaluarlos y demas.
– 1 medico.
– 1 enfermera.1 abril, 2011 a las 09:00:00 en respuesta a: SPA contrata otro SPA o se hace el mismo la prevención??? #399037 Agradecimientos: 0Nosotros tenemos la modalidad de servicio de prevención propio con trabajadores designados en cada centro para la evaluación.
23 marzo, 2011 a las 08:20:00 en respuesta a: Montar una Consultoria Preventiva #393769 Agradecimientos: 0Conozco un técnico que hace lo que quieres hacer tu.
Incluso en empresas que tiene contratado un SPA, para ayudarles a gestionar la prevención.
En un principio estuvo contratado por varias de esas empresas a tiempo parcial. Despues paso a trabajar como autónomo por horas.
El me contaba que le iva bien porque tenia los contactos de trabajos anteriores, que sin esos contactos hubiera sido complicado.
Suerte. -
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