Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Coordinación de Actividades para Inspección #421125 Agradecimientos: 0
    amserrano
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    abril 2006


    [OK, pero me parece algo materialmente imposible, ya que si tenemos que meter los riesgos de cada centro al que vamos, y hacer la coordinación con todas las empresas concurrentes, podemos hacer mas de 1000 coordinaciones y ya no te digo como quedaría la evaluación si tenemos que meter los riesgos que pueden afectarnos de cada uno.

    Sí tenemos evaluados los riesgos de las actividades que realizan nuestros trabajadores, pero no metemos los riesgos, que por ejemplo pueden haber porque en el hotel esté al mismo tiempo el que lleva el mantenimiento del ascensor y nosotros.

    Me parece un absurdo y una pérdida de tiempo, en todo caso debería ser obligación de la empresa titular de la instalación el poner en la evaluación todos esos riesgos y al realizar la coordinación ya vendrían contemplados.

    Hace falta meter los riesgos físicamente en la evaluación o vale con anexar la documentación facilitada por el hotel ( en éste caso ).?

    en respuesta a: Obligación del curso 20 horas de un jardinero? #414443 Agradecimientos: 0
    amserrano
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    abril 2006


    Muchas gracias a todos, el problema es que el coordinador de la obra les pide que tengan las 20 horas para entrar y poner 3 palmeras.

    GRACIAS POR VUESTRA AYUDA, intentaré que entre en razón.

    en respuesta a: documentacion #409363 Agradecimientos: 0
    amserrano
    Participante
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    abril 2006


    Ya, el problema es que como tengas un accidente mortal, y el trabajador no esté dado de alta, se te cae el pelo. De la otra forma por lo menos puedes demostrar que pediste la documentación y la empresa te la pasó, tu ahí ya no puedes hacer más si luego la empresa subcontratada fué de mala fé y te pasó un tc2 con el trabajador dado de alta y ya no lo tiene, ya no es culpa tuya.

    Por la experiencia que tengo, cuanta más documentación se le pida mejor, en caso de accidente te puede salvar el culo.

    PD. en cuanto a los reconocimientos médicos, tenías razón, solo es obligatorio el inicial, y periódicos en aquellos trabajadores de la construcción que trabajen con amianto.

    en respuesta a: documentacion #409359 Agradecimientos: 0
    amserrano
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    abril 2006


    El reconocimiento médico para trabajadores de la construcción es obligatorio, ya que realizan actividades que pueden afectar a terceros, siempre teniendo en cuenta que en cualquier trabajo el primer reconocimiento médico es obligatorio.

    En cuanto a la entrega de EPIS, es para asegurarte de que la empresa concurrente entregó los mismos a sus trabajadores, pero claro está, luego hay que velar por que los trabajadores los utilicen en la obra, no vale solo con tener el papel firmado por el trabajador como que su empresa le entregó los EPIS.

    Pero eso es lo que pedido yo, habrá empresas que pidan mas cosas y otras que pidan menos.

    SALUDOS

    en respuesta a: documentacion #409357 Agradecimientos: 0
    amserrano
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    abril 2006


    Se me olvidaba, en caso de obras también que estén inscritas en el REA (registro de empresas acreditadas ).

    en respuesta a: documentacion #409356 Agradecimientos: 0
    amserrano
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    abril 2006


    Buenas.
    Yo lo que pido es:

    EL equipo de trabajo que tenga manual de instrucciones y lleve marcado CE o en su defecto declaración de conformidad,con todo y con eso lo miro por si le faltara alguna protección, etc, ya que el marcado CE no quiere decir que el equipo esté en condiciones.

    En cuanto al trabajador que entra a trabajar en mi instalación que tenga la formación necesaria ( específica según articulo 19 y la necesaria por el convenio ), entrega de información, reconocimiento médico, entrega de EPIS, copia de tc2 para ver que el trabajador está dado de alta, y también informe de los riesgos de la actividad que van a desempeñar y que pueden afectar a terceros, así como copia de la evaluación de riesgos, planificación y certificado de la modalidad de prevención que tienen ( si tienen servicio propio o ajeno, en su caso certificado de la entidad).

    SALUDOS

    en respuesta a: CONDENAS A TÉCNICOS DE PREVENCION #409241 Agradecimientos: 0
    amserrano
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    abril 2006


    Buenas a todos, he leído las opiniones y al final son todo suposiciones, os cuento la realidad:

    El detenido ( que no es detenido, si no que se lo llevaron para prestar declaración), es el jefe de la empresa principal, responsable a su vez de la prevención.

    SEGUNDO. El riesgo sí estaba contemplado en la evaluación y ésta sí estaba realizada, el problema es que no se tenía la planificación de éste año realizada.

    TERCERO. El trabajador fallecido, era de una subcontrata y no estaba dado de alta en la seguridad social, el problema es que no había coordinación de actividades.

    CUARTO. La explosión se produjo realizando trabajos de soldadura, el depósito contenía aceite. ( por lo que no se explican los motivos de la explosión ).

    QUINTO. Mientras no se regulen los servicios de prevención y existan servicios ( a sabiendas de la inspección de trabajo) que cobran 100 y menos euros por llevar la prevención a empresas,y cada técnico lleve 150 o 200 o mas empresas ( imposible de poder llevar la prevención en condiciones en ninguna ), esto va a ir a peor. Lo que hace falta es una regulación de los servicios de prevención y del trabajo de los técnicos.

    en respuesta a: Formación Emergencia y Evacuación. #404979 Agradecimientos: 0
    amserrano
    Participante
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    abril 2006


    Ya se lo que dice el articulo 20 de la LPR, pero me surge la duda al leer el articulo siguiente :

    Por lo tanto una empresa de 10 trabajadores que no está dentro del anexo 1 no tendría que formar a los trabajadores?

    Yo creía que todas las empresas ´con un cierto número de trabajadores tenían que tener formados algunos en Medidas de emergencia, Evacuación y primeros auxilios.

    GRACIAS

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    en respuesta a: Formación 20 h de Convenio de la construcción #404055 Agradecimientos: 0
    amserrano
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    abril 2006


    MUCHAS GRACIAS, HA SIDO DE GRAN AYUDA.

    en respuesta a: Aula permanente Comerciales #383369 Agradecimientos: 0
    amserrano
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    abril 2006


    Muchas GRACIAS POR LAS RESPUESTAS

    en respuesta a: Aula permanente Comerciales #383366 Agradecimientos: 0
    amserrano
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    abril 2006


    EL TRABAJADOR PERTENECE AL SECTOR DEL METAL.

    GRACIAS

    en respuesta a: Condena de TPRL #373960 Agradecimientos: 0
    amserrano
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    abril 2006


    Yo estoy con Pdrov, en mi caso llevo 130 empresas y salgo de una carpintería y me meto en una perfumeria y después me voy a una obra y la verdad, creo que es imposible conocer la legislación de todo y todas la máquinas y todos los productos químicos, etc pero es lo que es y si quiero trabajar no me queda otra.

    Además se da el caso de la competencia entre los servicios de prevención, en mi caso tenía una empresa ( cementera ) que estaba pagando con nosotros 6000 euros y se fué con otro SPA por tan solo 630 euros. Creeis que le harán todo lo que necesitan ( formación, estudios, etc ) por ese precio???

    Lo dicho estoy con Pedrov, la prevención la deberían llevar empresas sin ánimo de lucro, con especialización de los técnicos y menos carga de empresas para poder atenderlas como es necesario.

    SALUDOS A TODOS

    en respuesta a: Accidente #371601 Agradecimientos: 0
    amserrano
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    abril 2006


    Según la investigación realizada por industria no se ha podido explicar porque, ese es el problema que la inspección me pide medidas correctoras y no se que medidas puedo poner porque no se a que se debió el accidente. Ya he hablado con la inspección y le da igual

    SALUDOS

    en respuesta a: Accidente #371599 Agradecimientos: 0
    amserrano
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    abril 2006


    Efectivamente, no me expliqué nada bien la cosa es que al trabajador le explotó una botella de nitrógeno, llevaba todos los epis necesarios, tenía firmada la entrega de epis y la información, tenía la formación necesaria y el manejo de las botellas, almacenamiento, etc se hace de forma correcta, ya se hizo en su día la reevaluación poniendo normas de procedimiento, pero la inspección le pide unas medidas correctoras ( textualmente ) y la verdad no se que más puede hacer la empresa si a mi criterio lo tiene todo bien.

    Perdonar la explicación de ayer ( bueno si ha eso se le puede llamar explicación).

    en respuesta a: control de epis #369597 Agradecimientos: 0
    amserrano
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    abril 2006


    Buenos días llevo una empresa que facilita a los trabajadores que trabajan en la calle unas cazadoras para cuando hace frío, la inspección de trabajo le ha pedido a la empresa la documentación de la cazadora ( como la que lleban los guantes de protección, calzado, etc) en este caso la cazadora se considera equipo de protección? es necesario que tenga documentación? hemos llamado a la casa que los suministra y nos dicen que no tienen nada.

    GRACIAS

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