Viendo 15 entradas - de la 121 a la 135 (de un total de 139)
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    Balizaman
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    diciembre 2007


    MGO, los que en su web dicen ser los máximos creadores de empleo, 1300 almas en pena (excepto los que están por encima de director de oficina), tecnicos intermedios a menos de 800 leuros al mes, superores por poco más de mil, CSS a 1200, los que abren oficinas hasta debajo de un puente (dicen que son 135)….
    Y ahora a despedir a gente porque les va a suponer más gasto. NO TE JODE, SERÁN CABRONES. Tienen un colchón financiero de varios millones de euros, y lo que pretenden con eso es seguir manteniéndolo y que el porcentaje de beneficio siga igual o mejor.

    Contra SPA como este hay que movilizarse.

    SaludoSsSsSsSsSs

    #115221 Agradecimientos: 0
    sknot
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    junio 2007


    En un principio decían que el convenio era para igualarnos en condiciones a las sociedades de prevención, pero mi pregunta es ¿cuánto cobran los técnicos sup. en una soc. de prev? No creo que cobren 18000, yo tengo entendido que cobran más, a no ser que fuese antes cuando eran mutuas, o es que ahora les hayan bajado el sueldo cosa que veo difícil. ¿Alguien puede decirnos lo que cobra un técnico sup. en una sociedad de prevención?.

    #115222 Agradecimientos: 0
    apa206
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    noviembre 2007


    pues cobra 1200 al mes (convenio gestorias,son a las que se atienen los spa hasta ahora que no habia convenio), asi ke me parece ke los 18000 sera algo de subida….

    #115223 Agradecimientos: 0
    CATARROJI
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    marzo 2006


    GRACIAS POR ENVIARMELO CORDUBA. ALE A LEERMELO

    #115224 Agradecimientos: 0
    corduba
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    octubre 2001

    Iniciado

    No he dicho que sea MGO, es otro servicio de prevención bastante gordo llamado MPE.
    Yo tengo un amigo que trabaja en Midat Mutual y cobra entre 21 y 22 mil € año, además de muchas más ventajas
    Su convenio es el de seguros.

    #115225 Agradecimientos: 0
    Carlos79
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    agosto 2003


    Si os dais cuenta en el anexo I los Técnicos Superiores aparecen en el Grupo 1 y en el anexo III aparecen en el Grupo 2 ¿alguién me lo puede explicar?

    #115226 Agradecimientos: 0
    Fuga23
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    octubre 2003


    Si, yo ya me habia fijado en eso. creo que estan mal las categorias y esas cosas…. esperemos a que salga el convenio definitivo que el pdf ese es una liada curiosa, lo unico que creo q esta claro es que este año habría que cobrar 18000 euros brutos al año… (o eso creo).

    #115227 Agradecimientos: 0
    prequim
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    febrero 2004


    El sueldo en las sociedades de prevención tiene como base el convenio de seguros y mutuas y es en el que se han basado para hacer este, pero en algunas se cobra según convenio y en otras se cobra por encima. Tendrías que preguntar en todas y seguro que en cada una se cobra un sueldo diferente.

    #115228 Agradecimientos: 0
    vilellero
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    febrero 2008


    #115229 Agradecimientos: 0
    vilellero
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    febrero 2008


    Muxas gracias por la información, soy nuevo en este mundillo

    #115230 Agradecimientos: 0
    LUUUISS
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    octubre 2003


    Pues yo con 18000€ no me conformo

    #115231 Agradecimientos: 0
    gonzalo78
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    agosto 2005


    Estoy contigo Luis, 18000 es poco. En mi empresa hasta se va la gente, los comerciales ya estan hartos, los tecnicos cansados de que la gente los ignore y de que la empresa los explote. Es triste pero la gente abandona la prevención por cualquier otro puesto de trabajo, al fin y al cabo van ganar mas dinero, menos responsabilidad y casi mejores condiciones de trabajo.

    #115232 Agradecimientos: 0
    JMF…
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    enero 2008


    Bueno, si está un poco liado pero yo doy la razón al archivo PDF por es posterior y parece más adecuado a otros convenios. Vamos, que en general grupo II se suele referir a diplomados y Grupo I a licenciados, y dentro de nuestro sector y sin duda alguna, los TPRL somos Grupo II, incluso aunque hayan estudiado carreras de largo ciclo. Otra cosa es la categoría, ahí ya seremos el siguiente nivel al último de la categoría anterior (o el de mayor nivel del grupo II), en la mayoría de las mutuas así esta hecho.

    #115233 Agradecimientos: 0
    JMF…
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    enero 2008


    Completamente de acuerdo, los 18155,44 € me parece que es salario de hace 10 años más o menos. 🙁

    Me han comunicado una novedad: se habla del 9 de febrero como fecha tope para la confirmación completa del acuerdo.
    La aplicación del tema salarial será con carácter retroactivo desde enero de este año.
    La fuente es la Asociación de los Servicios de Prevención Ajenos. Saludos.

    #115234 Agradecimientos: 0
    JMF…
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    enero 2008


    Acabo de encontrar una sentencia condenatoria, para que veáis que tenemos cierta responsabilidad, queda a vuestro entender el grado.

    “Ocho meses cárcel a técnico prevención por accidente que no evitó.
    Fuente: El Economista,

    Santander, 07 de julio de 2006

    El Juzgado de lo Penal número 4 de Santander ha condenado a ocho meses de cárcel y al pago de una multa de 3.600 euros al jefe del servicio de prevención de riesgos de una fábrica en Reinosa, por no haber puesto remedio a un peligro del que era consciente y que acabó provocando un accidente.

    La sentencia considera que la empresa cometió un delito contra los derechos de los trabajadores y otro de lesiones imprudentes que, por aplicación del artículo 318 del Código Penal, es achacable “aquellos administradores o encargados del servicio que hayan sido responsables de los mismos y a quienes, conociéndolos y pudiendo remediarlo, no hubieran adoptado medidas para ello”.

    La juez Almudena Congil sostiene que, en este caso, el responsable de los dos delitos es el jefe del servicio de prevención de riesgos laborales de la planta siderúrgica a la fecha el accidente, O.M.G.V., porque se ha probado que era conocedor del riesgo de caída que existía en los fosos de la acería.

    El accidente laboral por el que se abrió este procedimiento ocurrió en la madrugada del 24 de abril de 2003, cuando un operador de montaje que habitualmente se encargaba de aplomar la cuchara de la acería y de tomar muestras del foso de laminación se cayó a otro foso de cinco metros de profundidad situado al lado de donde hacía su trabajo y que carecía de las medidas de protección exigibles. Como consecuencia de la caída, el obrero se rompió la pelvis, el sacro izquierdo, el calcáreo del pie izquierdo y una vértebra.

    En la evaluación de riesgos laborales con la que contaba Sidenor en ese momento no figuraba el riesgo de caída en altura en las operaciones de aplomado y toma de muestras en la acería y el foso. Después del siniestro, esa eventualidad si se incluyó en el plan de riesgos y se colocaron medidas de protección en los fosos.

    Sin embargo, la juez subraya que la empresa era consciente del peligro que comportaban esos fosos antes del accidente.

    “Con anterioridad a suceder el accidente, se habían ensayado sistemas de protección del mencionado foso, los cuales resultaron ineficaces, de lo que se infiere que existía conocimiento de que la situación y la falta de protección del foso implicaba un riesgo evidente de caída al mismo; no obstante lo cual, con asunción por tanto de dicho riesgo y sus posibles consecuencias, no se adoptó medida de protección eficaz alguna”, razona. La magistrada considera “revelador” que el acusado declarara ante el juez instructor que “era evidente el riesgo de caída a dicho pozo” y que “estaba al corriente de la situación”.

    Para la juez, sus obligaciones como encargado de “velar por la seguridad” de la fábrica y su conocimiento del peligro del foso, convierten a O.M.G.V. en responsable de los dos delitos que achaca a la empresa Sidenor como consecuencia del accidente.

    La sentencia añade que el hecho de que el acusado apenas llevase un mes como jefe del servicio de prevención no le excusa de su responsabilidad por un riesgo del que era conocedor.

    Sin embargo, le concede una atenuante de reparación de daño, porque, antes de que se celebrara el juicio, Sidenor y su aseguradora indemnizaron al trabajador accidentado.

    La sentencia inhabilita al acusado para ejercer la profesión de técnico en riesgos laborales durante el tiempo de la condena, ocho meses, y le impone además doce arrestos de fin de semana.”

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  • El debate ‘ Convenio Técnicos PRL’ está cerrado y no admite más respuestas.