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  • #2832 Agradecimientos: 0
    JC5
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    febrero 2008


    Espero me ayuden a aclararme a la hora de realizar el informe de un accidente mortal que desgraciadamente tengo que redactar.

    Les informo sobre mis dudas, teniendo claro inicialmente cual es la causa directa, el agente físico que provoca el fallecimiento del trabajador , existen unas circunstancias que me hacen plantearme cual es la causa verdadera o real.

    El trabajador fallecido tenia contrato de trabajo con una empresa X que estaba subcontratada para realizar trabajos de construcción, dicho trabajador tenia como objeto la supervisión de dichas obras auxiliares.

    Así mismo la empresa X tenia un contrato de prestación de servicios con la Contratista Y, dicho contrato de trabajo entre X e Y consistía exclusivamente en la realización de trabajos auxiliares de construcción.

    El accidente mortal ocurrió mientras que el fallecido y personal técnico de Y realizaban pruebas de carácter técnico. No había ningún trabajador mas de la empresa X a quien el trabajador fallecido tuviera que supervisar.

    Por lo tanto entiendo que el Trabajador fallecido no debía de estar en el lugar donde sucedió el accidente por no estar contratado para esas labores, y tampoco tener contratados esos trabajos su empresa X.

    Y por lo tanto una de las causas, sino la que mas, del accidente mortal fue que el trabajador estaba realizando trabajos para los cuales no estaba autorizado ni cualificado.

    Espero sus opiniones, muchas gracias.

    #90939 Agradecimientos: 0
    Torlo81
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    julio 2006


    Tal y como lo planteas y al ser en este foro el único que tiene información de primera mano, no cabe más que darte la razón.

    De todos modos, podrías plantear como sucedió el accidente? Básicamente, porque achacar a alguien falta de autorización o cualificación como causa de su muerte es un poco osado, más esto último porque, yo también podría plantearte otra teoría:

    – El trabajador fallecido es contratado por la empresa X, para supervisar los trabajos que los operarios de ésta realizan. Con lo cual, si se ha realizado una correcta coordinación de actividades empresariales, el fallecido tenía autorización para acceder a la obra. Como sus tareas son de supervisión de los trabajos de X, el fallecido realiza pruebas técnicas de comprobación de la correcta ejecución de dichas tareas, para lo cual está cualificado y, probablemente, ha sido contratado. El problema radica en que en ese momento en obra no hay operarios de X, empresa que a su vez es subcontrata de Y, por lo que, para empezar, Y, como comitente de X, que a su vez lo es del fallecido, tiene un deber de vigilancia sobre éste último.

    Visto el panorama, sigues estando seguro que se puede achacar toda la culpa al fallecido? No todo es blanco o negro, y menos en el mundillo de la seguridad y salud.

    Lo dicho, aporta más datos para que podamos emitir un juicio no tan ambiguo.

    Saludos.

    #90940 Agradecimientos: 0
    Astrocopus
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    junio 2003


    Para considerarse suicidio, la muerte debe ser un elemento carnal y el motivo del acto, y no sólo una consecuencia casi ineludible. En el caso de que el suicidio tenga consecuencias legales, la ley recoge que debe haber prueba de intención de morir así como la propia muerte para que el acto sea considerado un suicidio. Puede que dicho proceso sea costoso en caso de minusvalía y tenga que depender de los demás donde están entrando en una dinámica de cómplice de suicidio posiblemente penado con cárcel.
    En muchos países como España si un suicidio puede ser evitado por otra persona, es algo que puede y debe hacerse. En caso contrario podría ser considerado como un caso de Omisión del deber de Socorro, lo que está tipificado como delito en diversas legislaciones.

    #90941 Agradecimientos: 0
    JuliusLT
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    16
    88
    febrero 2008

    Iniciado

    Al no explicar ni describir el accidente, es difícil que podamos establecer causas principales, que son las que supongo más te interesan. Decir que fue la falta de autorización y cualificación la causa del accidente, sin saber cómo ha ocurrido dicho accidente, es aventurarse demasiado. Y decir lo contrario, también.

    El accidente tiene una o varias causas inmediatas de las que hay que establecer sus conexiones con la/s verdadera/s causa/s principales. Sin saber las causas inmediatas es imposible sacar conclusiones. Sobre todo porque a veces la falta de autorización para un trabajo no implica necesariamente que se produzca un accidente, y si se produce, que no sea achacable a esa falta de autorización. a veces también se da el caso de que tareas no autorizadas o con falta de cualificación se desarrollan habitualmente con el consentimiento de la empresa, hasta que ocurre un accidente y entonces donde dije digo dije Diego…

    En definitiva, que o nos presentas los hechos con exactitud o cualquier cosa que te contemos es pura especulación.

    Saludos.

    #90942 Agradecimientos: 0
    rocova
    Participante
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    junio 2008


    Quiero aclararte que el hecho de que no exista trabajador de X en el lugar del accidente, no implica necesariamente que no deba estar el accidentado en dicho lugar, porque al ser la compañia X subcontratada por la compañia Y, el accidentado como supervisor de X podia ser requuerido por personal de Y, para pruebas tecnicas de trabajos concluidos por X o por empezar por X, ademas el hecho de que personal de Y haya permitido su presencia en el lugar del accidente hace que nos haga pensar que X no estaba como intruso alli, porque para que haya ocurrido el accidente en la prueba parece que habia peligros, los mismos que debian ser conocidos por personal de Y, lo que debia hacer que al conocerlo le comuniquen al accidentado y lo retiren del escenario donde se desarrollo el accidente.
    Espero haberte ayudado con mi opinion.

    #90943 Agradecimientos: 0
    Astrocopus
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    0
    junio 2003


    -la imputabilidad o posibilidad de ser considerado sujeto de una deuda u obligación
    -cargo, compromiso u obligación
    -como sinónimo de causa
    -como deber de asumir las consecuencias de ciertos actos
    La responsabilidad jurídica surge cuando el sujeto transgrede un deber de conducta señalado en una norma jurídica que, a diferencia de la norma moral, procede de un organismo externo al sujeto, principalmente el Estado, y es coercitiva. Son normas jurídicas porque establecen deberes de conducta impuestos al sujeto por un ente externo a él, la regla puede ser a través de prohibiciones o de normas imperativas.
    Generalmente puede atribuirse a todo sujeto de derecho RESPONSABILIDAD, tanto a las personas naturales como jurídicas, basta que el sujeto de derecho incumpla un deber de conducta señalado en el ordenamiento jurídico.

    #90944 Agradecimientos: 0
    amarin
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    marzo 2007


    Definitivamente realizar actividades con falta de calificación para esas labores constituye un acto inseguro de su parte, lo cual degeneró en una tragedia. habría que analizar también las condiciones inseguras que se presentaron y que colaboraron con el incidente, pero por no decir que fué por su imprudencia, éste factor fué determinante para el accidente. Saludos.

    #90945 Agradecimientos: 0
    Astrocopus
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    junio 2003


    La validación de la autopsia psicológica como método de estudio de la víctima de muerte violenta (suicida, homicida y accidental) sugiere el conocimiento de un escenario propio consecuente con la configuraciòn derivada del peritaje y el proceso iterativo subsiguiente incluyendo la confrontaciòn de la prueba pericial y probabilidad estadìstica.
    El estudio de casos de una muerte violenta en los que la etiología médicolegal resulta dudosa el criterio experto discriminante confronta como dice Le Moyne Snyder, “lo que generalmente falta es el conocimiento del factor determinante”
    La información susceptible de acopio es recogida de documentos personales, registros policiales y médicos,expedientes judiciales y de las entrevistas con la familia, amigos, socios de trabajo o escuela y médicos; estas entrevistas son realizadas en forma abierta
    Esta metodología propone en el mejor de los casos dotar del imprescindible rigor científico a la muestra de forma que la hiciera tributaria de merecer el rango de prueba pericial para la determinación de la certificación más apropiada de la muerte.

    #90946 Agradecimientos: 0
    Seguridad 2000
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    agosto 2006


    Creo que tu caso fue la falta de comunicacion,pues dudas si la empresa “X”mando a supervisar al elemto “Y”; entonces lamentablemente no tienes el control de el personal contrtista (grave herror),aunque sabes que estan trabajando en una obra “Z” el contatista “x o y” tienen al obligacion de comentarte a que ingresan a la planta y si es que la actividad no es de riesgo ,te salio barato,pues que tal si en lugar de un muerto te incendian o explotan tu empresa,ojo el control de contrtatistas es lo mas delicado,pues como puedes observar ya te envarcaron en una muerte.
    SALUDOS
    DESDE MEXICO.

    #90947 Agradecimientos: 0
    JC5
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    febrero 2008


    Perdón si no he sabido explicarme. En ningún momento quiero plantear que el accidente fuera un suicidio o el culpable de el fuera el fallecido.

    Tengo claro cual es la causa que provoca la muerte, alud de tierra y barro que sepulta al trabajador, pero lo que no se si debo de reflejar en el informe son otras causas indirectas como he explicado, las de estar realizando labores técnicas de comprobación en un área que no es de su competencia y de unos trabajos que no han sido realizados por su empresa, pero que supuestamente es el elegido por la empresa contratista por su experiencia anterior en otra empresa que si realizo dichos trabajos.

    GRACIAS. Lo que necesito aclarar es esa hipótesis de que una de las causas indirectas o secundarias, es que el trabajador no debía estar allí, aun no siendo culpa de el, y quedando claro que alguien le envió a realizar esa tarea

    #90948 Agradecimientos: 0
    Astrocopus
    Participante
    0
    junio 2003


    La validación de la autopsia psicológica como método de estudio de la víctima
    de muerte violenta (suicida, homicida y accidental) sugiere el conocimiento
    de un escenario propio consecuente con la configuraciòn derivada del peritaje
    y el proceso iterativo subsiguiente incluyendo la confrontaciòn de la prueba
    pericial y probabilidad estadìstica.
    En el estudio de casos de muerte violenta en los que la etiología médicolegal
    resulta dudosa el criterio experto discriminante confronta no pocas veces
    como dice Le Moyne Snyder el hayazgo de que, “lo que generalmente falta
    es el conocimiento del factor determinante”
    La información susceptible de acopio es recogida de documentos personales, registros policiales y médicos,expedientes judiciales y de entrevistas con familiares, amigos, socios de trabajo o escuela y médicos; estas consulas son realizadas en forma abierta.
    Esta metodología propone en el mejor de los casos dotar del imprescindible rigor científico a la muestra de forma que la misma sea tributaria y merececedora del rango de prueba pericial para la determinación de la certificación más apropiada del deceso.

    La dinámica familiar en la cual usualmente participan los miembros de la familia dà
    rienda suelta a la libre expresión de confesiones
    sentimentales y opiniòn sobre el fallecido y la forma en que se conoce o entiende la circunstancia del fallecimiento.

    Las peculiaridades del escenario del siniestro
    y declaraciones de testigos que pudieran complentar las indagaciones de antecedentes penales, hábitos antisociales,relación con persuntos precursores/autores del siniestro/muerte, lugar y horario de ocurrencia del hecho, presencia de terceras personas, vestigios toxicologicamente relevantes previo a la muerte, medio(s) utilizado por presunto “victimario” y sus posibles motivaciones no son causas de subestimaciòn de la referencia de eminentes criminólogos como Rodríguez Manzanera, acerca la ausencia de una metodología para el abordaje del factor victimal y su validaciòn en el método para el estudio sociopsicopatológico, lo cual vulnera posturas de tendencia pùblicas y polìticas, colectivas relativas al contrato social y la responsabilidad corporativa sectorialmente discernible desde una perspectiva metanalìtica contable de la distribuciòn de frecuencia/moda muestral de estas “vìctimas-tipo” y lo que “relacionalmente”haya de ser inferido respecto al referentetipo “victimario”.
    La construcciòn calificada cursa asì convencionalmente a partir de la calificaciòn segùn la Clasificación Internacional de Enfermedades CIE, con ìnsito reconocimiento de la Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud: CIF y con correspondencia hàbil, con la Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y Causas de Defunción, CIE-10
    En el àmbito laboral deviene asì del registro de incidencias sectorial y estacionalmente,con la atribuciòn sexada de frecuencias segùn grupo etàreo y Código Industrial Internacional Uniforme de Ocupaciòn(CIIU) admisible en la formalidad institucional del Sistema de Previsiòn Social -usualmente-.
    El empleo informal y el Profesional especializado adolecen de vacios descriptivos y la reivindicaciòn gremial de series matemàticas reportadas/registradas del perfil evolutivo condicionante de la propensiòn propia al riesgo, siendo incorporada las incidencias ademàs a categorias ocupacionales alternativas en la discrecionalidad administrativa zonal cuyo règimen albergue una mayor o menor tradiciòn gremial.

    #90949 Agradecimientos: 0
    mdelapuente
    Participante
    0
    junio 2004


    Si el trabajador no hubiera estado alli, ¿Habrìa ocurrido el evento?, ojo, el evento, no la muerte. Lo que debemos investigar son las causas del evento cuya consecuencia fue la lesión mortal, como podría haber sido un lesión menor o ninguna, mientras el evento en sí es el que se puede evitar. En mi opinión la hipótesis sería cierta como causa si la presencia o acciones no autorizadas o para las cuales no estaba calificada la persona desencadenaron el evento o su presencia significaba ingresar sin controles adecuados a una zona donde se sabìa podría ocurrir tal alud.

    #90950 Agradecimientos: 0
    JuliusLT
    Participante
    16
    88
    febrero 2008

    Iniciado

    Jc5, sigo pensando que dilucidar las causas de un accidente sin haber estado directamente relacionado con él (lugar de los hechos, testigos, antecedentes, etc.) es complicado. Aún así por lo menos voy a intentar exponerte lo que yo pienso, y como he abordado añgunas investigaciones de accidentes también mortales.

    Dices que la causa que provoca el accidente es un alud de tierra y barro, lo que ya empiezo a contemplar este hecho como causa inmediata. Dices que quieres saber si una causa indirecta (secundaria) es que el trabajador estaba donde no debía estar.

    Como bien dice Mdelapuente, una cosa es que el trabajador este donde no debe, y otra distinta es que el trabajador sea el causante directo del accidente. Como parece que esto último no es así vamos a seguir con esta hipótesis: el accidente hubiese ocurrido de la misma manera sin que el trabajador estuviese allí. La diferencia estriba en el daño provocado y la persona afectada.

    Debemos centrarnos es nuestra misión que no es más que concluir CAUSAS PREVENTIVAMENTE VÁLIDAS, es decir, que sirvan para establecer medidas correctoras evitando que no vuelva a suceder, y olvidarnos de buscar responsables y culpables, que para esto ya se encargan los jueces.

    Un hilo desde donde debemos empezar el árbol de causas es el de buscar las causas que desencadenan el alud: existe Plan de Seguridad que contemple las medidas para establecer la inclinación de talud, qué dice, estudios previos del terreno, entibaciones, comprobaciones periódicas, etc. Ahí ya hay un buen mordisco para darle a la investigación porque implica buscar el cómo se había previsto evitar un sepultamiento. Y ahí es donde creo que debes centrar buena parte de dicha investigación. El Plan de Seguridad debe contemplar dicha contingencia.

    También se puede iniciar otra rama del árbol de causas en un posible cambio de morfología del terreno por paso de vehículos, lluvias, etc. Y sus posibles implicaciones en cuanto a vigilancia y control del terreno, responsabilidades asignadas, etc.

    Después puedes iniciar otra línea de investigación en si el trabajador debía o no debía estar allí y cuáles son las implicaciones de este hecho en el accidente. Si hay alguna implicación, investigarla. Si no la hay, entonces solamente has de contemplar el hecho como algo circunstancial.

    La inspección de trabajo lo que quiere es que todas las empresas implicadas desmenucen lo más posible el accidente y si ven demasiado a las claras que una empresa está intentando cargar las tintas en un hecho irrelevante para descargarse responsabilidades, entonces es peor. La Inspección de Trabajo ya tiene bastante experiencia con lo de “el muerto tuvo la culpa”, así que centrar la investigación en “ahí no debería haber estado” es cuando menos pueril.

    Espero haberte ayudado.

    #90951 Agradecimientos: 0
    JC5
    Participante
    0
    febrero 2008


    Juliuslt, podrias pasarme tu email? Gracias.

    #90952 Agradecimientos: 0
    Astrocopus
    Participante
    0
    junio 2003


    el enfoque que mencionas bien puede verse favorecido por el Mètodo Holling () de Evaluaciòn de Impacto Ambiental v. eia.es

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