Viendo 8 entradas - de la 16 a la 23 (de un total de 23)
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  • #340606 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Respuestas a tus preguntas:

    1ª.- Yo soy el médico que te hace el reconocimiento médico y te hago la anamnesis. Veo que entre los riesgos de tu puesto está la manipulación manual de cargas. Te pregunto: ¿alguna hernia en la columna? Tu me dices que sí o que no. Que me dices que no, te hago la exploración indicada en el protocolo (Lassègue o lo que corresponda) y quizás descubra que tienes algún problema de salud. Que me dices que sí, lo anoto y, para asegurarme, te pido que me traigas algún informe médico que lo confirme. Hay más posibilidades de actuación. Pero, en definitiva, que si tienes una hernia discal sintomática, o dos asintomáticas, o una hernia y una protusión, o…, y manipulas cargas manualmente, te doy un apto con restricciones, con una indicación del siguiente tipo: “El trabajador no levantará cargas superiores a 15 kg”, o lo que como médico, considerase. Al fin y al cabo, para un trabajador joven y sano, el peso está limitado a 25 kg (normalmente).

    Si tienes un trabajo que no te exige levantar cargas manualmente y tienes una hernia, pues quizás tengas que tener algún tipo de “apto con restricciones” o quizás no tengas ninguna observación en tu grado de aptitud.

    2ª.- Que el trabajador tiene algún tipo de alteracion mental. Pues de momento, y afortunadamente, el control de los individuos no ha alcanzado tal grado de histeria que se sacrifique todo a la seguridad al 100 %.

    Creo que eso sólo sería relevante en casos de sintomatología claramente manifiesta o en profesiones (piloto de avión, policía, etc) en que la comprobación del estado de salud mental fuera determinante.

    Por ese lado, tampoco veo muchos aptos con restricciones.

    3ª.- El caso de la osteoporosis, o una artrosis en un grado sumamente elevado, o un enfisema pulmonar, o … Pues en todos estos casos, podría ser posible dar un apto con cierto tipo de restricciones, o directamente la Seguridad Social una incapacidad. O si esas enfermedades no presentan un grado acusado, no indicar ningún tipo de limitación.

    Por último, creo que todos tenemos algún tipo de limitaciones psicofísicas. Lo que me está disgustando profundamente de todo este tema de la vigilancia de la salud, que parece que debería ser algo positivo para los trabajadores, es que se puede transformar, sin que ninguno de nosotros queramos ni nos demos cuenta, en un control más allá de lo razonable sobre las personas.

    Saludos,

    #340607 Agradecimientos: 0
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    febrero 2004

    Iniciado

    Saludos, forer@s:

    La cuestión de fondo, EN MI OPINIÓN, es la prostitución del mandato legal de VIGILANCIA DE LA SALUD, entendiéndola como especialidad preventiva (de prevenir) en un mercadeo de “papelitos” en los que se dispone, sin datos fidedignos (a veces, no me lo nieguen, sin la preceptiva Evaluación de Riesgos Laborales realizada) firmados por personas, que incluso, pueden no haber vreconocido médicamente al trabajador en cuestión…

    En cuanto a la pregunta que he lanzado sobre el porcentaje de aptitudes médicas… pues se basa en el razonamiento hecho por Dedemarcillac

    Hasta luego!

    ** Les pido disculpas por el leguaje empleado **

    Todo lo indicado, lo digo desde mi más profundo respeto por tod@s los profesionales de la salud que, por falta de medios materiales, técnicos, materiales y temporales, no PUEDEN llevar a cabo sus funciones… de esencial importancia PREVENTIVA…

    No me cabe duda que hay SPAs que hacen bien su trabajo, cumpliendo con la legislación vigente o, por lo menos, intentándolo… y cierto es también que sin la concienciación del empresario y del trabajador estamos vendidos… *****

    #340608 Agradecimientos: 0
    De locos
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    279
    diciembre 2003


    Sabio

    Me voy a permitir completar la definición que tú has dado(Leer artículo 22 de la LPRL), bien porque se perdió la siguiente hoja, porque no interesa, porque no se sabe leer, por descuido, o por mala graduación de la vista: En el mencionado artículo empieza como tú dices :”evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores”, pero inmediatamente sigue diciendo lo siguiente “o PARA VERIFICAR SI EL ESTADO DE SALUD DEL TRABAJADOR PUEDE CONSTITUIR UN PELIGRO PARA EL MISMO, PARA LOS DEMÁS TRABAJADORES O PARA OTRAS PERSONAS RELACIONADAS CON LA EMPRESA, o cuando así esté establecido en una disposición legal en relación con la protección de riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad”.

    Si persiste la duda al respecto de que el área de vigilancia de la salud (al cual se dedica dicho arttículo 22) deba dar la aptitud psicofísica, un poco más adelante se señala lo siguiente:

    “El empresario y las personas u órganos con responsabilidades en materia de prevención serán informados de las conclusiones que se deriven de los reconocimientos efectuados en relación con LA APTITUD DEL TRABAJADOR PARA EL DESEMPEÑO DEL PUESTO DE TRABAJO o con la necesidad de introducir o mejorar las medidas de protección y prevención, a fin de que puedan desarrollar correctamente su funciones en materia preventiva”.

    Afortunadamente creo que sean mayoría los médicos que son conscientes de su función y responsabilidad, y la ejercen debidamente (a tenor de los que conozco y de lo que se lee por este foro).
    En cambio, todavía hay algunos que, espero que sin dejar de hacer su trabajo (no soy quien para juzgarlo) piensan que les es posible escaquearse de sus funciones legalmente establecidas(confío en que piensen igualmente en una sustancial reducción de sueldo).
    Más de uno hay por este foro.

    El resultado: pues ejemplos tan disparatados y absurdos como el descrito.
    En cambio, un correcto enfoque del tema lleva a un facultativo a tratar de averiguar si un trabajador está afectado de algún problema relacionado con enfermedades neurológicas, o que puedan producirle mareros, desvanecimientos o espasmos.
    Otra cosa es que eso sea fácil, pero eso es otra cuestión.

    #340609 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Tranquilo De Locos que no me ofendes ni aunque te lo propongas. La medicina del trabajo no dará ni un solo paso en este pais si exclusivamente nos vamos a dedicar a los mismo que los médicos reconocedores de certificados médicos ( armas, buceo , tráfico …) Muchos piensan que eso es medicina del trabajo´y así nos va. Paso del tema, ya tengo claro que es como predicar en el desierto.

    #340610 Agradecimientos: 0
    De locos
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    971
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    En eso sí que tienes razón. !Qué poca vigilancia de la salud existe en este país, más allá del puro reconocimiento médico! (con excepción de las empresas donde hay unos buenos servicios de prevención propios, y casos contados por ahí repartidos que supongo que los habrá).

    Lo que sucede es que eso no tiene nada que ver con la cuesión. Si además de no existir vigilancia de la salud, más allá del puro reconocimiento, encima éste no les sirve a la empresa para conocer la aptitud de sus trabajadores (tal y como figura en la ley que debe ser), entonces sí que el médico de empresa no serviría para nada.

    No te vayas por los cerros de Úbeda

    #340613 Agradecimientos: 0
    Ninotska
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    junio 2005


    Hola perdonad que entre a deshoras en este hilo. Pero viendo el tema de los trabajos en altura creo que no es descabellado tratar de averiguar si el trabajador padece de vértigo ya que es algo bastanta común y en mi opinión incapacitante para determinadas tareas.

    #340612 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    El problema esta en ¿como se detecta?

    #340611 Agradecimientos: 0
    Aredhil
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    163
    2
    julio 2010


    Maestro

    ¿Te refieres a vértigo, como un “mareo” o a acrofobia que es el miedo a las alturas?.

    Un saludo.

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