Respuestas de foro creadas

Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • Autor
    Entradas
  • armelo
    Participante
    0
    enero 2004


    Simplemente archiva el parte de accidente enviado, junto con la justificación de haber realizado la investigación del accidente, del cual se habrá en su caso, establecido alguna medida para evitar su repetición y modificaco, si procede la evaluación de riesgos, y tenlo localizado para el caso de que exista inspección.

    Un saludo.

    en respuesta a: Alcoholismo en el trabajo #257432 Agradecimientos: 0
    armelo
    Participante
    0
    enero 2004


    Entiendo que si se trata de un caso de alcoholico crónico debe de ser declarado No Apto, para el trabajo por parte del SPA (vigilancia de la salud). La empresa debiera de hacer ver al trabajador su problemática y la necesidad de tratamiento médico, o hablar con la Inspección Médica para que de oficio se incoe una incapacidad para el trabajo.

    Esta obligado a pasar reconocimiento médico por suponer un peligro para los compañeros de trabajo.

    Saludos.

    en respuesta a: Tendinitis: ¿AT o EP? #257562 Agradecimientos: 0
    armelo
    Participante
    0
    enero 2004


    En mi opinión si la tendinitis tiene su origen en una actividad laboral, estamos ante una enfermedad profesional con independencia de que se haya detectado un día despues de estar trabajando en vuestra empresa. A mayor abundamiento el parte de enfermedad profesional pide los trabajos que realizaba al diagnosticarse la enfermedad y los datos de la empresa o empresas en las que con riesgo de enfermedad profesional el trabajador hubiera prestado sus servicios anteriormente.

    en respuesta a: Sólo un autónomo #258475 Agradecimientos: 0
    armelo
    Participante
    0
    enero 2004


    El art. 3 de la L.P.R.L., dice que será de aplicación tanto en el àmbito de las relaciones laborales recogidas een el E.T. como en otra de carácter administrativo etc.,

    Entiendo que quedas fuera del objeto de la ley y que al no tener trabajadores no tienes obligación legal de tener la evaluación de riesgos, si solo estás tu en las instalaciones, no debiendo dejar que otras personas entren en tu establecimiento si van a realizar algún tipo de trabajo que pueda suponer riesgo (entrada de mercancias, apilado del almacén etc).

    Si fuera mi caso, aun no teniendo obligación legal, la haría.

Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)