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  • #113912 Agradecimientos: 0
    Vintces C C
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    junio 2004


    Experto

    Completamente de acuerdo contigo.

    Pero tampoco hay que olvidar que algunas mutuas (no sé si todas), además, también ofrecen al empresario un servicio de seguimiento de las situaciones de incapacidad temporal por CONTINGENCIAS COMUNES (ya no hablo de accidentes laborales ni enfermedades profesionales) de los trabajadores.

    Exigen así a los mismos (bajo amenaza velada con perder la prestación económica obtenida por la incapacidad en caso de no personarse el trabajador en su sede el día señalado por ellos)que acudan a una cita con sus médicos y que les proporcionen cuantos informes médicos posean (el del médico de cabecera, etc.) para averiguar el motivo de la baja, pues les es insuficiente el ejemplar del trabajador que luego les es remitido por la empresa (y donde no figura el diagnóstico) defendiendo siempre, por supuesto,la confidencialidad de los resultados que les son entregados.

    Yo, la verdad, no me fío de esa supuesta profesionalidad. Para mí, la mutua siempre está al servicio de la empresa. Del que la contrata.

    #113913 Agradecimientos: 0
    guzman el bueno
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    febrero 2007


    Se considera accidente in itinere casa trabajo trabajo casa, cualquier otro accidente dentro de la jornada laboral se llama accidente en misión, que no es otra cosa que desplazamientos del trabajador por orden o necesidad de la tarea.
    Bien cierto es que las mutuas son así, pero ellas conocedoras de las normas esperan que hagas algo indevido, o no hagas (en este nuestro pais las cosas funcionan a plazos, como te salgas del plazo eres culpable).
    Mi consejo. buscate testigos, (algien te llevaria a urgencias)
    Informes medicos de urgencias.
    Negativa escrita de la mutua.
    y previa consulta a un letrado una denuncia a la mutua.

    #113914 Agradecimientos: 0
    kike29
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    septiembre 2004


    Vete a inspección de trabajo.

    #113915 Agradecimientos: 0
    xirgu
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    junio 2002


    Maestro

    Leo con estupor algunos comentarios expresados en algunos post del tipo “Las Mutuas sólo están para proteger al empresario, al servicio del empresario, NO protegen al débil, etc., etc.”
    Espero que nos quede claro a todos, LAS MUTUAS ESTÁN ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE PARA PROTEGERSE Y BENEFICIARSE A SÍ MISMAS o a empresas satélites del grupo, ni más ni menos ni menos ni más.
    Pensar que el NO reconocer a un trabajador una baja por accidente para pasarla a contingencias comunes beneficia al empresario nada más lejos de la realidad, la baja por AT la paga la Mutua desde el primer día y la de CC la paga el empresario durante los 15 primeros días (salvo los 3 primeros si se trata de la primera baja del año).
    Más. Pensar que el dar de alta a un trabajador QUE NO SE ENCUENTRA EN CONDICIONES de realizar su actividad beneficia al empresario, nada más lejos de la realidad, no beneficia, es una carga.
    En lo único que benefician y no es la Mutua sino un médico de ella, es en catalogar accidentes graves o muy graves como leves para evitar posibles Inspecciones. Pero me temo que aquí también a quien más benefician es a sus empresas satélites de prevención o SPA, porque no es la primera ni la quinta sanción que se impone a una empresa, a través de la propuesta del Inspector de Trabajo, que es derivada al SPA por vía civil.
    Y de las contingencias comunes derivadas a las Mutuas, tanta culpa tienen las Mutuas, como las empresas, como la Seguridad Social, como los trabajadores, POR LOS ABUSOS que se han cometido, cometen y cometerán. Hay médicos de cabecera (ahora de familia) que dan bajas como churros.
    Insisto, en este tema las MUTUAS únicamente miran por lo suyo, por el de nadie más, aprovechándose del enorme desconocimiento que hay entre los empresarios para que parezcan éstos los malos de la película cunado en infinidad de ocasiones ni se enteran de lo que está pasando.

    #113916 Agradecimientos: 0
    Man0706
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    febrero 2002


    Maestro

    Es el empresario el que selecciona la mutua con la quiere trabajar, no la Seguridad Social.

    #113917 Agradecimientos: 0
    balcalanero
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    enero 2008


    Mi punto de vista es que tienes buena parte de razon.

    Es cierto que los medicos priman el quitar hierro a las bajas, el tratar de que no se cojan, o de catalogarlas como leves cuando en conciencia saben que no lo son.

    No es normal que un medico en la SS te de la baja por un esguince y ESE MISMO MEDICO te diga que estas OK por esa misma lesion producida en accidente laboral ( el medico en cuestion fue demandado, parece ser que el hombre se olvido del diagnostico inicial de cuando el trabajador se persono como accidente laboral, cosas que pasan).

    Las mutuas efectivamente estan para SU PROPIO BENEFICIO, eso es un hecho.

    Tambien creo que es una respuesta abusiva a la respuesta abusiva de tantos trabajadores que han abusado de las bajas y se las han cogido por el morro. (Acción-reacción).

    Me gustaria saber si hay algun protocolo o alguna disposicion legal que proteja a los trabajadores de abusos por parte de las mutuas y a juicio de los expertos que aqui hay cual seria el paso o los pasos a tomar cuando la mutua no quiera reconocer como baja algo que en conciencia si lo es ( tendinitis, bursitis, esguinces, tirones, contusiones o incluso fisuras oseas).

    Es decir , cual seria los pasos a tomar y si hay alguna reglamentacion que marque que pueden exigir o no las mutuas ( me parece que eso de que las mutuas que tienen acuerdos con las empresas para contingencias comunes te puedan exigir la matriz del trabajador en la que pone el diagnostico es ilegal, pero quizas sea una percepcion mia erronea).

    Gracias y perdonar el rollo.

    #113918 Agradecimientos: 0
    balcalanero
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    enero 2008


    No te parece que antes habria que agotar otros cauces?

    ¿No esta Inspeccion medica en las mismas de tratar de que no se cojan bajas y por lo tanto no va a desdecirla?

    Porque me imagino que querias decir inspeccion medica y no inspeccion de trabajo ¿no?.

    #113919 Agradecimientos: 0
    Vintces C C
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    junio 2004


    Experto

    Pero el caso concreto que comento en el que también pueden prestar un servicio de seguimiento de las situaciones de incapacidad temporal por contingencias comunes puede beneficiar a un empresario que piense que el trabajador sí se encuentra en condiciones de realizar su actividad, importándole muy poco lo que opine el médico de cabecera al respecto (no entro en si el trabajador miente o no).

    El médico de la mútua ya sabrá qué debe hacer, decir y cómo hacerlo, amable o severo (según qué médico), para meter un poco de presión al trabajador. Supongo que dependerá del motivo de la baja y su probable duración.

    ¿Es normal que las mutuas envían telegramas a los trabajadores citándoles para averiguar el motivo de su baja y advirtiéndoles de que pueden perder su prestación si no comparecen?. Es un caso muy concreto del que hablo, no puedo generalizar, pero es la opinión que, de momento, tengo de ellas.

    Y, por supuesto, miran para beneficiarse y protegerse ellas mismas…pero no tengo tan claro que sean exclusivas estas motivaciones. Si no les interesa admitir o que se prolonguen bajas por accidente laboral o enfermedad profesional, tampoco creo que les interese que el empresario cambie de mutua en el futuro.

    #113920 Agradecimientos: 0
    PUNISHER
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    septiembre 2002


    Si bien reconozco que no he leido todos los comentarios, por lo que pediré disculpas si se ha contestado ya.

    1- Espero que te mejores y que puedas solucioanrlo todo correctamente.
    2- No es oro todo lo que reluce, posiblemente haya algún dato que desconocemos, motivo porel qual la Mutua ha decidido no darte la Baja por Accidente de Trabajo.
    3- La Mutua no es la que debe decidir si te da la Baja Laboral o no, es decir si la empresa esta de acuerdoon tu versión, sólo tienque mandar por Fax o vía mailing el parte de accidente, reconociendo que tu accidente se prdujo en horario laboral, sino lo hace, algo esta pasado y no es por la Mutua, no ?
    4- Ningún Médico de la Seguridad Social puede negarte uno de los derechos esenciales y es el derecho a coger la Baja por Contingencia Común, es decir si te lo niega, le tomas el úmero de colegiado y te vas al Inspector del Hospital que te atendio y procedes a realizar tu queja o bien una denuncia.
    5- La Empresa no tiene porque tener un seguro en estos casos, las empresas unicamente poseen seguros de Responsabilidad Civil y no de Asistencia.
    6- El Seguro de la Moto no puede a su vez desentenderse de la situación, debe prestarte asistencia y luego ya se esclarecera la culpabilidad de quien haya sido, mira si tienes cubierto la incapacidad por accidente.
    7- De verdad que espero que te mejores, pero sin que te sientas ofendido o pienses que es contra ti, el motivo de tal actuación por parte de la Mutua, no es otro que los abusos existentes y la permisividad de la Ley de Prevención y el reconocimiento de los accidentes de trabajo, creeis que una persona que se ha echo daño en la ducha no espera a llegar al trabajo, para comunicar que se ha torcido el tobillo en el patio de la fábrica, o que una lesión de un partido de fútbol o incluso de años de jugar a fútbol, no se intenta pasar como Accidente Laboral o peor aún como Enfermedad Profesional, es normal que haya de haber una criba, y un mediador, en este caso el medidor es el ICAM, por lo que pide la baja por C.C y denuncia a la Mutua.

    Saludos y que te mejores.

    #113921 Agradecimientos: 0
    balcalanero
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    enero 2008


    ¿Que hacer si tienes los testigos,pero la mutua no se hace cargo?.

    ¿A que organismo puede acudir un trabajador si la mutua no actua de ley y incumple sus deberes y se niega a reconocer accidente laboral?

    ¿Que normativa hay sobre el papel de las mutuas y la forma en que el trabajador puede reclamar una baja cuando ella se niega?

    ¿Que legislacion tenemos sobre las mutuas laborales?

    ¿Puede exigir el medico de la mutua el parte de baja cuando la mutua lleva contingencias comunes de enfermedad comun y se le da la matriz que viene el diagnostico en blanco?(El ejemplar con la enfermedad se lo quedaria el trabajador).

    #113922 Agradecimientos: 0
    balcalanero
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    enero 2008


    Eso que dices es razonable, por cierto ¿Que es el ICAM?

    A que organismo se puede pedir amparo cuando la mutua actua con mala fe?.

    ¿Como te va a dar la empresa la baja, ellos te remitiran a la mutua que es la que se encarga, si no tela dan mejor para la empresa que tiene una persona mas en plantilla- los 15 primeros dias los paga la empresa- y por lo tanto se ahorra dinero.

    ¿Que legislacion hay al respecto y que pasos debiera seguir el trabajador para poder conseguir esa baja laboral en tu opinion?

    ¿Puede la mutua en los casos en que vigila las bajas laborales por contingencias comunes exigirte el parte de baja de enfermedad en el que viene el motivo de tu baja o le vale con el ejemplar de la empresa en que viene en blanco la enfermedad?

    Me gustaria saber lo que la mutua o el medico de la mutua te puede exigir de acuerdo a la ley en cuestion de visitas, partes de baja, informes y aquello que no le corresponde saber y por lo tanto puedes negarte a facilitarlo

    Tambien que legislacion es la que se ocupa de los derechos del trabajador y sus obligaciones cuando se trata de un accidente laboral, enfermedad labroal o enfermedad comun en lso casos en que las mutuas la vigilan.

    Gracias

    #113923 Agradecimientos: 0
    balcalanero
    Participante
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    enero 2008


    Eso que dices es razonable, por cierto ¿Que es el ICAM?

    A que organismo se puede pedir amparo cuando la mutua actua con mala fe?.

    ¿Como te va a dar la empresa la baja, ellos te remitiran a la mutua que es la que se encarga, si no tela dan mejor para la empresa que tiene una persona mas en plantilla- los 15 primeros dias los paga la empresa- y por lo tanto se ahorra dinero.

    ¿Que legislacion hay al respecto y que pasos debiera seguir el trabajador para poder conseguir esa baja laboral en tu opinion?

    ¿Puede la mutua en los casos en que vigila las bajas laborales por contingencias comunes exigirte el parte de baja de enfermedad en el que viene el motivo de tu baja o le vale con el ejemplar de la empresa en que viene en blanco la enfermedad?

    Me gustaria saber lo que la mutua o el medico de la mutua te puede exigir de acuerdo a la ley en cuestion de visitas, partes de baja, informes y aquello que no le corresponde saber y por lo tanto puedes negarte a facilitarlo

    Tambien que legislacion es la que se ocupa de los derechos del trabajador y sus obligaciones cuando se trata de un accidente laboral, enfermedad labroal o enfermedad comun en los casos en que las mutuas la vigilan.

    Gracias

    #113924 Agradecimientos: 0
    Vintces C C
    Participante
    77
    193
    junio 2004


    Experto

    A tu última pregunta: si la mutua tiene contratado con el empresario un servicio de seguimiento de trabajadores en situación de baja por contingencias comunes (puede tener otro nombre este servicio)…ya te digo yo que sí que puede.

    Le pedirá al trabajador, no uno de los partes de confirmación (aquí no figura el motivo de la baja), sino el primero: el “parte médico de baja”: aquí si viene el diagnóstico del médico de la seguridad social. O cualquier otro informe médico donde figure el motivo de la incapacidad temporal. Es lo que quiere saber.

    Un saludo.

    #113925 Agradecimientos: 0
    balcalanero
    Participante
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    enero 2008


    Eso es lo que queria saber, gracias por tu respuesta, por cierto, sabes de algun sitio donde vengan las cosas que es licito que la mutua te exija y cuales no (para no marear al personal con dudas que seguramente la mayoria no teneis).

    #113926 Agradecimientos: 0
    ramger
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    enero 2008


    La vision que a mi me dan las mutuas es que son intocables y que rara vez nadie, ni inspeccion medica ni nadie, les quita la razon.

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