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    JuliusLT
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    febrero 2008

    Iniciado

    Buenos días.

    Llevo observando desde hace algunos meses, que para solicitar la baja y la prestación por riesgo en el embarazo, cada mutua pone sus propias reglas burocráticas para admitir la solicitud. Además, cambian de un día para otro. En principio pedían un informe de riesgos, después la evaluación de riesgos, en otros además un informe de puestos exentos de riesgos, en otros también informe del Técnico, en otros también que en la evaluación de riesgos del puesto de trabajo de la trabajadora embarazada sólo vengan aquellos riesgos considerados Importantes o Intolerables, en otros que además se incluya una solicitud cuyo modelo te dan ellos mismos….

    Todas esos documentos no digo que me parezcan ilógicos, pero van solicitándolos conforme se van entregando documentos, es decir, es como el juego del funcionario en la ventanilla pidiendo pólizas y siempre piden otra más.

    En fin, van cambiando a medida que pasan las semanas y dependiendo del médico de la mutua que sea. He visto casos en los que dos médicos de la misma mutua piden documentos diferentes.

    No se si ello se debe a que las mutuas están cambiando sus requisitos de solicitud de prestación o si es que intentan restrasar lo más posible el pago de las prestaciones.

    Si es este último caso les hago una advertencia a las mutuas. Desde el mismo momento en que un médico de Vigilancia de la Salud o un Técnico de Prevención expone los riesgos que presenta una mujer embarazada en su puesto de trabajo y se presenta a la mutua correspondiente, más allá de que sus procedimientos burocrtáticos sean unos u otros, la responsabilidad de un posible daño para el feto o la madre, va a recaer sobre la mutua.

    Y puedo asegurarles que como técnico de prevención, en caso de juicio, me tendrán en frente y no de su lado.

    Saludos.

    #411237 Agradecimientos: 0
    GONZA71
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    octubre 2001

    Iniciado

    Se ha notado un temblor. ¿Será el volcán de El Hierro o las mutuas muertas de miedo?

    #411238 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
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    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    Si esto fuera Yuotube, Juliuslt, te ponía 5 puntos. Me identifico sobre todo con el primer párrafo (cumplimentación de informes más o menos extravagantes). Vale que se pueda valorar la idoneidad de baja en función de las semanas de gestación y el tipo de trabajo, pero rayos… es un embarazo, no hay que darle más vueltas.

    P.D: firmado por alguien que sí recuerda que una vez nació.

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #411239 Agradecimientos: 0
    Blanquita132
    Participante
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    octubre 2006


    El técnico únicamente indica cuales son los riesgos de la trabajadora embarazada, y tu responsabilidad llega hasta aquí. Es el medico de vigilancia de la salud quien conociendo el estado de gestación y en función de los riesgos si puede ser perjudicial, valorando en primer lugar un cambio de puesto de trabajo y si no es posible sicitando a la mutua la prestación . Que yo sepa todos los Medicos especialistas nos basamos en las recomendaciones de la SEGO, osea no te pienses que es a antojo del médico o mútua. Referente a la documentación, cada una la suya

    #411240 Agradecimientos: 0
    JuliusLT
    Participante
    16
    88
    febrero 2008

    Iniciado

    Pues ahí está una de las madres del cordero. Hace dos semanas le tuve que explicar a un médico de una mutua (no quiero decir su nombre obviamente) al que le tuve que explicar qué era eso de la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia y las tablas de semanas de gestación, riesgo según posturas, bipedestación, etc,etc.

    #411241 Agradecimientos: 0
    JuliusLT
    Participante
    16
    88
    febrero 2008

    Iniciado

    Supongo que a las mutuas les trairá al pairo lo que pueda decir un técnico como yo, pero el que da la cara en una mutua cuando retrasa una baja por embarazo es un médico, es decir, una persona sujeta a derecho.

    Mi mensaje no va para las mutuas, sino para aquellos médicos de las mutuas que por un simple asunto de dinero, intentan poner impedimentos y trabas a los informes de los médicos de Vigilancia de la salud y a los Técnicos de Prevención. Ellos son los que se juegan el tipo ante un juez. Vamos, que no me gustaría estar en el pellejo de un médico de mutua que por retrasar un par de semanas una baja y prestación por embarazo, se encuentre con un caso de aborto y encima de su mesa los informes de riesgo emitidos por el servicio de prevención y llevados por la trabajadora embarazada.

    Saludos

    #411242 Agradecimientos: 0
    rogue
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    0
    octubre 2011

    Iniciado

    Hola,
    la última vez que estuve en Madrid y via epistolar pláticaba con el Dr. GIGIA sobre las ventajas de las embarazadas. Me parecía excelente, lo que ocurria. En Alemania y otros paises Europeos , se obtienen ventajas aumentadas de incapacidad ( baja, como le llaman uds. ) . Que pasa ahora ( al menos en éste caso, alguien me lo podría decir )es la crísis , aún así. Los derechos internacionales de las embarazadas y el producto prevalecen…………..atte

    #411243 Agradecimientos: 0
    Goost
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    2
    septiembre 2002

    Iniciado

    Y ahora, además de la documentación “que estimen oportuna”, en algunas, la embarazada debe someterse a un reconocimiento médico.

    ¡Ya les vale!

    Saludos

    #411244 Agradecimientos: 0
    MARIBEL SPP
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    noviembre 2011


    En nuestro Servicio de Prevención,las trabajadoras en situación de embarazo o lactancia natural cuyo puesto de trabajo está entre los no exentos de riesgos para el embarazo o lactancia natural (listado que dispone el Servicio de presonal de cada centro, previamente valorado por los Técnicos y sanitarios de Prevención)son valoradas, a fin de adaptar y/o proceder a un cambio temporal de puesto de trabajo, en los casos en que no es posible adaptación. Nos hemos fijado unos plazos cortos que no superen las 24- 72 horas desde el conocimiento de esta situación. En algunos centros existen puestos que en un momento dado puede ocupar la trabajadora en caso de no poder adaptar. Cuando no es posible adaptación o cambio, se deriva a mutua para solicitar la prestación.

    #411245 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Siento discrepar, pero en mi empresa hemos establecido un procedimiento con nuestra mutua y hemos prefijado una semana (siempre según tabla facilitada por el médico de la mutua y que corresponde con los plazos fijados en el documento de la SEGO) concreta para que la trabajadora comience la prestación por riesgo durante el embarazo (unas 30 al año), y la mutua en todo momento se muestra colaboradora y simplifica al máximo los trámites, sin poner traba alguna.
    Los documentos que se necesitan para tramitar esta prestación e información útil se puede ver en
    que es la página de la seguridad social

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