Respuestas de foro creadas

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  • Blanquita132
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    octubre 2006


    Muchas gracias por vuestra información, la localidad en cuestón es Altafulla en Tarragona.

    en respuesta a: REINCORPORACION DE UN – NO APTO – #411058 Agradecimientos: 0
    Blanquita132
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    octubre 2006


    A menudo compañeros nos encontramos con situaciones parecidas. Trabajador que tras baja prolongada es dado de alta por el tribunal médico (EVI o ICAM en Cataluña). Nosotros cuando realizados reconocimiento para reincorporación por baja prolongada, determinamos un No Apto para su puesto de trabajo. Esto crea un conflicto entre trabajador, empresa y Servicio de Prevención. A mi criterio, debemos seguir con rigor las determinaciones tomadas, informar al trabajador de las causas y consecuencias del No Apto y además informar de la posibilidad de impugnar la decisión del tribunal. Evidentemente es incongruente a nivel médico que el tribunal y el servicio de prevención no coincidan en la misma aptitud, pero sucede en más ocasiones de las que debería.
    Saludos

    en respuesta a: Trabajadoras embarazadas #411239 Agradecimientos: 0
    Blanquita132
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    octubre 2006


    El técnico únicamente indica cuales son los riesgos de la trabajadora embarazada, y tu responsabilidad llega hasta aquí. Es el medico de vigilancia de la salud quien conociendo el estado de gestación y en función de los riesgos si puede ser perjudicial, valorando en primer lugar un cambio de puesto de trabajo y si no es posible sicitando a la mutua la prestación . Que yo sepa todos los Medicos especialistas nos basamos en las recomendaciones de la SEGO, osea no te pienses que es a antojo del médico o mútua. Referente a la documentación, cada una la suya

    en respuesta a: Vigilancia salud #97326 Agradecimientos: 0
    Blanquita132
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    octubre 2006


    La Vigilancia de la Salud, se encarga de patologia ocupacional. Si en vuestro puesto de trabajo no hay contaminantes ni otros factores carcinógenos no hay motivo para hacer este tipo de determinaciones. A partir de aquí la empresa puede ofrecer todas las pruebas y exploraciones que quieran a sus trabajadores, pero en ningún caso estan obligados.
    Un saludo

    en respuesta a: examen medico #156923 Agradecimientos: 0
    Blanquita132
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    octubre 2006


    El reconocimiento médico inicial debe realizarse lo antes posible de incorporarse, nunca antes de haber empezado a trabajar, o mejor dicho de estar contratado, ya que no es un sistema de elección, sino que lo que se realiza exactamente es Vigilancia de la Salud.
    Cuanto antes se debe emitir el certificado de aptitud, aunque en muchas ocasiones, al realizar el reconocimiento ya se tienen datos para dar una aptitud provisional a la espera de pruebas especificas (generalmente la analitica)

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