Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: tecnico intermedio #139929 Agradecimientos: 0
    Charnes
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    febrero 2003


    “Realizar evaluaciones de riesgos, salvo las específicamente reservadas al nivel superior” esto dice la ley, yo personalmente creo que puede hacer mediciones y evaluaciones de carácter general y será el técnico superior el que supervise y firme las evaluaciones que para eso tiene tal responsabilidad.

    en respuesta a: Uso de mascarilla con determinados productos #178097 Agradecimientos: 0
    Charnes
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    febrero 2003


    Das pocos datos de los productos que utilizas, si son fitosanitarios (plaguicidas o pesticidas, etc..)creo que deverias mira el N°CAS y ICSC del producto para determinar los PELIGROS/ SINTOMAS AGUDOS y su PREVENCION, ademas del RIESGO DE INHALACION, EFECTOS DE EXPOSICION DE CORTA y LARGA DURACION, ETC..

    si me dices el producto te podre dar la medidas oportunas para su prevencion

    La MASCARILLA RESPIRATORIA se usará donde haya riesgo de emanaciones nocivas tales como gases, polvo y humos, adaptando el filtro adecuado al contaminante existente.

    en respuesta a: prueba de selección #177767 Agradecimientos: 0
    Charnes
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    febrero 2003


    El reconocimiento medico dentro del proceso de selección tiene como objetivo declarar la aptitud física, o más exactamente, la ausencia de contraindicaciones para el ejercicio de una tarea profesional determinada, por lo tanto al ser contratado deberá parar el reconocimiento medico obligatorio.

    En el artículo 22 de la Ley 31/95, de Prevención de Riesgos laborales, (España) sobre la vigilancia de la salud de los trabajadores, dice lo siguiente:

    1. El empresario garantizará a los trabajadores a su servicio la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo. Esta vigilancia sólo podrá llevarse a cabo cuando el trabajador preste su consentimiento. De este carácter voluntario sólo se exceptuarán, previo informe de los representantes de los trabajadores, los supuestos en los que la realización de los reconocimientos sea imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores o para verificar si el estado de salud del trabajador puede constituir un peligro para el mismo, para los demás trabajadores o para otras personas relacionadas con la empresa o cuando así esté establecido en una disposición legal en relación con la protección de riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad. En todo caso se deberá optar por la realización de aquellos reconocimientos o pruebas que causen las menores molestias al trabajador y que sean proporcionales al riesgo.

    en respuesta a: iva #177398 Agradecimientos: 0
    Charnes
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    febrero 2003


    Efectivamente al contratar un servicio de prevención,. la vigilancia de la salud o cualquier otra especialidad, te tiene que venir reflejado el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

    en respuesta a: matrícula carretilla elevadora #180922 Agradecimientos: 0
    Charnes
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    febrero 2003


    Hola reis, todas las carretillas que circulen por alguna ocacion o pisen la via publica tienen que estar matriculadas, solo no se matriculan las de recinto cerrado (por supuesto todas ellas tienen que tener su fichja tecnica etc..) y sobre las luces y señales acusticas, te dire que en la marcha atras se utiliza esta ultima, la luz de galibo es solo para circulacion.
    Espere haber podido ayudarte, si lo deseas te puedo mandar la guia de la carretillas elevadoras, un saludo.

    en respuesta a: Obligatoriedad RRMM Electricista? #181278 Agradecimientos: 0
    Charnes
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    febrero 2003


    ESTIMADO AMIGO, SEGUN LA INTERPRETACION DE LA LEY EL TABAJADOR NO ESTA OBLIGADO A PASAR EL RECONOCIMIENTO MEDICO, (SOLO AQUELLOS TRABAJO DEL ANEXO I DE LA LEY DEBEN PASAR) EN TODO CASO DEBERIAS ELABORAL UN DOCUMENTO, EN EL CUAL EL TRABAJADOR RENUCIA A LA REVICION MEDICA, NO SOLO PARA CUBRIRTE LAS ESCALDAS SI NO EN CASO DE QUE SE GENERE UNA ENFERMEDAD PROFECCIONAL, NO SE PUEDE CONSTRACTAR CON SU EXPEDIENTE MEDICO (SE LO DEBERIAS COMENTAR AL TRABAJADOR ESTO ULTIMO)

    en respuesta a: Enlazadora #184418 Agradecimientos: 0
    Charnes
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    febrero 2003


    1. Máquina enlazadora de cajones, del tipo de las destinadas a establecer
    en las piezas a unir apéndices y escotaduras complementarias, en
    cola de milano, que determinan un acoplamiento machihembrado entre
    tales piezas, caracterizada porque en la misma se establece, en el seno
    de un bastidor formal y dimensionalmente adecuado, un carro longitudinal
    accionado mediante un cilindro neumático sin vástago, y un carro
    transversal accionado a su vez mediante dos cilindros neumáticos, uno
    de avance y retroceso en el primer ciclo de corte del lazo, y otro de
    avance y retroceso en el segundo ciclo de avance de dicho corte, habiéndose
    previsto la participación de un cuarto cilindro, giratorio entre
    0º y 180º, para la operación de redondeo del lazo, y un quinto cilindro
    de bloqueo del cabezal fresador, montado sobre el carro transversal y
    que constituye el soporte para las múltiples fresas que participan en el
    mecanizado y que son accionadas simultáneamente a través del correspondiente
    motor.
    2. Máquina enlazadora de cajones, según reivindicación 1ª, caracterizada
    porque con los cinco cilindros citados colaboran ocho fines de carrera,
    dos de avance, respectivamente en el ciclo izquierdo y en el ciclo
    derecho, del cilindro correspondiente al primer ciclo del corte del lazo,
    otro de retroceso de este mismo cilindro, otros dos de avance y retroceso
    del cilindro correspondiente al primer ciclo de corte del lazo, otro
    fin de carreras para el avance del cilindro que moviliza el carro longitudinal,
    y otros dos fines de carrera para giro a izquierdas y a derechas
    del cilindro giratorio que realiza la operación de redondeo del lazo.
    3. Máquina enlazadora de cajones, según reivindicaciones anteriores,
    caracterizada porque incorpora un pulsador de reset que posiciona automáticamente
    el cabezal fresador en situación de inicio de un ciclo
    operativo de la máquina, ciclo que se produce automáticamente merced
    al encadenamiento funcional de los diferentes fines de carrera que controlan
    los cilindros neumáticos

    en respuesta a: quemaduras..y otras #184231 Agradecimientos: 0
    Charnes
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    febrero 2003


    Es toda lesión producida por el calor en cualquiera de sus formas. Los factores que determinan la gravedad de una quemadura son:

    Profundidad: condiciona la cicatrización.

    Extensión: el peligro de muerte es directamente proporcional a la superficie quemada.

    Localización: cara, manos, orificios naturales, genitales, etc.

    Edad: niños y ancianos.

    Riesgos de infección: se produce siempre por la pérdida de la piel.

    Según la profundidad se clasifican en tres grados:

    Primer grado o eritema: es el enrojecimiento de la piel. Afecta a la epidermis.

    Segundo grado: afecta a la epidermis y dermis. Aparecen ampollas que contienen plasma en su interior.

    Tercer grado: afecta a la hipodermis, dermis y epidermis y pueden afectar a músculos, nervios, vasos sanguíneos, etc. Se caracteriza por una escara de color negruzco o castaño oscuro. No son dolorosas, por la destrucción de las terminaciones nerviosas del dolor.

    Por su extensión puede existir gravedad. Una forma rápida de calcular la superficie quemada, consiste en utilizar como unidad de medida la palma de la mano de la víctima, que equivale al 1% de su superficie corporal.

    Consideraremos grave a toda aquella quemadura que afecte a más del 1% de la superficie corporal, excepto si es de primer grado.

    Primeros auxilios en caso de quemaduras:
    Valorar el estado general de la víctima y asegurar las constantes vitales.

    Enfriar la quemadura inmediatamente, poniendo la zona afectada bajo un chorro de agua fría, por lo menos durante 10 minutos o incluso más, si no desaparece el dolor. En caso de quemaduras químicas, ampliar el intervalo a 15 ó 20 minutos bajo el chorro de agua abundante.

    Cubrir la zona afectada con apósitos estériles o en su defecto muy limpios (sábanas, fundas de almohadas, etc.) y humedecidos.

    NO aplicar cremas, pomadas o cualquier otro medicamento o producto.

    NO quitar, como norma general, la ropa a la víctima, sobre todo si está adherida a la piel. Solamente quitaremos la ropa en caso de que esté impregnada en productos cáusticos o hirvientes.

    NO dar nada de beber. Si tiene sed, humedeced sus labios.

    NO pinchar las ampollas.

    Retirar los anillos, relojes, pulseras, etc.

    Si la persona está ardiendo, impedir que corra. Apagar las llamas cubriéndola con una manta o similar, o haciéndola rodar en el suelo.

    Si la quemadura es extensa, prevenir la aparición del shock.

    Trasladar a la víctima a un centro especializado cuanto antes. Allí se valorará, entre otras cosas la administración de líquidos.

    en respuesta a: PORCA MISERIA #193276 Agradecimientos: 0
    Charnes
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    febrero 2003


    Bueno, Paco ya se de que pie cojeas (c.n.t.) la ostia, el sindicato mas amarillista de este país que no firman ningún convenio por no mojarse el culo, y si firman es por interés, viendo tu corriculum, me pasaba por la cabeza, como se puedes ser cívico y pedir perdón a dios, por meterte con las mutuas “anarquista”, tendremos que preguntar aquellos trabajadores a los cuales dice defender (joder no quiero tu defensa ni muerto). rezando todos juntitos de la mano, en la mas oscura sexta de renegaos.
    También dices que los sindicatos están dormidos, ¿Dónde esta el tuyo?, sigue así “técnico de prevención” habrá que verte impartiendo cursos que les cuentas eso de “Yo elijo mi representantes, Tú eliges tus representantes
    El elige sus representantes, Nosotros elegimos nuestros representantes,
    Vosotros elejís vuestros representantes, ellos hacen lo que quieren”.
    Bueno tío sigue haciendo evaluaciones de riesgos, a favor del empresario que es lo tuyo.

    en respuesta a: PORCA MISERIA #193275 Agradecimientos: 0
    Charnes
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    febrero 2003


    NO ENTIENDO TU ACTITUD CON CCOO, NI QUE FUERAN ELLOS LOS QUE LOS QUE DISTAMINAN LAS FUNCIONES DE LAS MUTUAS, YO TE PUEDO DECIR QUE LAS TRES MUTUAS MAS IMPORTATES DE ESTE PAIS TIENES DENUNCIAS POR CCOO EN TODA ESPAÑA Y ES MAS EN CADIZ EL SECRETARIO DE SALUD LABORAL DE CCOO CLASIFICO A LAS MUTUAS EN UN DIARIO, DE ASESINOS Y PISTOLEROS.
    YA SOLO NOS QUEDABA MAS QUE INSULTAR AL PRIMER SINDICATO DE CLASE OBRERA DE ESTE PAIS, (SE TE HA VISTO EL PLUMERO MONTECILLO)INTENTA CONTROLAR TU TU ADTITUD FACISTA Y LUCHA PARA QUE NO OCURRA LO QUE TU HAS PLANTEADO.

    en respuesta a: zuecos #189585 Agradecimientos: 0
    Charnes
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    febrero 2003


    totalmente prohibidos, desde que salio el Rd de los EPIs

    en respuesta a: Montaje sólo? #192262 Agradecimientos: 0
    Charnes
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    febrero 2003


    has colocado alguna puerta solo, pues te ves y te la deseas para cuadrarla, el esfurso fisico es monumental, es un trabajo que se tiene que hacer con dos personas.
    De toda la vida de dios en las carpinterias siempre habido un oficial y un peon para estos trabajos, dime si tiene que cepillar la puerta un poco por que roze en el suelo quien la Sujeta.

    en respuesta a: Documento de renuncia a la revisión #192073 Agradecimientos: 0
    Charnes
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    febrero 2003


    el trabajador/a tiene que firmar el documento,si no, como la empresa demuestra que le ha ofrecido el reconocimiento medico.
    en tal caso si no la renuncia, si existe un documento oficial por parte de la empresa en el cual, el trabajor/a firma el recibi del ofrecimiento de la revision medica, y hay si que no se puede negar

    en respuesta a: NO APTITUD PARA TRABAJAR #192129 Agradecimientos: 0
    Charnes
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    febrero 2003


    Me hes tas dando ha entender que es el contratao de nueva creacion, a este compañero no le queda mas remedio que recurrir al organismo oficial competente para crear un comflicto entre la mutua y la seguridad sicial, y que sen estos ultimos los que distaminen si es acto o no para ese puesto de trabajo, de lo contrario la seguridad social debera admitirlo con un mayor grado de incapacidad. (poner denuncia ya antes que se agote el plazo)

    en respuesta a: veterinarios #192089 Agradecimientos: 0
    Charnes
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    febrero 2003


    Prueva con esta pagina aqqui estan toas las notas tecnicas que nesecitas ¿ok?

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