Viendo 15 entradas - de la 31 a la 45 (de un total de 57)
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  • #392837 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    El CSS no puede exigir mas alla de lo que la ley exija. Si exige algo mas alla de lo que la ley establece, ¿lo va a pagar él?

    #392838 Agradecimientos: 0
    Cap. Morgan
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    mayo 2005


    Maestro

    El CSS puede exigir todo aquello que considere oportuno para la mejora de la coordinacion de actividades dentro de la obra.
    Si el CSS entiende que el RM de los autónomos es uno de los requisitos necesarios para esa mejora, puede exigirle al/los contratistas que así lo reflejen en sus PSS antes de proceder a su aprobación, del mismo modo que puede exigir cualquier otro requisito que estime oportuno.
    ¿Que quien lo paga?, eso es una cuestión que tendrán que dirimir entre el autónomo, el contratista y el promotor, pero como cualquier otro conflicto económico que pueda surgir por las exigencias del CSS quien no debería tener como preferente el criterio monetario.
    Saludos

    #392839 Agradecimientos: 0
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    febrero 2004

    Iniciado

    Como poder, el CSS puede exigir lo que quiera, efectivamente.

    Y el contratista (o cualquier otro perjudicado) como poder, le puede poner una denuncia ante los tribunales por fraude de Ley y lucro cesante.

    Como CSS, que exija por escrito y firmado si tan seguro está de lo que va a “exigir”.

    #392840 Agradecimientos: 0
    Cap. Morgan
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    mayo 2005


    Maestro

    No se yo si prosperaría una demanda de ese tipo, más que nada porque siempre queda el “criterio técnico”, que sospecho tiene su valor en este caso (no olvidemos que el CSS es parte de la “propiedad” y algo contará su opinión sobre quien entra o deja de entrar).
    Si yo fuese el CSS de una obra, es bastante problable que, por ejemplo, le exigiese a la contrata que reflejase el RM como requisito obligatorio para los operadores de determinadas máquinas “gordas”: movimientos de tierras, gruas, etc; fuesen asalariados o autónomos.
    Máxime viendo la respuestas que he obtenido por parte de la autoridad laboral ante la cuestión de las posibles responsabilidades derivadas de un accidente causado por un autónomo en obra.
    Saludos

    #392841 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    * En teoria, tendría que pagarlo el Promotor.El estudio de seguridad deberia contemplar ese coste, que es mismo si el reco se lo hace un trabajador por cuenta ajena, que si lo hace un autónomo.
    En la práctica, como tantas otras cosas, el coste lo asumirá el autonomo.

    Un saludo.

    #392842 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Claro, y si considera oportuno que todos tengan el supermegamaster de prl, pues como lo ha dicho el CSS ha tenerlo.

    El CSS puede exigir lo que considere oportuno, pero siempre sin extralimitarse, y si quiere exigir algo mas alla de lo legalmente establecido o contractualmente acordado, o lo paga él, o lo paga quien le contrata, cumo cualquier otra partida de obra.

    #392843 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Por cierto, yo contratista, no tengo que dirimir con el promotor quien me paga las ocurencias de un tecnico contratado por el promotor, es ese tecnico contratado por el promotor quien tendrá que dirimir el abono de dichas cantidades con quien le contrata, puesto que las medidas preventivas, son presupuestables y abonables desde el momento en que un miembro de la dirección facultativa las aprueba.

    A lo que voy es, ese CSS ¿ha informado de esta circunstancia al promotor? ¿o esta esperando a que se monte la de dios es cristo cuando yo le reclame el abono de esa partida?

    #392844 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Evidentemente, si en el ESS ya se contempla ese condicionante y esta presupuestado (cuando proceda), no hay nada que discutir, puesto que legalmente se esta obligado a cumplir con lo que en el ESS este dispuesto o a justificar y presupuestar las alternativas que se propongan, pero siempre condicionadas a la aprobacion del CSS.

    #392845 Agradecimientos: 0
    Cap. Morgan
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    mayo 2005


    Maestro

    Hombre, no soy experto en contratos mercantiles, pero supongo que en todos habrá una cláusula en la que se indique algo así como “…el contratista cumplirá con la legalidad vigente en materia de PRL y bla bla bla”. Y resulta que esa legalidad implica redactar y cumplir lo dispuesto en un PSS que debe ser aprobado por el CSS, CSS que puede perfectamente solicitar las modifcaciones que estime oportunas (y que no necesariamente tienen que estar especificadas explicitamente en un texto legal) a dicho PSS atendiendo una mejor ordenacion de la coordinacion de actividades; obviamente creo que tratándose de profesionales, podemos obviar la reducción al absurdo que sería pedir que todos los trabjadores sean neurocirujanos, en cuyo caso el asunto sería mejor tratarlo en un foro de psiquiatría.
    ¿Y para dirimir el astunto económico?, pues podemos empezar a teorizar sobre si la partida del reco debe contemplarse como cualquier otro coste imprevisto no presupuestado originalmente y reclamarselo al promotor pero, en la práctica, si alguna empresa del sector de la construcción no prevé en su presupuesto una partida para imprevistos, o son unos fenómenos de la organización industrial o no saben donde están aparcados.
    Saludos
    PD: No creo que ese CSS haya informado previamente al promotor de un asunto semejante ni creo que tenga que hacerlo y, además, no creo que tuviese ningún problema en justificar esa decisión. Seguro que conoces muchos CSS que piden cosas mucho más costosas, absurdas (como lo de los neurocirujanos) y difícles de justificar que un reco a un autónomo.

    #392846 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    La legalidad vigente se cumple sin que un autónomo tenga evaluación de riesgos, reconocimiento médico, etc, etc.

    #392847 Agradecimientos: 0
    Oskar76
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    noviembre 2004


    Gran Maestro

    Buenos días, compañero…
    Facultad del CSS:”la adopción de medidas para que sólo las personas autorizadas accedan a la obra”…
    Desgranemos este punto normativo:
    1º- Eso presupone que haya un control de accesos… pero no significa que deba ser el CSS el que establezca los requisitos de entrada, si no que se garantice que, una vez indicados esos requisitos, los mismos se cumplan…
    2º- Quien establece esos requisitos??? El Contratista en su plan de seguridad… no el CSS
    3º- Pero es el CSS el que aprueba el plan… con lo que podrías decirme: estamos en las mismas, no te apruebo el plan…
    4º- Si un CSS no me aprueba un PSS por un tema así, con todos mis respectos, me lo tendrá que argumentar legalmente bajo la “sospecha” de sobrelimitación en sus funciones… y si no empiezo la obra por no tener el PSS aprobado, bajo la “amenaza” de que corran a su cargo las posibles responsabilidades civiles de retrasos en plazos, etc… ¿Por qué?? Porque salvo que venga establecido así en el contrato promotor-contratista, o en el pliego de condiciones del proyecto, el CSS no puede ni debe exigir nada más allá que el real cumplimiento de la normativa preventiva…
    Todo lo que sea digamar más allá, es atribuir funciones que no le corresponde, y meterse en más de un problema…
    Saludos

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

    #392848 Agradecimientos: 0
    Cap. Morgan
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    mayo 2005


    Maestro

    Ya, ya, pero además de la legalidad vigente está esa otra “legalidad” que emana de un criterio técnico razonablemente aplicado.
    Saludos

    #392849 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Muchas veces no es el coordinador el que impone eso de los reconocimientos médicos a los trabajadores, sino desde la propia Promotora. Y lo hace contractualmente.
    Lo que se reduce a:
    Reconocimiento médico= entras a obra
    No Reco=no entras a obra.
    Como las lentejas…

    #392850 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Es que sólo se pueden imponer dichos condicionates por la via contractual, bien directamente en el contrato, bien a través del proyecto y/o de alguno de los documentos que lo conforman.

    Saliendose de aquí, los condicionantes extras, conllevan modificaciones contractuales (en todos los terminos, es decir pudiendo tambien en el termino economico)

    #392851 Agradecimientos: 0
    Asier Arriaga Magunacelaya
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    julio 2001

    Iniciado

    El debate ha ido bastante más allá de lo que era inicialmente la pregunta, que creo que ya ha quedado respondida (el autonomo sí puede contratar un SPA)

    Lo que ha suscitado más intervenciones, aparte de si el CSS puede o no exigir lo que no viene en la ley, es si el autónomo tiene o no que hacer la evaluación de riesgos. En contra de lo que entiendo que dice lcm75 (con el que por lo general suelo estar de acuerdo), en mi opinión si hay base legal para obligar al autónomo a tener una evaluación de riesgos de su actividad: el 171 de coordinación de actividades empresariales, al obligar al intercambio de información referida a los riesgos y medidas preventivas de cada actividad, en lo que pueda afectar al resto de los trabajadores. Sin evaluación de riesgos (y posiblemente unas cuantas cosas más) es difícil cumplir con las obligaciones del 171.

    Por supuesto, soy consciente de que éste es un tema controvertido, y de que muchos expertos no estaréis de acuerdo.

    Un saludo.

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  • El debate ‘ CUESTION TECNICA EVALUACION RIESGOS’ está cerrado y no admite más respuestas.