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2 julio, 2008 a las 09:43:58 en respuesta a: ¿cuanto tiempo hay que archivar la documentación de obra? #94348 Agradecimientos: 0
muy bien a todos han aprobado. efectivamente son 5 años.
29 junio, 2008 a las 08:55:27 en respuesta a: FUNCIONES DEL COORDINADOR DE S Y S #94570 Agradecimientos: 0Un coordinador puede trabajar en lo que quiera en el tiempo que le quede libre,es decir en el caso que el contrato de coordinación exiga 8 horas diarias en la obra (dedicacion exclusiva) que por lo tanto no podras salir de tu obra en ese tiempo pero fuera de ese horario si puedes hacer lo que quieras y mientras estes en las 8 horas de tu coordinacion en la obra no podrás trabajar para alguien de la contrata o subcontrata para esa obra.
Bueno, esta claro que no nunca puedes hacer caso a lo que te digan en obra siempre quieren salirse con la suya, pero mira, efectivamente el calor puede ser un problema en una obra si llegara a ser perjudicial para la salud de los trabajadores,(piensa que trabajar por ejemplo a 45 grados en una cubierta durante 8 horas puede dar riesgo de desvanecimientos) pero nunca reducir las protecciones si llegara el caso se pararia el trabajo y se tomarian otras medidas (como cambiar los horarios).
3 mayo, 2004 a las 07:52:32 en respuesta a: URGENTE ! sueldo técnico superior #251108 Agradecimientos: 0Mira eso depende , pero es verdad que los sueldos en los últimos años han bajado mucho, suelen estar entre los 3000000 y los 3500000 unque hay sitios que todavia pagan mas , pero como en sueldo no se diferencian mucho intenta negociar las condiciones de horario, coche , gasolina y demas. es mejor calidad de vida con un sueldo mas o menos digno que mucho dinero y no poder disfrutarlo por un mal horario piensatelo un saludo
26 marzo, 2004 a las 09:26:12 en respuesta a: NECESITO AYUDA URGENTEMENTE!!!!!!!!!!!!!!! #253833 Agradecimientos: 026 marzo, 2004 a las 09:09:38 en respuesta a: Autonomos cuentan como trabajadores #254217 Agradecimientos: 0Bueno la respuesta a tu pregunta la ptienes en el RD 39/1997 , pero comentarte ante nada que si la empresa se dedica a la actividad de la construcción o alguna que este dentro del ANEXO 1 NO PODRIAS tendrias que tener un sistema de prevencion propio o ajeno por el contrario si no esta englobada dentro de estas, si podrias hacer lo que tu dices, pero recuerda que debes pasar una auditoria cada 5 años
La ley dice que debes ser técnico competente: (se supone que es ser ingeniero, Ing Tecnico o Arquitecto o arquitecto técnico ) ,lo que pasa que es responsabilidad de los promotores de contratar a una persona cualificada y ello para salvarse en salud los prefieren con el master. Pero recuerda que el master no solo habla de las obras, sino de mucho más . no todo se centra en eso
11 febrero, 2004 a las 14:41:14 en respuesta a: Reforma de la LPRL y Planes de Seguridad y Salud #257673 Agradecimientos: 0Me parece que te has confundido, en los terminos No confundas términos, el 54/2004 lo que habla es de un Plan de Prevención de Riesgos Laborales que es mas o menos lo que decia el anterior sobre las evaluaciones de riesgos y la planificación preventiva , que no tiene que ver con el plan de seguridad y salud del 1627/97
Mira lo mejor que puedes hacer es un estudio de seguridad , creo que es lo más facil, pero tendras que currartelo tu , pon le una memoria , un pliego , presupuestos y planos, y evalua los riesgos.
9 febrero, 2004 a las 08:59:44 en respuesta a: Tierras apiladas procedentes de excavación fuera recinto obra #257847 Agradecimientos: 0dale el mismo tratamiento como estuviese dentro de la obra , debes tomar las medidas que te exige la ley.
2 febrero, 2004 a las 08:45:57 en respuesta a: Tecnico prevencion convalidación cuando sea carrera #258479 Agradecimientos: 0Todavia no se sabe nada, se dice que nos lo convalidaran , si tenemos las 3 especialidades o se creará con otra titulación , pero no hay ni un borrador escrito o sea que ha esperar
Bueno Victor tu caso esta pasando muy amenudo entre nossotros. Te diria que para tener un servicio de prevención propio necesitas almenos como minimo 2 especialidades y subcontratar la Vigilancia de la salud. Ademas la ley esplica claramente que el tecnico que se dedique a la prevención de la empresa tiene exclusividad de ese trabajo, no puede hacer otro trabajo dentro de esa empresa, en cambio no duce de cuanto tiempo puedes estar a media jornada completa como 1 hora al dia.
Si al final te vieras “obligado ” a hacer lo que dicen , lo más sensato sería estar el primer año trabajando con la mutua contratada las 4 especialidades, para que tu recolectaras los datos y la experiencia suficiente para los años posteriores continues tu esa labos. Tienes que hacerles entender que tu ahora mismo no tienes ni los medios ni las “Herramientas (de información)” necesaria para llebvar ese trabajo ahora
Un Saludo
19 enero, 2004 a las 08:43:39 en respuesta a: OBLIGACION DE LA EMPRESA DE PAGAR GAFAS GRADUADAS #259496 Agradecimientos: 0Como ya sabes, la empresa tiene la obligación de dar al trabajador las protecciones necesarias para realizar su trabajo, pero en este caso si la protección de unas gafas normales no es suficiente puedes proponer dos opciones segun valores la situación o tener que darle unas graduadas (Ya que si tiene falta de vista puede ser un peligro que trabaje sin ver bien , segun el trabajo que realice) o debido a lo que te acabo de decir decida que por la cirscuntancias de este trabajador no es acto para realizar ese tipo de trabajo por lo peligroso que puede ser para él como para sus compañeros o su empresa y que realice otro trabajo
12 enero, 2004 a las 09:49:45 en respuesta a: OBLIGATORIEDAD DEL SISTEMA DE PREVENCION #260143 Agradecimientos: 0Si tu empresa es de menos de 6 trabajadores, lo mejor es que el empresario asuma la prevención dentro de la empresa (siempre que posea la formación suficiente para ello) y si no tendra que contratar un servicio de prevención ajeno. Per por supuesto que debe de poseer un servicio de prevención.
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